Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 291375
Nombramiento tenientes de Alcaldía

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Sr. Alcalde Presidente de esta Corporación Municipal, entre otros, ha adoptado el Decreto, n.º 2277, de 28 de junio, que literalmente dice así:

«Visto el Decreto n.º 1946/2021 de fecha 31 de mayo del actual por el cual se nombraba Tenientes de Alcaldía a los Regidores siguientes:

1.º Teniente de Alcaldía, a la Sra. Katia F.L. Rouarch

2.º Teniente de Alcaldía, al Sr. Joan Manera Jaume

3.º Teniente de Alcaldía, a la Sra. Margarita Esteva Jofre

4.º Teniente de Alcaldía, a la Sra. Francisca Castell Tomàs

5.º Teniente de Alcaldía, a la Sra. Ruth Mateu Vinent

Dado que el Regidor y segundo Teniente de Alcaldía Sr. Joan Manera Jaume renunció a su cargo de regidor en el Pleno de día 24 de junio de este año.

En el ejercicio de las facultades que me confiere la legislación vigente, RESUELVO:

PRIMERO.- Nombrar Tenientes de Alcaldía a los Regidores siguientes:

1.º Teniente de Alcaldía, a la Sra. Katia F.L. Rouarch

2.º Teniente de Alcaldía, a la Sra. Ruth Mateu Vinent

3.º Teniente de Alcaldía, a la Sra. Margarita Esteva Jofre

4.º Teniente de Alcaldía, a la Sra. Francisca Castell Tomàs

5.º Teniente de Alcaldía, al Sr. Bartomeu Bosch Esteva

SEGUNDO. – A los Tenientes de Alcaldía los corresponderá sustituir a esta Alcaldía en la totalidad de sus funciones y por orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, dolencia o impedimento que le imposibilite para el ejercicio de sus atribuciones.

TERCERO. - Comunicar este Decreto a los Tenientes de Alcaldía nombrados, haciendo constar que tendrán que mantener informado en este Ayuntamiento del ejercicio de sus atribuciones como Alcalde Accidental, y no podrán, durante el citado ejercicio, ni modificar las delegaciones ya efectuadas por este Ayuntamiento con anterioridad, ni otorgar otras nuevas.

CUARTO. – De la presente resolución se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, y se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, sin perjuicio, de su efectividad desde el día siguiente de la presente Resolución.

QUINTO. – Quedan derogados los Decretos y Resoluciones así como cualquier otro resolución que se oponga al contenido del presente Decreto.»

Lo que se hace público para su conocimiento en general.

 

Andratx, en la fecha de la firma electrónica ( 8 de julio de 2021)

El alcalde

Toni Mir salvà