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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 287730
Bases reguladoras de los Premios Vuit d’Agost 2021

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Texto

De conformidad con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, a continuación se hacen públicas las bases reguladoras de los Premios Vuit d'Agost 2021, aprobados por resolución núm. 2021000022 de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, del Consell Insular de Eivissa, de fecha 8 de julio de 2021.

Primera.

Justificación

El artículo 44.1 de la Constitución española dispone que los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura.

El Consell Insular d'Eivissa (CIE), a través de su Departament de Cultura, Educació i Patrimoni, en virtud de lo que establece el artículo 70.18 de la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears tiene competencias propias en materia de cultura y de promoción y animación cultural, de actividades artísticas y culturales, de fomento y de difusión de la creación y producción teatral, musical, cinematográfica y audiovisual, literaria, de danza y de artes combinadas, que ejerce desde que fue transferida la competencia mediante la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de patrimonio histórico, de promoción sociocultural, de animación sociocultural, de depósito legal de libros y de deportes. Además, el artículo 73 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears le atribuye el ejercicio de la actividad de fomento, sin perjuicio de la actividad que corresponde a la Comunidad Autónoma, en las materias que este Estatuto le atribuye como competencia propia.

En este sentido, el Departamento de Cultura, Educació i Patrimoni, de conformidad con el apartado tercero 6.a del Decreto de Presidencia nº 2020000768, de modificación del Decreto de Presidencia nº 2019000471, de fecha 10-7-2019, de estructura del gobierno del Consell Insular de Eivissa y creación de departamentos, y del Decreto de Presidencia nº 2019000484, de fecha 16-7-2019, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular d'Eivissa (BOIB nº 153, de 5-09-2020), quiere impulsar la creatividad cultural en el ámbito de la investigación, la pintura, la artesanía, la fotografía y el diseño gráfico, a través de la convocatoria de estos premios, los cuales están previstos en el Presupuesto general para el año 2021 y en el Plan estratégico de subvenciones 2020-2021-2022, aprobado por acuerdo de Consell Executiu en fecha 7 de febrero de 2020 y publicado en el BOIB nº 20, de 15-02-2020.

En el año 1997, el entonces Consell Insular d'Eivissa i Formentera convocó la primera edición del Premio Vuit d'Agost d'Investigació.

Bajo el mismo nombre, se fueron añadiendo posteriormente, en 2014, el Premio Vuit d'Agost de Pintura, para menores de treinta años, y que, anteriormente, con las mismas características, había tenido el nombre de Premio de Pintura Jove Sant Miquel de Balansat entre 2000 y 2002, posteriormente Premio de Tardor de Pintura Jove entre 2003 y 2010. Desde 2017 no está limitado a ninguna edad, por voluntad del Departamento y siguiendo la sugerencia del jurado de la edición de 2016.

El mismo 2014, el Premio de Artesania del Fang Joan Daifa, creado en 2005 y que se convocó hasta 2010, pasó a denominarse Premio Vuit d'Agost d'Artesania del Fang.

Por otro lado, en 2016 se sumó una nueva categoría: el Premio Vuit d'Agost de Fotografia Amateur, que, por recomendación del jurado de la edición de 2020, pasó a denominarse Premio Vuit d'Agost de Fotografia, abriéndose así también a profesionales de la fotografia.

En 2017 se incorporó a estos premios el Premio Vuit d'Agost de Disseny Gràfic.

Segunda.

Objeto

Es objeto de los Premios Vuit d'Agost 2021 seleccionar y premiar mediante la concesión de una cantidad económica los mejores trabajos de investigación sobre la isla de Eivissa, en los diversos ámbitos científicos, y la creación artística en la isla de Eivissa.

Tercera.

Modalidades

Los Premios Vuit d'Agost 2021 es dividen en las siguientes modalidades:

a) Premio Vuit d'Agost d'Investigació

b) Premio Vuit d'Agost de Pintura

c) Premio Vuit d'Agost d'Artesania del Fang

d) Premio Vuit d'Agost de Fotografia

e) Premio Vuit d'Agost de Disseny Gràfic

 

Cuarta.

Participantes

Podrán participar en los Premios Vuit d'Agost todas les personas físicas nacidas a Eivissa o que residan en la isla al menos desde hace tres años, excepto del Premio de Investigación, al cual es podrán presentar investigadores/as que no hayan nacido ni residan en la isla pero que hayan hecho su investigación sobre Eivissa.

El hecho de participar en estos premios significa la aceptación plena de sus bases reguladoras, de manera que quedarán excluidos los y las participantes que no cumplan con los requisitos que se establecen.

Así mismo, la participación comporta la aceptación de las decisiones de la comisión evaluadora, que serán inapelables.

El procedimiento de concesión de estos premios se debe tramitar de acuerdo con los principios de publicidad, de objetividad, de transparencia, de igualdad y de no-discriminación, mediante el sistema de concurrencia competitiva.

Quinta.

Créditos presupuestarios y cuantía de los premios

El importe total de estos premios es de 15.000 euros, provenientes de la aplicación presupuestaria 3340 48100 de los presupuestos del Departament de Cultura, Educació i Patrimoni del Consell Insular de Eivissa para este año 2021.

El crédito presupuestario está distribuido de la manera siguiente entre las cinco modalidades:

a) Premio Vuit d'Agost d'Investigació: 5.000 euros y la publicación del trabajo ganador

b) Premio Vuit d'Agost de Pintura: 2.500 euros

c) Premio Vuit d'Agost d'Artesania del Fang: 2.500 euros

d) Premio Vuit d'Agost de Fotografia: 2.500 euros

e) Premio Vuit d'Agost de Disseny Gràfic: 2.500 euros

 

Sexta.

Plazo y lugar de presentación de los trabajos

Se establece un plazo de diez días hábiles que se inicia el dia siguiente al de la publicación de l'extracto de la convocatoria en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) para presentar los trabajos de la forma que establece, para cada modalidad, la base octava, en el Registro General de Entrada del Consell Insular de Eivissa, av. de España, 49, 07800, Eivissa, o en las otras formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Séptima.

Publicidad de la convocatoria

Una vez aprobadas las bases, se publicarán en el Butlletí Oficial de les Illes Balears. Posteriormente se remitirá la convocatoria y el extracto de la convocatoria a la Base de Datos Nacional de Subvenciones que dará traslado al Butlletí Oficial de les Illes Balears del extracto para su publicación, tal como establece la normativa vigente de subvenciones. La eficacia de la convocatoria queda supeditada a la publicación del extracto en el BOIB.

Octava.

Forma de presentación de los trabajos

Teniendo en cuenta las diferentes modalidades de los premios, la presentación de los trabajos seguirá las siguientes indicaciones:

Modalidad A) Premio Vuit d'Agost d'Investigació

A.1. Características del trabajo: El trabajo deberá de ser inédito, escrito en catalán y tener una extensión mínima de 100 páginas de texto (letra formato doce e interlineado sencillo) y un máximo de 250 páginas, ilustraciones aparte.

No se pueden presentar obras que hayan sido valoradas académicamente ni que sean fruto de trabajo remunerado. En los trabajos presentados no pueden constar agradecimientos de ningún tipo.

A.2. Forma de presentación de los trabajos:

- Una instancia general del Consell Insular de Eivissa (que se puede conseguir en el Registro General o en la página web www.conselldeivissa.es\Impresos) junto con el trabajo que se tiene que presentar en soporte digital (CD/DVD/lápiz de memoria en formato PDF con el trabajo), con el título escrito en la parte exterior del mencionado CD/DVD/lápiz de memoria.

En la instancia deberá de constar el nombre del autor/a, el DNI, el NIE o el pasaporte, dirección y un teléfono de contacto. Asimismo, es imprescindible que en esta instancia se haga constar el mismo título de la obra.

Modalidad B) Premio Vuit d'Agost de Pintura

B.1. Características de la obra: La temática de la obra y la técnica pictórica que se utilice es libre. Se entenderá que la manera como se presente la obra es la que el artista considera adecuada para su exposición.

Cada artista presentará solo una obra, que deberá ser original, inédita y no haber sido premiada en ningún otro certamen. No se admitirán las obras que vayan firmadas por su autor/a.

Para ser admitida en el concurso la obra no podrá superar los 150 cm en su lado más largo.

B.2. Forma de presentación de la obra: Las personas participantes en este concurso deberán de presentar, junto con la obra, la siguiente documentación:

-Una instancia general del Consell Insular de Eivissa (que se puede conseguir en el Registro General o a la pàgina web www.conselldeivissa.es\Impresos).

En la instancia deberá de constar el nombre del autor/la autora, el DNI, el NIE o pasaporte, la dirección y un teléfono de contacto. Así mismo, es imprescindible que en esta instancia se haga constar el título de la obra, además de adjuntarse una imagen en papel de esta sin ninguna marca que la pueda hacer identificable.

Pegada a la parte posterior de la obra presentada, deberá haber una etiqueta con el mismo título de la obra que aparece en la instancia.

Modalidad C) Premio Vuit d'Agost d'Artesania del Fang

C.1. Características de la obra: La temática de la obra de cerámica y la técnica que se utilice son libres. No se admitirán las obras de producción comercial ni industrial. En caso de haber otros materiales, el cerámico debe predominar claramente. Se entenderá que la manera como se presenta la obra es la que el artista considera adecuada para su exposición.

Cada artista presentará solo una obra, que deberá de ser original, inédita y no haber estado premiada en ningún otro certamen. No se admitirán las obras que vayan firmadas por el autor/a.

Para ser admitida al concurso, la obra no podrá superar los 80 cm entre sus puntos más alejados.

C.2. Forma de presentación de la obra. Las personas participantes en este concurso deberán de presentar, junto con la obra, la siguiente documentación:

- Una instancia general del Consell Insular de Eivissa (que se puede conseguir en el Registro General o en la página web www.conselldeivissa.es\Impresos).

En la instancia deberá de constar el nombre del autor/a, el DNI, el NIE o pasaporte, la dirección y un teléfono de contacto. Así mismo, es imprescindible que en esta instancia se haga constar el título de la obra, además de adjuntarse una imagen en papel de esta sin ninguna marca que la pueda hacer identificable.

Pegada en la obra presentada, deberá haber una etiqueta con el mismo título de la obra que aparece en la instancia.

Modalidad D) Premio Vuit d'Agost de Fotografia

D.1. Características de la obra: Las fotografías deberán abordar la visión del autor/la autora sobre algún elemento relacionado con el patrimonio cultural material de la isla de Eivissa. Es decir, todo aquello que haga referencia a la realidad cultural propia de la isla de Eivissa que tenga un especial interés histórico, artístico, etnográfico, arquitectónico, urbano y arqueológico.

Las fotografías presentadas deben ser inéditas, no haberse presentado a otros concursos ni públicamente en exposiciones, ni en redes sociales, ni en medios de comunicación.

Se tiene que presentar una colección de tres fotografías diferentes (pero que tengan relación respecto a la temática) por participante, realizadas con cualquier dispositivo fotográfico.

Deben tener una medida mínima de 20 cm y máxima de 45 cm por lado. Las fotos se tienen que presentar enmarcadas con un paspartú que sobrepasará en un mínimo de 5 cm las medidas de la fotografía.

D.2. Forma de presentación de las fotografías. Las personas participantes en este concurso deberán de presentar la siguiente documentación:

- Una instancia general del Consell Insular de Eivissa (que se puede conseguir en el Registro General o en la página web www.conselldeivissa.es\Impresos).

En la instancia deberá de constar el nombre del autor/a, el DNI, el NIE o pasaporte, la dirección y un teléfono de contacto. Así mismo, es imprescindible que en esta instancia se haga constar el título del conjunto de fotografías, además de una imagen de estas impresa en A4, en baja resolución, a efectos administrativos, sin ninguna marca que las pueda hacer identificables.

Pegada en la parte posterior de las fotos originales presentadas, una etiqueta con el mismo título que aparece en la instancia.

Modalidad E) Premio Vuit d'Agost de Disseny Gràfic

E.1. Características de la obra: El trabajo presentado a esta modalidad del Premio Vuit d'Agost consistirá en la elaboración de un cartel del Vuit d'Agost, fecha que conmemora la conquista catalana de Eivissa. El Consell Insular de Eivissa, dentro de los objetivos de fomentar los valores y los principios que representa esta fiesta, así como para fomentar les actividades de cultura popular y tradicional que se celebren, utilizará el cartel ganador para la difusión de esta celebración y de los diversos actos que se prevean.

Se debe presentar el original en formato digital (v. apartado E.3) e impreso en formato A3.

En el diseño del cartel deberá aparecer el lema “Vuit d'Agost 2022” y debe permitir su adaptación a formatos publicitarios verticales y horizontales: pantallas de televisión y móvil, adaptaciones de anuncios a prensa escrita, báners digitales, banderolas, opis...

No se admitirán los diseños que presenten cualquier tipo de marca que permitiera averiguar el nombre del autor/de la autora.

E.2. Forma de presentación del diseño. Las personas participantes en este concurso deberán de presentar la siguiente documentación:

- Una instancia general del Consell Insular de Eivissa (que se puede conseguir en el Registro General o en la página web www.conselldeivissa.es\Impresos) junto con el trabajo en formato digital (lápiz de memoria/CD/DVD).

En la instancia deberá de constar el nombre del autor/a, el DNI, NIE o pasaporte, la dirección y un teléfono de contacto. Así mismo, es imprescindible que en esta instancia se haga constar el mismo título de la obra, además de una imagen impresa en A4 en baja resolución del diseño, a efectos administrativos, sin ninguna marca que lo pueda hacer identificable. Pegada en la parte posterior del diseño original presentado, una etiqueta con el mismo título que aparece en la instancia.

Así mismo, si el autor/la autora lo considera adecuado, también se puede presentar un texto en el cual explique su diseño a la comisión evaluadora en los términos que considere convenientes.

Novena.

Entrada y retirada de trabajos

La entrada y retirada de los trabajos serán por cuenta de la persona concursante, así como el seguro del transporte de las obras, si es necesario, y no se podrá formular ninguna reclamación al Consell Insular de Eivissa por posibles pérdidas o desperfectos que se pudieran producir una vez que las obras estén en su poder.

Una vez se resuelvan los premios habrá un plazo de veinticuatro meses para retirar las obras presentadas no premiadas mediante el anexo 2, el cual deberá presentarse en el Registro General del Consell Insular d'Eivissa, av. de España, 49, 07800, Eivissa, y en caso que no se recojan el Consell entenderá que han estado cedidas a esta administración.

 

Décima.

Comisiones evaluadoras

10.1. La comisión evaluadora es el órgano colegiado al cual corresponden las funciones siguientes:

- Evaluar las obras presentadas, de acuerdo con los criterios establecidos en esta base.

- Emitir un acta con un informe que ha de servir de base para elaborar la propuesta de resolución provisional.

La comisión evaluadora puede declarar desierto el premio o, si lo considera conveniente, dividirlo entre dos o más premiados.

10.2. Las comisiones evaluadoras para cada una de las modalidades de los Premios Vuit d'Agost 2021 estarán formadas por un/a presidente/a, elegida entre personas de reconocido prestigio de cada una de las cinco modalidades; tres vocales, elegidos entre personas de reconocido prestigio en el ámbito de la cultura de la isla de Eivissa, y un/a secretario/a, que será personal del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio.

Para poder constituirse, la Comisión Evaluadora deberá de contar con la asistencia del presidente/a, el/la secretario/a y al menos de dos vocales.

10.3. Miembros de las comisiones evaluadoras

Modalidad A) Comisión Evaluadora del Premio Vuit d'Agost d'Investigació

Presidente: Sr. Antoni Tur Torres

Suplente: Sra. Catina Costa Marí

Vocales:

1. Sr. Francesc X. Torres Peters

2. Sr. Pere Vilàs Gil

3. Sr. Antoni Marí Marí

Suplentes:

1: Sra. Francisca Riera Escandell

2: Sra. Maria Neus Torres Roig

3: Sr. Maria Rosa Ribas Marí

Secretario/a:

Sr. Joan-Albert Ribas Fuentes

Suplent: Sra. Maria Antònia Costa Costa

Modalidad B) Comisión Evaluadora del Premio Vuit d'Agost de Pintura

Presidente: Sr. Josep Marí Marí

suplente: Sra Catina Costa Marí

Vocales

1. Sr. Julia Fragua Serna

2. Sr. Carles Fabregat Sans

3. Sra. Nuria del Río Pinto

Suplentes:

1. Sr. Josep Rosales Torres

2. Sr. Antonio Montero Guasch

3. Sr. Miguel Martínez Pérez

Secretario/a:

Sr. Joan-Albert Ribas Fuentes

Suplente: Sra. Maria Antònia Costa Costa

Modalidad C) Comisión Evaluadora del Premio Vuit d'Agost d'Artesania del Fang

Presidente: Sr. Antoni Ribas Costa, Toniet

suplente: Sra. Catina Costa Marí

Vocales

1. Sr. Antoni Marí Ribas, Frígoles

2. Sr. Adrián Ribas Escandell

3. Sr. Alberto Ribas Palerm

Suplentes: 1. Sr. Miguel Martínez Pérez

2. Sra. Laura Julve Martínez

a. Sra. Maria Rosa Tur Roig

Secretario/a:

Sr. Joan-Albert Ribas Fuentes

Suplente: Sra. Maria Antònia Costa Costa

Modalidad D) Comisión Evaluadora del Premio Vuit d'Agost de Fotografia

Presidente: Sr. Antoni Pomar Bofill

suplente: Sra. Catina Costa Marí

Vocales

1. Sr. Germán G. Lama

2. Sr. Antoni Planells Riera

3. Sr. Rafel Domínguez Mulet

suplentes:

1. Sra. Lara Carretero Araujo

2. Sr. Vicent Marí Marí

3. Sr. Vicent Planells Planells

Secretario/a:

Sr. Joan-Albert Ribas Fuentes

Suplent: Sra. Maria Antònia Costa Costa

Modalidad E) Comisión Evaluadora del Premio Vuit d'Agost de Disseny Gràfic

Presidenta: Sra. Carme Boix Bonet

suplente: Sra. Catina Costa Marí

Vocales:

1. Sr. Ricard Bofill Torres

2. Sra. Verónica Prats Marí

3. Sra. Carmen Barrés Marí

Suplentes:

1. Sra. Rocío Cala Pacheco

2. Sr. Joan Antoni Marí Marí

3. Antoni Pomar Bofill

Secretari/a:

Sr. Joan-Albert Ribas Fuentes

Suplent: Sra. Maria Antònia Costa Costa

10.4. Criterios de las comisiones evaluadoras

De manera general las comisiones evaluarán la creatividad, el proceso de elaboración u otros aspectos que se consideren adecuados y calificarán las obras presentadas con los criterios técnicos establecidos en las bases respecto de su presentación y teniendo en cuenta, entre otros, los criterios particulares que a continuación se detallan para cada modalidad:

Modalidad A) Criterios para el Premio Vuit d'Agost d'Investigació

- Metodología científica en su elaboración

- Fuentes utilizadas

- Conclusiones de la investigación

- Aportación al corpus de trabajos de investigación respecto a la isla de Eivissa

Modalidad B) Criterios para el Premio Vuit d'Agost de Pintura

- Creatividad del autor/a

- Proceso de elaboración

- Técnicas utilizadas

- Adecuación y combinación, si corresponde, de los materiales utilizados

Modalidad C) Criterios para el Premio Vuit d'Agost d'Artesania del Fang

- Creatividad del autor/a

- Proceso de elaboración

- Técnicas utilizadas

- Adecuación y combinación, si corresponde, de los materiales utilizados

Modalidad D) Criterios para el Premio Vuit d'Agost de Fotografia

- La calidad técnica (composición, luz, equilibrio de color…)

- La originalidad

- La adecuación a la temática (el patrimonio cultural material de Eivissa)

Modalidad E) Criterios para el Premio Vuit d'Agost de Disseny Gràfic

- La calidad técnica (composición, luz, equilibrio de color…)

- La originalidad de la propuesta

- La adecuación a la temática solicitada

- Que sea adecuado para su adaptación a diferentes soportes publicitarios.

 

Undécima.

Obligaciones de las personas ganadoras

Una vez la comisión evaluadora haya decidido los trabajos ganadores se comunicará el veredicto a la persona ganadora, que deberá de presentar, en un plazo máximo de tres días, en el Consell Insular el anexo 1 cumplimentado y firmado.

Se deberá presentar también la solicitud de alta o modificación como acreedor del Consell Insular a efectos económicos (hoja de domiciliación bancaria) a nombre de la persona ganadora debidamente cumplimentada, firmada y sellada por la entidad bancaria. Esta solicitud o modificación se puede hacer a través de la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa (seu.conselldeivissa.es) y se hará llegar directamente a la Tesorería de este Consell. Solo se deberá presentar si no consta en el Consell o si se ha producido alguna modificación en la que ya consta.

La persona ganadora deberá de cumplir con lo que disponen el artículo 13 (Requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora) y el artículo 14 (Obligaciones de los beneficiarios) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en relación con los artículos 10 y 11 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.

También deberá estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y con el Estado español, con la Seguridad Social y con el mismo Consell Insular de Eivissa.

Las personas ganadoras de estos premios se responsabilizan totalmente que no existen derechos de terceros sobre los trabajos presentados y se hacen responsables de cualquier reclamación que pudiera surgir por derechos de imagen o cualquier otro derecho alegado por terceros. En tal caso, quedará sin efecto el acto de concesión del premio y, como consecuencia de la revocación, deberá reintegrarse totalmente la cantidad recibida por la persona ganadora y, si es necesario, la exigencia de los intereses de demora, que se realizará por el procedimiento establecido en el título II de la Ley general de subvenciones, en el cual se debe garantizar la audiencia a las personas interesadas.

Duodécima.

Instrucción y resolución

12.1. Órganos competentes para la ordenación, la instrucción y la resolución

El Departamento de Cultura, Educació i Patrimoni del Consell Insular de Eivissa es el competente para instruir el procedimiento de concesión de estos premios, de conformidad con lo establecido en el apartado tercero 6.a del Decreto de Presidencia nº 2020000768, de modificación del Decreto de Presidencia nº 2019000471, de fecha 10-7-2019, de estructura del gobierno del Consell Insular de Eivissa y creación de departamentos, y del Decreto de Presidencia nº 2019000484, de fecha 16-7-2019, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular de Eivissa (BOIB nº 153, de 5-09-2020).

En este Departamento corresponde a la consejera ejecutiva la ordenación del procedimiento, en virtud del artículo primero apartado i del Decreto de Presidencia nº 2019000484, de fecha 16-7-2019, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular de Eivissa (BOIB nº 98 EXT., de 17-7-2019; modificaciones en el BOIB nº 175, de 31-12-2019, BOIB nº 101, de 4-6-2020 y en el BOIB nº 153, de 5 de setiembre de 2020).

En relación a la competencia para aprobar las bases de estos premios y convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo primero, apartado e, del mismo Decreto de Presidencia nº. 2019000484, de fecha 16-7-2019, corresponde a la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio “Aprobar o resolver las convocatorias de ayudas o subvenciones a particulares o entidades públicas o privadas hasta la cantidad de quince mil euros (15.000 €) y dar cuenta de las resoluciones en el próximo Consell Executiu que se celebre”.

Con fundamento en el acta de la comisión evaluadora y en la propuesta del órgano instructor, los premios se concederán mediante resolución de la consellera executiva del Departamento de Cultura, Educació i Patrimoni.

12.2. El órgano instructor podrá requerir, en cualquier momento de la tramitación del expediente, los documentos complementarios que se consideren necesarios a las personas que se presenten.

Cuando se haya de hacer alguna notificación personalizada, se establecerá como preferente la notificación electrónica mediante el correo electrónico de la persona solicitante, siempre que esta lo haya indicado en la solicitud.

12.3. De acuerdo con el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento no excederá los seis meses, contadores a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB.

12.4. La resolución concediendo estos premios se hará pública en la página web del Consell www.conselldeivissa.es, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y se notificará a las personas ganadoras

12.5. Una vez que ya se haya hecho público el veredicto de la comisión evaluadora y se haya concedido el premio, el/la artista ganador/a de cada una de las cuatro categorías artísticas deberá de firmar su obra, para que las obras que queden en poder del Consell Insular puedan garantizar la autenticidad de su autoría.

Decimotercera.

Entrega de los premios

El pago del premio a la persona ganadora se hará por transferencia bancaria al número de cuenta indicado en la hoja de transferencia previsto en la base decimoprimera de estas bases reguladoras.

La percepción de los premios estará sujeta a las retenciones establecidas en la normativa fiscal vigente.

El Consell Insular d'Eivissa convocará un acto público, en el lugar y la fecha que se determinará con posterioridad, con las personas ganadoras de los premios, en el cual se les hará entrega de un diploma acreditativo de haber sido ganador/a de los Premios Vuit d'Agost 2021.

Decimocuarta.

Normativa aplicable

La convocatoria de estos premios se regirá por lo que disponen las presentes bases reguladores, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, que aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, por la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en aquello que sea de aplicación.

Respecto a la protección y el tratamiento de datos de carácter personal para la realización de las actividades objeto de esta convocatoria se deben observar las prescripciones contenidas en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos y garantía de los derecho digitales, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo de Europa, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas sobre el tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el cual se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DOUE 4.5.2016), y el resto de legislación vigente en materia de protección de datos personales que le sea de aplicación.

Decimoquinta.

Derechos sobre los trabajos ganadores

Ninguno de los trabajos presentados en esta convocatoria puede haber estado premiado en ningún otro premio o concurso anteriormente.

El Premio de Investigación comportará la publicación de la primera edición del trabajo por parte del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio del Consell Insular de Eivissa. Esta publicación será la del original entregado por la persona ganadora y valorado por la comisión evaluadora, excepto alguna sugerencia de dicha comisión o del Departamento convocante con respecto a la estructura de la obra.

En las otras cuatro modalidades, la obra premiada, firmada por su autor/a, quedará en propiedad del Consell Insular de Eivissa, el cual tendrá potestad de reproducirla y/o de exponerla.

Si las y los miembros de la comisión evaluadora lo consideran adecuado y si consta en el acta de dicha comisión, se podrá organizar una exposición individual del/de la artista ganador/a siempre que esta esté de acuerdo.

Decimosexta.

Régimen de recursos

La resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio no agota la vía administrativa y en contra se puede interponer, ante la Presidencia, el recurso de alzada previsto en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de un mes desde el día siguiente de su notificación, todo esto en virtud de lo que disponen los artículos 22.3 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares y el artículo 147.2 del Reglamento orgánico del Consell Insular de Eivissa (publicado en el BOIB núm. 136 de 18/09/10, corrección en el BOIB núm. 148 de 14/10/10, modificación en el BOIB núm. 48 de 16/04/16). El recurso deberá de resolverse en el plazo de tres meses, transcurridos los cuales sin que se haya dictado resolución expresa se entenderá desestimado y quedará abierta la vía contenciosa administrativa.

 

Eivissa, 8 de julio de 2021

El jefe de Sección del Departamento de Cultura, Educació i Patrimoni del Consell Insular d'Eivissa

José Vicente Garibo Redolat

 

ANEXO 1

DECLARACIÓN RESPONSABLE

Nombre ......................................................... DNI ...................... domicilio ........................... población .......................... CP ...................... teléfono .................... correo electrónico ...........................................................................................

DECLARO bajo mi responsabilidad, en relación con la solicitud para participar en los Premios Vuit d'Agost 2021, que:

1. Reúno todas y cada una de las condiciones exigidas para poder optar a un premio convocado por esta Corporación y no incurro en ninguna de las circunstancias de prohibiciones que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, para ser beneficiario/a, en relación con el artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, y me comprometo a mantener el cumplimiento de las anteriores condiciones durante el período de tiempo inherente al dicho reconocimiento o ejercicio, y en el caso que haya alguna variación, a comunicarla a esta administración.

2. Conozco y me comprometo a cumplir las obligaciones contenidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en relación con el artículo 11 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

3. Conozco y acepto las bases de estos premios.

4. Me encuentro al corriente con mis obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y autonómica, con la Seguridad Social y con el Consell Insular de Eivissa, dispongo de la documentación que así lo acredita y la pongo a disposición de la administración cuando me sea requerida.

(   ) AUTORIZO al Consell Insular de Eivissa a acceder a la información necesaria para comprobar que me encuentro al corriente de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social, con la Hacienda estatal y autonómica y con el Consell Insular de Eivissa.

(   ) NO AUTORIZO al Consell Insular de Eivissa a acceder a la información necesaria para comprobar que me encuentro al corriente de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social, con la Hacienda estatal y autonómica y con el Consell Insular de Eivissa. En este caso, se han de aportar los certificados acreditativos juntamente con la solicitud de la ayuda.

POLÍTICA DE PRIVACIDAD

De conformidad con lo establecido en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo de Europa, de 27 de abril de 2016, en relación con la protección de las personas físicas en relación al  tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (DOUE 4.5.2016), y el resto de legislación vigente en esta materia, le informamos que los datos de carácter personal que nos proporcione a través de esta convocatoria se incorporarán en el fichero de titularidad del Consell Insular de Eivissa con la finalidad de tramitar las solicitudes de estos premios y la posterior publicación de las resoluciones correspondientes y no podrán usarse para ninguna otra finalidad diferente a la mencionada.

Las personas titulares de los datos objeto de tratamiento podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, portabilidad, cancelación y oposición, dirigiendo escrito, de forma electrónica (seu.conselldeivissa.es) o presencial, según corresponda, al Consell Insular de Eivissa, av. España, 49, 07800 Eivissa. Asimismo, tienen el derecho a presentar reclamación ante la autoridad de control.

 

(firma)

 

Eivissa, ______ d ___________________ de 20___

PRESIDENCIA DEL CONSELL INSULAR DE EIVISSA

 

ANNEX 2

Premis Vuit d'Agost 2021

Retirada d'obres

Nom _______________________________ amb document d'identitat _____________ retira l'obra/_______________________ a la categoria _______________________________ als Premis Vuit d'Agost 2021, presentada el dia ________ amb RGE núm. ___________

 

Signatura

 

Data:

POLÍTICA DE PRIVADESA

De conformitat amb l'establert a la Llei orgànica 3/2018, de 5 de desembre, de protecció de dades personals i garantia dels drets digitals, al Reglament (UE) 2016/679 del Parlament i del Consell d'Europa, de 27 d'abril de 2016, en relació amb la protecció de les persones físiques pel que fa al tractament de dades personals i a la lliure circulació d'aquestes dades (DOUE 4.5.2016), i a la resta de legislació vigent en aquesta matèria, us informam que les dades de caràcter personal que ens proporcioneu a través d'aquesta convocatòria s'incorporaran al fitxer de titularitat del Consell Insular d'Eivissa amb la finalitat de tramitar les sol·licituds d'aquests premis i la posterior publicació de les resolucions corresponents i no podran usar-se per a cap altra finalitat diferent a la mencionada.

Les persones titulars de les dades objecte de tractament podran exercir els drets d'accés, rectificació, portabilitat, cancel·lació i oposició, dirigint escrit, de forma electrònica (seu.conselldeivissa.es) o presencial, segons correspongui, al Consell Insular d'Eivissa, av. d'Espanya, 49, 07800 Eivissa. Així mateix, tenen el dret a presentar reclamació davant l'autoritat de control.

PRESIDÈNCIA DEL CONSELL INSULAR D'EIVISSA