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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE MAÓ

Núm. 286890
Aprobación definitiva de la modificación de la delimitación de la Unidad de actuación UA-3 Mirador del Claustre del Carme, del Plan general de ordenación urbana de Maó

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Texto

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Maó-Mahón, en la sesión del día 15 de enero de 2018, acordó:

Primero. No admitir a trámite la solicitud de revisión de oficio de la delimitación  de  la  UA-3 Mirador del Claustre, del Plan General de Ordenación Urbana de Mahón, formulada per la sociedad Inversiones Porto Real, SL, porque el Ajuntamiento de Mahón no tiene competencia para la revocación de oficio de acuerdos adoptados por el Consell Insular de Menorca, Administración competente para la aprobación definitiva de un instrumento de planeamiento general, y por falta de legitimación activa de la sociedad mencionada, de conformidad con lo que disponen los apartados 2 y 3 del artículo 106 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Segundo. Desestimar las alegaciones presentadas por la sociedad Inversiones Porto Real, SL, por los motivos que constan en los informes técnico y jurídico.

Tercero. Desestimar las alegaciones presentadas por el Grupo Municipal del Partido Popular en el Ayuntamiento de Maó-Mahón, por los motivos que constan en los informes técnico y jurídico.

Cuarto. Desestimar las alegaciones presentadas por la Sra. Emilia Mir Bustament, por los motivos que constan  en los informes técnico y jurídico.

Quinto. Desestimar las alegaciones presentadas por la Sra. Graciela Martínez Framis, por los motivos que constan en los informes técnico y jurídico.

Sexto. Aprobación definitiva de la modificación de la delimitación de la Unidad de actuación UA-3 Mirador del Claustre del Carme, del Plan General de Ordenación Urbana de Mahón, según documentación redactada por el arquitecto municipal y el abogado de Urbanismo, en fecha 30 de junio de 2017, de conformidad con lo que dispone el artículo 74 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del Suelo.

Según dispone la letra c) del apartado 2 del artículo 74 de la LOUS, la eficacia de la modificación de la delimitación de la Unidad de actuación UA-3 Mirador del Claustre aprobada se diferirá hasta la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de les Illes Balears. Asimismo, la modificación de la delimitación aprobada se publicará en la correspondiente dirección o punto de acceso electrónico municipal y debe comunicarse al Archivo de Urbanismo de les Illes Balears y al Consell Insular de Menorca.

Séptimo. Notificar estos acuerdos a las personas propietarias o titulares de derechos afectados, incluidas en la delimitación de la Unidad de actuación UA-3 Mirador del Claustre, con traslado de copia de los informes técnicos y jurídico a las personas que hayan presentado alegaciones.

 

Mahón, 7 de julio de 2021

La teniente de Alcaldia de Urbanismo y Actividades y Obra Pública

Dolores Antonio Florit