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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 279571
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de julio de 2021 por el que se prorroga el procedimiento de elaboración del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Mondragó

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Texto

En fecha 6 de julio de 2018 el Consejo de Gobierno acordó iniciar el procedimiento de elaboración del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de Mondragó (BOIB número 84, 7 de julio de 2018).

De acuerdo con el artículo 8.4 de la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO), modificado por el artículo 27 de la Ley 6/2009, de 17 de noviembre , de medidas ambientales para impulsar inversiones y la actividad económica en las Islas Baleares, el procedimiento para la elaboración y la aprobación de un PORN caduca transcurridos dos años, a contar desde la fecha en que se hayan iniciado, sin que se haya aprobado definitivamente el Plan de ordenación de los recursos naturales. Sin embargo, el Consejo de Gobierno podrá acordar, por causa justificada en el expediente, una prórroga de este plazo por un máximo de dos años. El procedimiento de elaboración del PORN ha sido objeto de una primera prórroga, mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de julio de 2020 (BOIB núm. 118, de 4 de julio).

Desde el inicio del procedimiento se han llevado a cabo los trámites administrativos de participación pública previa y valoración de las aportaciones, se convocó la Junta Rectora del Parque Natural de Mondragó, en sesión extraordinaria, para presentar el borrador del PORN a sus miembros y a raíz de estos se ha reelaborado el documento inicial. Desde la primera prórroga, se han llevado a cabo los trámites de audiencia de los titulares de derechos e intereses legítimos por medio de las organizaciones y entidades reconocidas por la ley que los agrupan o representan y a consulta de los intereses sociales e institucionales afectados y de las asociaciones que persiguen los principios y objetivos que peveu la Ley 5/2005, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.2 c de la misma Ley 5/2005. Actualmente, el procedimiento se encuentra en la fase final y, en este sentido, únicamente queda pendiente el informe de valoración de las alegaciones y el último trámite, de informe jurídico, previsto en el artículo 9.2 f de la Ley 5/2005, por lo que se requiere una última prórroga por un año más del procedimiento de elaboración del PORN, siendo este el plazo máximo permitido de acuerdo con el artículo 8.4 de la Ley 5/2005.

Por todo lo expuesto, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 8.4 de la Ley 5/2005, de 26 de mayo, de conservación de los espacios de relevancia ambiental de las Islas Baleares (LECO), el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Medio Ambiente y Territorio, en la sesión de 5 de julio de 2021, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:

Primero. Prorrogar por el plazo de un año el procedimiento de elaboración del Plan de ordención de los recursos naturales de Mondragó.

Segundo. Notificar este Acuerdo a las administraciones territoriales afectadas (Consejo de Mallorca y Ayuntamiento de Santanyí) y, con el fin de comunicarlo a los interesados, se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en dos diarios de mayor tirada de la isla de Mallorca.

 

Palma, 5 de julio de 2021

La secretaria del Consejo de Gobierno Rosario Sánchez Grau (Por suplencia de acuerdo con el artículo 5.2 del Decreto 8/2021, de 13 de febrero de la presidenta de las Illes Balears)