Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA
Núm. 283613
Resolución relativa a la adjudicación de la convocatoria de ayudas reembolsables con un tramo no reembolsable a proyectos empresariales singulares que contribuyen a la transformación del modelo económico y social liderado por mujeres
Antecedentes
1. El Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, día 16 de marzo de 2020, acordó la aprobación del expediente de convocatoria pública de ayudas reembolsables con un tramo no reembolsable a proyectos empresariales singulares que contribuyen a la transformación del modelo económico y social liderados por mujeres.
2. Dentro del plazo para la presentación de solicitudes de la convocatoria, actualmente abierto, se han presentado 59 solicitudes de ayudas para los proyectos liderados por mujeres. Las entidades colaboradoras han emitido los informes necesarios para conceder la ayuda de acuerdo con el punto 8 de la convocatoria. Hasta el momento, y con relación al impacto social de los proyectos, han emitido 5 informes favorables y 2 desfavorables, por lo cual, en este último caso, y de acuerdo con la convocatoria, ya no se ha valorado la viabilidad económica. Con relación a los informes sobre la viabilidad económica, se han emitido 4 favorables y 1 desfavorable. A continuación, se detalla el resultado de la valoración de las entidades colaboradoras
ORDEN DEFINITIVO |
NÚMERO DE EXPEDIENTE |
NOMBRE DEL PROYECTO |
NIF/CIF |
INFORME DEL IMPACTO SOCIAL |
INFORME VIABILIDAD ECONÓMICA |
---|---|---|---|---|---|
1 |
CAD 03/2020 |
ATELIER VIUS, VIUS ESPORLES |
***1405**
|
FAVORABLE |
FAVORABLE |
2 |
CAD 04/2020 |
EMPRÈN M.E.S |
***5291** |
FAVORABLE |
DESFAVORABLE |
3 |
CAD 06/2020 |
CAFETERÍA MACONDO |
***8990** |
FAVORABLE |
FAVORABLE |
4 |
CAD 02/2020 |
SERCOACH |
***2227** |
FAVORABLE |
FAVORABLE |
5 |
CAD 01/2020 |
CAFETERIA BONANY |
***5122** |
DESFAVORABLE |
|
7 |
CAD 07/2020 |
SONTER |
B07932205 |
DESFAVORABLE |
|
8 |
CAD 14/2020 |
SEMILLAS DE VIDA |
***8743** |
FAVORABLE |
FAVORABLE |
Así mismo las personas relacionadas a continuación han desistido de su solicitud, por lo que los proyectos presentados no han sido evaluados.
ORDEN DEFINITIVO |
NÚMERO DE EXPEDIENTE |
NOMBRE DEL PROYECTO |
NIF/CIF |
INFORME IMPACTO SOCIAL |
INFORME DE VIABILIDAD ECONÓMICA |
PROPUESTA DE ENTREGA DEL PAGO |
---|---|---|---|---|---|---|
6 |
CAD 05/2020 |
SOMRIU PRODUCCIONS.SL. |
B16520512 |
|
|
|
9 |
CAD 15/2020 |
TO BE SPACE |
****2718* |
|
|
|
En cuanto a la documentación que tiene que acompañar la solicitud (anexos 1 al 4) todas las personas relacionadas para las cuales se hace la propuesta de concesión, han aportado la documentación que se establece en el punto 7 de la convocatoria de ayudas.
Las personas propuestas han declarado mediante el anexo 1, que no incurren en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca, y específicamente que están al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, así como de las obligaciones tributarias ante el Consejo de Mallorca.
El proyecto presentado por MES, con la posición número 2, solicita la ayuda por el proyecto “EMPRENDE M.E.S.”, el objeto del cual, es la consultoría de financiación, formación básica y autogestión de negocio. Se ha emitido informe favorable en cuanto al impacto social y desfavorable en cuanto a la viabilidad económica, que se ha considerado sobredimensionada con relación a la facturación, a los resultados del plan económico-financiero y a los pronósticos de ingresos por ventas y facturación. Por este motivo la cuenta de resultados no es positiva y se pronostican problemas con el EBITDA en los dos años de ejecución de proyecto.
El proyecto presentado por KRV, con la posición número 5, solicita la ayuda para el proyecto “CAFETERÍA BONANY”, el objeto del cual es cafetería, pan y briochería. Se ha emitido informe desfavorable en cuanto al impacto social por el/los siguiente/s motivo/s: porque la puntuación obtenida (38,00%) en las dimensiones de impacto social no ha superado el mínimo total exigible del 50%, y es por eso, que de acuerdo con la convocatoria no se ha valorado la viabilidad económica.
El proyecto presentado por la empresa SONTER-ECS SL, con la posición número 7, solicita la ayuda para el proyecto “SONTER”, el objeto del cual es consultoría de digitalización empresarial e internalización de los servicios. La entidad colaboradora ha emitido un informe desfavorable en cuanto al impacto social por el/los siguiente/s motivo/s: la puntuación obtenida (43,00%) en las dimensiones de impactos social no ha superado el mínimo total exigible del 50%. Y es por eso que, de acuerdo con la convocatoria, no se ha valorado la viabilidad económica.
A la vista de lo expuesto, las siguientes personas interesadas, MES, KRV y la empresa SONTER-ECS SL, incumplen los requisitos de la convocatoria, y por ello el órgano instructor, propone denegarles la concesión de la ayuda.
Así mismo, el proyecto presentado por la empresa SOMRIU PRODUCCIONS SL, con la posición número 6, solicita la ayuda para el proyecto “SOMRIU PRODUCCIONS SL” , el objeto del cual es la compra de un espacio rural para desarrollar visitas, experiencias rurales y talleres de formación para jóvenes desocupados, y no ha presentado dentro del plazo el formulario necesario para poder ser valorado sobre el impacto social (anexo 3) según requerimiento notificado y recibido en fecha 17/03/2021, por lo que y de acuerdo con el punto 7 de la convocatoria, se considera que ha desistido de su solicitud de ayuda.
Finalmente, el proyecto presentado por HVM, con la posición número 9, solicita la ayuda para el proyecto “TO BE SPACE”, el objeto del cual es la creación e innovación de Arte, y no ha presentado dentro del plazo, el formulario necesario para poder ser valorada en cuanto al impacto social (anexo 3) según el requerimiento notificado y recibido en fecha 25/03/2021 y es por ello que, de acuerdo con el punto 7 de la convocatoria, se considera que desiste de su solicitud de ayuda.
3. Día 1 de junio de 2021, el órgano instructor emitió un informe relativo al cumplimiento por parte de las personas interesadas de los requisitos necesarios para acceder a la subvención.
4. El gasto económico que representa la convocatoria está prevista dentro del presupuesto de gasto del Consejo de Mallorca para el año 2021 con cargo a las partidas presupuestarias siguientes: Tramo reembolsable 00.23167.83100 y Tramo no reembolsable: 00.23167.77980 y se dispone de los correspondientes certificados de existencia de crédito.
5. La Intervención Delegada de la Llar de la Infància ha emitido un informe con número 2021/1934 de fecha 07/06/2021 de fiscalización previa de requisitos básicos con resultado favorable.
Fundamentos
1. La Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca aprobada por el Pleno del Consejo de Mallorca, en sesión de día 23 de diciembre de 2016 (BOIB n.º 21, de 18 de febrero de 2017), modificada por el Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 (BOIB n.º 96, de 4 de agosto de 2018) en la cual se establece el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por el Consejo Insular de Mallorca.
2. La convocatoria pública de ayudas reembolsables con un tramo no reembolsable a proyectos empresariales singulares que contribuyen a la transformación del modelo económico y social liderados por mujeres aprobada por el Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, día 16 de diciembre de 2020 (BOIB n.º 210, de 17 de diciembre de 2020).
3. El órgano competente para resolver el procedimiento, de acuerdo con el que prevé el vigente Decreto de la Presidencia, de 26 de enero de 2021, por el cual se determina la organización del Consejo de Mallorca (BOIB n.º.12, de 28 de enero) en su artículo 1 señala como atribución genérica de los consejeros ejecutivos y las consejeras ejecutivas, aprobar y resolver las convocatorias de ayudas, aportaciones y subvenciones a particulares o entidades públicas o privadas, cuando la competencia no corresponde al Pleno o al Consejo Ejecutivo. De acuerdo con la Base 23.5 de las de ejecución del presupuesto del Consejo Insular de Mallorca para el 2021, se deriva que corresponde a los consejeros ejecutivos aprobar y resolver subvenciones, así como autorizar y disponer gastos de cuantía igual o inferior a 250.000€. De acuerdo con el punto 8.3 de la convocatoria la resolución del expediente corresponde a la consejera ejecutiva de Presidencia.
Resuelve
Por esto, resuelve:
1. Aprobar y conceder les subvenciones a las personas siguientes y por las que se detallan:
Con cargo al plazo reembolsable a la partida presupuestaria 00.23167.83100 y proyecto 2020 2 00MDE 1 1 del presupuesto del gasto del año 2021 (A) 220210006751:
ORDEN |
Nombre de la persona Beneficiaria |
NIF/NIE |
Importe de los proyectos |
Importe que se solicita |
Importe que se concede |
---|---|---|---|---|---|
1 |
CBV |
***1405** |
26.060,00 € |
15.760,00€ |
15.760,00€ |
3 |
LFLM |
***8990** |
62.400,00 € |
49.900,00€ |
49.900,00€ |
4 |
AMCR |
***2227** |
23.541,66 € |
14.137,66€ |
14.137,66€ |
8 |
MIB |
***8743** |
23.500,00 € |
14.100,00€ |
14.100,00€ |
Con cargo en el Tramo NO reembolsable en la partida presupuestaria 00.23167.77980 y en el proyecto 2020 2 00IAI 1 1 del presupuesto del gasto del año 2021 (A) 220210006752:
ORDEN |
Nombre de la persona Beneficiaria |
NIF/NIE |
Importe de los proyectos |
Importe que se solicita |
Importe que se concede |
---|---|---|---|---|---|
1 |
CBV |
***1405** |
26.060,00 € |
10.300,00€ |
10.300,00€ |
3 |
LFLM |
***8990** |
62.400,00 € |
12.500,00€ |
12.500,00€ |
4 |
AMCR |
***2227** |
23.541,66 € |
9.404,00 € |
9.404,00 € |
8 |
MIB |
***8743** |
23.500,00 € |
9.400,00 € |
9.400,00 € |
2. Denegar la ayuda a MES, con la posición número 2, con NIF/CIF ***5291**, respecto a la solicitud de ayuda por el proyecto “EMPRENDE M.E.S.” por no cumplir con los requisitos de la convocatoria en cuanto al informe sobre viabilidad por el/los siguiente/s motivo/s: se ha considerado sobredimensionado Con relación a la facturación, a los resultados del plan económico-financiero y a los pronósticos de ingresos por ventas y facturación, por lo que la cuenta de resultados no es positiva y se pronostican problemas con el EBITDA en los dos años de ejecución de proyecto.
3. Denegar la ayuda a KRV, con la posición número 5, con NIF/CIF ***5122**, respecto a la solicitud de ayuda por el proyecto “CAFETERÍA BONANY” por no cumplir con los requisitos de la convocatoria en cuanto al informe sobre impacto social por el/los siguientes motivos: porque la puntuación obtenida (38,00%), sobre las dimensiones de impacto social, no ha superado el mínimo total exigible del 50%. Se hacen las siguientes recomendaciones, en la dimensión 1 de la teoría del cambio, profundizar en las necesidades de diferentes colectivos, por ejemplo, vecinos con problemas de movilidad, ofreciendo un servicio de entrega a domicilio. En la dimensión 4 de valor añadido, el proyecto podría buscar una mayor diferenciación con base en criterios de sostenibilidad ambiental. En la dimensión 9 de sostenibilidad ambiental, se mencionan medidas genéricas que no están integradas en la idea de negocio, pudiendo promover medidas más saludables, ecológicas y/o de proximidad. En la dimensión 7, de Público objetivo y agentes involucrados, convendría profundizar en cómo colaborar con otros agentes para la formación de estudiantes.
4. Denegar la ayuda a la Entidad SONTER-ECS SL, con la posición número 7, con NIF/CIF B07932205, respecto a la solicitud de ayuda por el proyecto “SONTER” por no cumplir con el requisito de la convocatoria en cuanto al informe sobre impacto social por el/los siguiente/s motivo/s: la puntuación obtenida (43,00%), en las dimensiones de impactos social, no ha superado el mínimo total exigible del 50%. Se hacen las siguientes recomendaciones, en la dimensión 1 de la teoría del cambio, se echa de menos una mayor orientación a fin de satisfacer una problemática social/medioambiental o necesidad no cubierta, la digitalización propuesta que comporta beneficio medioambiental, no tiene repercusión significativa en su entorno. En la dimensión 2 se podrían llevar a cabo acciones para romper estereotipos de género como la contratación o la inclusión en el proyecto de mujeres del ámbito de la informática y programación, objetivo central de la propuesta. En la dimensión 5 se recomienda concretar el proceso de internalización y relacionar el resultado con el objetivo del proyecto, sin perder de vista su utilidad social. Finalmente, en la dimensión 7, de Público objetivo y agentes involucrados, convendría profundizar en cómo colaborar con las entidades y agentes citados en la descripción y de qué manera. No queda clara la forma en que se quiere involucrar a mujeres y colectivos desfavorecidos en los productos y servicios que ofrece la empresa. Y es por eso, que de acuerdo con la convocatoria no se ha valorado la viabilidad económica.
5. Declarar el desistimiento de SOMRIU PRODUCCIOS SL, con el CIF: B16520512, con respecto a la solicitud de ayuda por el proyecto “SOMRIU PRODUCCIOS SL” por no subsanar dentro del plazo de 10 días hábiles el requerimiento notificado y recibido en fecha 17/03/2021, de acuerdo con el punto 7 de la convocatoria.
6. Declarar el desistimiento de HVM, con el NIE: ***2271**, con respecto a la solicitud de ayuda por el proyecto “TO BE SPACE”, por no subsanar dentro del plazo de 10 días hábiles el requerimiento notificado y recibido en fecha 25/03/2021, de acuerdo con el punto 7 de la convocatoria.
7. Disponer el gasto, por un importe de ciento treinta cinco mil quinientos un euro y sesenta y seis céntimos, 135.501,66€ a las partidas presupuestarias siguientes: al Tramo reembolsable 00.23167.83100: noventa tres mil ochocientos noventa y siete euros con sesenta y seis céntimos, (93.897,66€) y al Tramo no reembolsable: 00.23167.77980: cuarenta y un mil seiscientos cuatro euros, (41.604€).
Con cargo al Tramo reembolsable
ORDEN |
Nombre de la persona beneficiaria |
NIF/NIE |
Importe del proyecto |
Importe que se solicita |
Importe que se concede |
---|---|---|---|---|---|
1 |
CBV |
***1405** |
26.060,00 € |
15.760,00€ |
15.760,00€ |
3 |
LFLM |
***8990** |
62.400,00 € |
49.900,00€ |
49.900,00€ |
4 |
AMCR |
***2227** |
23.541,66 € |
14.137,66€ |
14.137,66€ |
8 |
MIB |
***8743** |
23.500,00 € |
14.100,00€ |
14.100,00€ |
Con cargo al plazo NO reembolsable
ORDEN |
Nombre de la persona beneficiaria |
NIF/NIE |
Importe del proyecto |
Importe que se solicita |
Importe que se concede |
---|---|---|---|---|---|
1 |
CBV |
***1405** |
26.060,00 € |
10.300,00€ |
10.300,00€ |
3 |
LFLM |
***8990** |
62.400,00 € |
12.500,00€ |
12.500,00€ |
4 |
AMCR |
***2227** |
23.541,66 € |
9.404,00 € |
9.404,00 € |
8 |
MIB |
***8743** |
23.500,00 € |
9.400,00 € |
9.400,00 € |
8. Notificar esta resolución a Intervención Delegada de la Llar de la Infància y a las personas beneficiarias y remitir al el BOIB y a la BDNS los datos relativos a las subvenciones concedidas para su publicación.
Palma, 14 de junio de 2021
La consejera ejecutiva de Presidencia M. Teresa Suárez Genovard