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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 282225
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 5 de julio de 2021, a propuesta del director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores, por la que se aprueba la convocatoria del Reactiva FP 20-21, que se va a llevar a cabo los meses de octubre, noviembre y diciembre del 2021 en los centros educativos públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears que imparten formación profesional básica y ciclos formativos de grado medio

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Texto

En fecha 5 de julio de 2021, el director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores ha formulado la propuesta de resolución siguiente:

Hechos

1. El artículo 9.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, establecía la suspensión de la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza previstos en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, incluido la enseñanza universitaria, así como de cualquier otra actividad educativa o de formación impartida en otros centros públicos o privados. Así mismo, el apartado 2 del mismo artículo disponía que, durante el periodo de suspensión, se debían mantener las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y en línea, siempre que fuera posible.

2. Las medidas y obligaciones derivadas de la declaración inicial del estado de alarma y de las sucesivas prórrogas decretadas por el Gobierno han impedido la actividad educativa presencial y también los periodos de formación en centros de trabajo o de prácticas de diferentes enseñanzas no universitarias, necesarios para concluir los estudios y obtener la correspondiente titulación, tal como pasa con la formación profesional.

3. Para dar respuesta a las necesidades educativas de los alumnos más vulnerables, el Ministerio de Educación y Formación Profesional ha propuesto a las comunidades autónomas un nuevo programa de cooperación territorial (PCT) vinculado al fomento de la calidad de la formación profesional, con cargo a los presupuestos generales del Estado 2020, denominado «REACTIVA FP 20-21». El programa tiene por objeto ofrecer refuerzo y apoyo a los alumnos de formación profesional básica (FPB) y de ciclos formativos de grado medio (CFGM), así como permitir a las administraciones educativas competentes la adopción de medidas de flexibilización de los currículos de los títulos de formación profesional que garanticen la consecución de los objetivos del currículum de las enseñanzas mencionadas.

4. La Resolución de 20 de noviembre de 2020, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de noviembre de 2020, por el que se distribuye el crédito destinado a las comunidades autónomas, para financiar Acciones para Fomentar la Calidad de la Formación Profesional: «REACTIVA FP 20-21». El PCT «REACTIVA FP 20-21», vinculado al fomento de la calidad de la FP para el refuerzo y apoyo del alumnado de formación profesional básica (FPB) y de ciclos formativos de grado medio (CFGM), tiene por objeto ofrecer al alumnado que ha sufrido las deficiencias metodológicas y curriculares provocadas por la evolución de la pandemia de la COVID-19.

5. En fecha 30 de junio de 2021, la jefa del Departamento de Formación Profesional y Cualificaciones Profesionales emitió un informe favorable para la aprobación de la convocatoria del Reactiva FP 20-21.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

2. La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones profesionales y de la formación profesional.

3. La Ley 39/2015, de1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

4. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, el cual establece en el artículo 36.2 que corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

5. La Ley 1/2019, de 31 de diciembre, del Gobierno de las Illes Balears.

6. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

7. El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en el sistema integrado de formación profesional en las Illes Balears.

8. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que dispone en el artículo 2.6.c) que las competencias en materia de formación profesional corresponden a la Consejería de Educación y Formación Profesional.

9. La Resolución de 20 de noviembre de 2020, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de noviembre de 2020, por el que se distribuye el crédito destinado a las comunidades autónomas para financiar Acciones para el Fomento de la Calidad de la Formación Profesional «REACTIVA FP 20-21».

Propuesta de resolución

1. Aprobar la convocatoria del Reactiva FP 20-21, cuyas bases constan en el anexo 1 de esta Resolución.

2. Aprobar el modelo de solicitud para participar en la convocatoria del Reactiva FP 20-21 el primer trimestre del curso 2021-2022 (anexo 2).

3. Disponer que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar una resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente del día en que se publique en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse publicado en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 5 de julio de 2021

El consejero de Educación y Formación Profesional Martí X. March i Cerdà El director general proponente Antonio Baos Relucio

 

ANEXO 1 Bases de la convocatoria

Primero Definición y características del Reactiva FP 20-21"

  1.  El Reactiva FP 20-21 es un programa de refuerzo que se debe elaborar a partir del análisis por parte de los centros de los resultados y de las situaciones derivadas de la pandemia provocada por la COVID-19 que hayan podido afectar al alumnado de formación profesional básica (FPB) y ciclos formativos de grado medio (CFGM).
  2.  La puesta en marcha de este programa es una oportunidad para que los centros dispongan de más personal docente para mejorar los resultados educativos.
  3.  El Reactiva FP 20-21 se fundamenta en la autonomía de los centros para organizar sus recursos y su currículum.

Segundo Objetivos estratégicos del Reactiva FP 20-21

Los objetivos estratégicos del Reactiva FP 20-21 son los siguientes:

  1.  Aplicar refuerzos para paliar las carencias que los alumnos puedan tener como consecuencia del desarrollo del curso escolar 2020-2021. Estos refuerzos se deben llevar a cabo durante la jornada lectiva y pueden consistir en desdoblamientos, talleres, etc.
  2.  Incrementar la dimensión de orientación profesional para este alumnado.

Tercero Convocatoria

  1.  Siguiendo el objetivo de reforzar las competencias de los alumnos de formación profesional básica y de ciclos formativos de grado medio, la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores pone en marcha una convocatoria para participar en Reactiva FP 20-21, que se desarrollará entre los meses de octubre y diciembre de 2021.
  2.  Pueden participar en esta convocatoria todos los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears donde se impartan ciclos de FPB y de GM.

Cuarto Requisitos

Los centros que quieran participar en la convocatoria del Reactiva FP 20-21 deben presentar la correspondiente solicitud, de acuerdo con el anexo 2.

Quinto Presentación de solicitudes

  1.  La solicitud de participación se debe tramitar por vía electrónica y se debe enviar a la dirección directorgeneral@dgfpieas.caib.es.
  2.  El plazo de presentación de las solicitudes se inicia el mismo día de su publicación y finaliza el día 15 de julio de 2021.

Sexto Selección de los centros y comunicación

  1.  Una vez recibidas las solicitudes de participación dentro del plazo establecido, se publicarán las listas provisionales el día 20 de julio en página web de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores (www.dgfpieas.caib.es).
  2.  Los centros dispondrán de un plazo de tres días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación de las listas provisionales para presentar las alegaciones que consideren oportunas ante la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores (directorgeneral@dgfpieas.caib.es).
  3.  La lista definitiva se publicará el 26 de julio en la página web de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores (www.dgfpieas.caib.es). Con la publicación se considera hecha la notificación a los interesados.

Séptimo Criterios de selección

Los criterios para seleccionar los centros son los que se indican a continuación:

  1.  El número de alumnos matriculados en primero el curso2020-2021.
  2.  Los módulos de CFGM que se han visto afectados por la pandemia y se han impartido en el régimen de semipresencialidad el curso 2020-2021.
  3.  Los módulos de FPB que se han visto afectados por la pandemia a lo largo del curso 2020-2021.

Octavo  Compromisos de las partes

  1.  A todos los efectos, todos los centros educativos que participen en Reactiva FP 20-21 deben llevar a cabo las actuaciones siguientes:
  • Organizar el plan de refuerzo para ayudar a lograr las competencias personales y profesionales del alumnado correspondientes a cada ciclo.
  • Concretar la participación del claustro en la implementación del Reactiva FP 20-21.
  1.  La Consejería de Educación y Formación Profesional, por medio de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores, debe facilitar la asignación del personal docente de acuerdo con las características del Reactiva FP 20-21 en los centros educativos que han resultado seleccionados. Esta asignación se hará por tres meses, de octubre a diciembre de 2021.

Noveno Seguimiento y evaluación del Reactiva FP 20-21

  1.  Los directores de los centros seleccionados tendrán que certificar al personal docente que han destinado a ejecutar el Reactiva FP 20-21 antes de día 31 de diciembre de 2021.
  2.  Los directores de los centros deben incluir un apartado específico en la memoria anual con la evaluación del logro de los objetivos del Reactiva FP 20-21 y las actuaciones que se hayan llevado a cabo, así como las propuestas de mejora.

Documentos adjuntos