Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 279577
Área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI – Modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI para los años 2021, 2022 y 2023
Por acuerdo de la Junta de Gobierno n.º JGL_20210630_01_016, de 30 de junio de 2021 se ha dispuesto el siguiente:
1.º- Aprobar la modificación de las cuantías de las líneas de subvención del Plan Estratégico de Subvenciones del área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI para los años 2021, 2022 y 2023, conforme con lo que dispone el artículo 8.1, de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Allá donde dice:
“V. FINANCIACIÓN Y DOTACIÓN ECONÓMICA DE LAS LÍNEAS DE SUBVENCIÓN
Para atender las obligaciones económicas que se deriven de las convocatorias, de acuerdo con las posibilidades presupuestarias se reservará anualmente una cantidad con cargo a las partidas del presupuesto del área. Estas cantidades se revisarán anualmente, después de cada convocatoria, en función de las necesidades de las entidades y de la disponibilidad presupuestaria. También se podrán nutrir de aportaciones finalistas extrapresupuestarias.
Personas mayores:
20.23128.483.00 FAMILIAS, MIGRACIONES Y GENTE MAYOR.- ASS. Y FEDER. PERS. MAYORES 100.000,00
Juventud:
20.33710.483.00 JUVENTUD. SUBV. PROGRAMAS, PROYECTOS Y ACTIVIDADES 49.000,00
20.33710.483.01 JUVENTUD. SUBV. FEDERACIONES Y AGRAPAMENTS 49.000,00
20.33710.481.00 JUVENTUD. PREMIOS JÓVENES DE CONCURSOS 2.000,00
Igualdad:
20.23123.481.01 SUBVENCIONES PARA PROYECTOS PEP 275.000,00
Feminismo:
20.23123.481.03 – SUBVENCIONES FEMINISMO: 50.000,00
LGTBI:
20.23123.481.02 – SUBVENCIONES LGTBI: 30.000
Cooperación internacional:
20.23120.483.01 APORTACIÓN AL FONS MALLORQUÍ DE SOLIDARIDAD 66.320,45
20.23120.482.01 CONVENIO ASOCIACIÓN AMIGOS DEL PUEBLO SAHARAUI 15.000,00
20.23120.483.00 COOPERACIÓN INTERNACIONAL. CONVOCATORIA SUBVENCIONES 75.000,00”
Tiene que decir:
“V. FINANCIACIÓN Y DOTACIÓN ECONÓMICA DE LAS LÍNEAS DE SUBVENCIÓN
Para atender las obligaciones económicas que se deriven de las convocatorias, de acuerdo con las posibilidades presupuestarias se reservará anualmente una cantidad con cargo a las partidas del presupuesto del área que en ningún caso podrá superar los importes máximos expresados en este apartado. Estas cantidades se revisarán anualmente, después de cada convocatoria, en función de las necesidades de las entidades y de la disponibilidad presupuestaria. También se podrán nutrir de aportaciones finalistas extrapresupuestarias.
Personas mayores:
20.23128.483.00 FAMILIAS, MIGRACIONES Y GENTE MAYOR.- ASS. Y FEDER. PERS. MAYORES 170.000,00€
Juventud:
20.33710.483.00 JUVENTUD. SUBV. PROGRAMAS, PROYECTOS Y ACTIVIDADES 70.000,00€
20.33710.483.01 JUVENTUD. SUBV. FEDERACIONES Y AGRAPAMENTS 70.000,00€
20.33710.481.00 JUVENTUD. PREMIOS JÓVENES DE CONCURSOS 10.000,00€
Igualdad:
20.23123.481.01 SUBVENCIONES PARA PROYECTOS PEP 275.000,00€
Feminismo:
20.23123.481.03 – SUBVENCIONES FEMINISMO: 100.000,00€
LGTBI:
20.23123.481.02 – SUBVENCIONES LGTBI: 100.000€
Cooperación internacional:
20.23120.483.01 APORTACIÓN AL FONS MALLORQUÍ DE SOLIDARIDAD 100.000€
20.23120.482.01 CONVENIO ASOCIACIÓN AMIGOS DEL PUEBLO SAHARAUI 30.000,00€
20.23120.483.00 COOPERACIÓN INTERNACIONAL. CONVOCATORIA SUBVENCIONES 100.000,00€”
2.º- Publicar integrament con las modificaciones incorporadas el Plan Estratégico de Subvenciones del área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI para los años 2021, 2022, y 2023, en el BOIB.
Palma, 5 de julio de 2021
El jefe de servicio de Igualdad, Juventud y Derechos Cívicos
José Manuel Carrillo Martínez
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2021 – 2023 ÁREA DE JUSTICIA SOCIAL, FEMINISMO Y LGTBI
I. FUNDAMENTO, NATURALEZA JURÍDICA, MARCO NORMATIVO, VIGENCIA, PUBLICIDAD Y PRINCIPIOS ORIENTADORES
1. FUNDAMENTO
A todos los efectos el Plan estratégico de subvenciones tiene su fundamento en la exposición de motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y, de manera específica, en el mandato establecido por el articulado de dicha norma, en los arts. 10 y siguientes del Reglamento de dicha Ley (RGLS), aprobado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Según la exposición de motivos mencionada, una parte importante de la actividad financiera del sector público se canaliza a través de subvenciones a fin de dar respuesta, con medidas de apoyo financiero, a demandas sociales y económicas de personas y entidades públicas o privadas.
Desde la perspectiva económica, las subvenciones son una modalidad importante de gasto público y, por lo tanto, tienen que ajustarse a las directrices de la política presupuestaria, actualmente orientada por los criterios de estabilidad presupuestaria y crecimiento económico.
El Plan estratégico de subvenciones del área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI está estrechamente ligado a la estrategia global de participación del Ayuntamiento de Palma, que tiene entre sus principales objetivos la mejora de la participación y la implicación de la ciudadanía en la toma de decisiones y en las políticas públicas.
Este Plan estratégico de subvenciones responde también al objetivo de fortalecer el tejido asociativo, como pieza clave para la participación, la calidad democrática y la cohesión social. Con estas consideraciones se pretende que este Plan estratégico de subvenciones contribuya a fortalecer la participación social y cívica de los colectivos a los cuales se dirige, más allá de la dotación económica de las subvenciones que se prevén.
Atendidas las consecuencias del Covid-19 y en cuanto a las materias atribuidas en el área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI, se hace necesario adaptar las condiciones y los objetivos de las subvenciones a los contextos cambiantes en que se desarrollan las actividades de las entidades sociales para dar respuesta a las nuevas necesidades de la ciudadanía de Palma. Por este motivo, el área ha elaborado un nuevo Plan estratégico que sustituye y modifica el anterior, tal como dispone el art. 8.1, de la Ley 38/2003. Concretamente, este artículo establece que los órganos de las administraciones públicas o cualquier ente que proponga el establecimiento de subvenciones con carácter previo tiene que concretar en un Plan estratégico de subvenciones los objetivos y los efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para lograrlos, los costes previsibles y las fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
2. NATURALEZA JURÍDICA
El Plan estratégico de subvenciones es un instrumento de gestión de carácter programático, sin rango normativo, y su aprobación no genera derechos ni obligaciones para el Ayuntamiento. Recoge las líneas de subvención previstas de acuerdo con unos determinados objetivos estratégicos relacionados con las competencias atribuidas a la Àrea de Justicia Social, Feminismo y LGTBI.
Para el establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan es un requisito básico incluir las consignaciones presupuestarias correspondientes en los presupuestos anuales, así como aprobar las bases reguladoras de su concesión, en el marco de las de ejecución del Presupuesto.
3. MARCO NORMATIVO
4. VIGENCIA
De acuerdo con el art. 4.2. de la Ordenanza y el 11.4 del RGLS, los Planes estratégicos tienen que contener una previsión para un periodo de vigencia de tres años. Por eso, se prevé la vigencia de este Plan para los años 2021, 2022 y 2023.
5. PUBLICIDAD
Atendidos los arts. 5.4 y 6.2 de la Ley 19/2013 de 9 de noviembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el Plan se tiene que publicar en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Palma (www.palma.cat).
6. PRINCIPIOS ORIENTADORES
- Transparencia
Este principio se materializa en la convocatoria previa en la cual se garantiza la objetividad, la transparencia, la publicidad, la concurrencia y la igualdad en la distribución de fondos públicos. Se tiene que garantizar la transparencia en todas las fases de información, ejecución, seguimiento y evaluación. El Ayuntamiento tiene que rendir cuentas a la ciudadanía sobre la implementación del Plan y los efectos que ha tenido.
Este principio también se materializa en la publicidad de las subvenciones concedidas, en los términos previstos por el art. 18 de la Ley 38/2003.
- Libre concurrencia, igualdad y no discriminación
Este principio se materializa en la determinación de los requisitos que tienen que cumplir las entidades beneficiarias para la plena satisfacción del interés general.
- Objetividad
Las subvenciones se conceden siguiendo criterios objetivos, previamente establecidos a la convocatoria a fin de garantizar el conocimiento previo por parte de las entidades potencialmente beneficiarias.
- Eficacia y eficiencia
Los objetivos marcados se tienen que cumplir con eficacia y la asignación de recursos públicos tiene que ser eficiente y se tiene que justificar cuantitativa y cualitativamente.
- Participación y proximidad
Se tiene que garantizar que este Plan llega a todas las entidades interesadas por todas las vías de que dispone el Ayuntamiento.
El Ayuntamiento de Palma tiene que asegurar los canales de diálogo y comunicación con el tejido asociativo y poner al alcance los medios técnicos, tecnológicos y humanos necesarios para garantizar la accesibilidad de todos los colectivos a las actuaciones previstas en el Plan, de acuerdo con su necesidad y realidad, prestando apoyo técnico y tecnológico cuando sea necesario.
Se tiene que tender progresivamente a una mayor implicación y participación de la ciudadanía y de las entidades en el diseño, el seguimiento y la evaluación del Plan.
- Acceso a las TIC
Se tiene que sacar partido de las potencialidades que ofrecen las tecnologías de la información y la comunicación para propiciar la participación. Este objetivo se tiene que acompañar con acciones que reduzcan la fractura digital existente entre la ciudadanía.
- Perspectiva de género
La normativa y las acciones que genere este Plan tienen que incorporar la perspectiva de género. Se entiende por perspectiva de género la toma en consideración de las diferencias entre mujeres y hombres en un ámbito o una actividad, teniendo en cuenta la manera como las diversas actuaciones, situaciones y necesidades afectan las mujeres.
II. OBJETIVOS ESTRATÉGICOS Y CONVOCATORIAS DE SUBVENCIÓN
1. OBJETIVOS ESTRATÉGICOS
2. CONVOCATORIAS DE SUBVENCIÓN
CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN DE PERSONAS MAYORES
Descripción
Afrontar el envejecimiento de la población es un reto de las administraciones públicas. Se calcula que en 2050 más del 25% de la población será mayor de 65 años.
Esta realidad requiere políticas locales adecuadas a un colectivo muy numeroso, diverso y con realidades y necesidades heterogéneas. Es un grupo de población cronológicamente envejecido pero funcionalmente joven. Su participación directa tiene que orientar las acciones y complementar las iniciativas de las administraciones.
En cuanto al tejido asociativo de Palma, constan inscritas 61 asociaciones y 3 federaciones de personas mayores en el Registro municipal de entidades ciudadanas. No obstante, su participación en los órganos de participación municipal es, a día de hoy, escasa.
Las próximas convocatorias (2021, 2022 y 2023) se dirigirán a las asociaciones de personas mayores de la ciudad de Palma que realicen programas, proyectos y actividades dentro de la línea de envejecimiento activo y la promoción de actividades intergeneracionales.
Objetivos
Línea de subvención
Esta convocatoria de subvención se centra en los siguientes programas, proyectos y actividades:
o mejora de la salud desde las vertientes física y social para fomentar la actividad física y relacional.
o mejora de la calidad de vida desde las vertientes cognitiva y emocional para fomentar la autonomía personal.
o aumento de la participación social en su entorno próximo y en el ámbito de la ciudad.
o difusión de información que incremente la seguridad y la autonomía personal de las personas mayores.
Efectos
Se trata de mantener un contacto permanente y directo con las asociaciones de personas mayores de la ciudad de Palma, con el objetivo de apoyar proyectos y actividades de interés público que promocionen el envejecimiento activo y la participación social de las personas mayores.
Hace falta que estas actividades complementen y amplíen las ofertas de la iniciativa pública y sean una vía de participación de la ciudadanía, de enriquecimiento de la vida comunitaria y de consolidación del tejido asociativo.
Se valora positivamente la inclusión en las programaciones de la perspectiva de género, de acciones para el fomento de la igualdad, del trabajo en red con otros servicios y entidades territoriales, de promoción del voluntariado y de participación cívica en las estructuras participativas de la ciudad, así como la inclusión del trabajo con nuevas tecnologías como eje transversal que permita mejorar la participación y la autonomía dentro de los domicilios y en el entorno próximo.
Órgano gestor / responsable
De acuerdo con el art. 27.4 de la Ordenanza de subvenciones, el órgano instructor es la persona titular de los servicios administrativos del centro gestor que indica la convocatoria.
El órgano competente para conceder subvenciones en el ámbito del Ayuntamiento de Palma es el órgano competente para la autorización del gasto, según lo que disponen las Bases de ejecución del Presupuesto vigente.
Seguimiento y evaluación de la convocatoria
Con la valoración cualitativa y cuantitativa de las memorias técnicas y las conclusiones extraídas se propone, si procede, la continuación, la sustitución o la modificación de determinados criterios y puntos de las Bases de la convocatoria, así como de los diferentes apartados que incluyen, con el objeto de mejorar la eficacia y la eficiencia en relación con la consecución de los objetivos planteados.
Las conclusiones del seguimiento de esta convocatoria pueden quedar reflejadas en la redacción del siguiente Plan estratégico mediante las modificaciones oportunas.
Valoración cualitativa
Se hará una valoración cualitativa a partir de l'evaluación de las memorias técnicas de actividades presentadas por las asociaciones en las justificaciones de la subvención, de acuerdo con los requisitos de justificación de la convocatoria.
Indicadores cuantitativos de los programas, proyectos y actividades
Informe anual
Con el resultado de la valoración cuantitativa y cualitativa, el segundo trimestre de cada año se emitirá un informe que recogerá la relación de actividades realizadas y la eficacia y la eficiencia de los recursos destinados en relación con la consecución de los objetivos previstos.
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE JUVENTUD
1. Descripción
De los datos de que se dispone, procedentes de las memorias de los servicios de Juventud, se deduce que las principales necesidades de los jóvenes son las siguientes:
Atendidas las competencias del Ayuntamiento en estas temáticas, la finalidad primordial de las convocatorias de subvenciones en materia de juventud se dirigirá al ámbito del tiempo libre, con la introducción de todos los elementos que convierten el ocio en un espacio educativo para el fomento de los valores que fortalecen la democracia, la convivencia y la participación de la sociedad.
La ciudad de Palma tiene una amplia tradición de entidades, asociaciones y colectivos de jóvenes que trabajan para la dinamización del ocio. Poco a poco han dado paso a proyectos y programas que dentro del marco del tiempo libre y de ocio han devenido espacios para la educación no formal y la educación informal en cuanto a los valores democráticos y participativos.
También se cuenta con un amplio colectivo de músicos y artistas dinámicos e innovadores que en muchos de casos forman parte de la propuesta cultural de la ciudad y enriquecen los espacios dedicados al ocio de la ciudad con diferentes formas de expresión artística.
El ocio y la cultura necesitan este proceso dinamizador que permite su actualización y se tienen que buscar las fórmulas para aproximarlos a la población juvenil, puesto que es mediante estos dos elementos que se puede facilitar su participación en la vida y el funcionamiento de la ciudad.
2. Objetivos
Para esta convocatoria se considerarán temas de especial valor los siguientes:
- la preservación y mejora del medio ambiente, haciendo especialmente mención a las iniciativas relacionadas con la sostenibilidad.
- el desarrollo de unos hábitos de vida y un ocio saludable, y especialmente las iniciativas que prevengan las adicciones al alcohol, a sustancias y al juego, así como aquellas propuestas que prevengan la socialización a nivel sexual de la población juvenil mediante la pornografía.
- la participación social.
- la cultura de nuestra comunidad.
- la equidad de género en general, y el feminismo, en particular.
- la diversidad sexual y de género y la eliminación de la discriminación o las conductas de odio, especialmente por razón de orientación sexual, identidad de género o expresión de género.
- la convivencia intergeneracional, especialmente los que vayan dirigidos a trabajar el envejecimiento activo y paliar la soledad.
- la difusión de los Derechos de la Infancia aprobados por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
3. Efectos
Estas subvenciones se fundamentan en el interés general de apoyar a los y a las jóvenes, a las entidades juveniles y a las federaciones y agrupamientos de entidades juveniles sin ánimo de lucro, para que con sus proyectos y sus actuaciones dinamicen el ocio de la ciudad y promuevan la participación de los y de las jóvenes, creando un marco idóneo para la educación no formal a la vez que complementan la tarea que el Ayuntamiento lleva a cabo para ofrecer un tiempo de ocio saludable y educativo.
Todos estos proyectos y/o actividades se tienen que desarrollar dentro del ámbito del ocio, tienen que tener un cariz educativo y se tienen que dirigir a jóvenes de 14 a 30 años.
4. Líneas de subvención
1. Programas, proyectos y actividades en materia de juventud
Esta convocatoria de subvención consta de tres modalidades subvencionables:
Modalidad 1, que incluye las siguientes iniciativas:
Modalidad 2, que incluye las siguientes iniciativas:
Modalidad 3, que incluye las siguientes iniciativas:
Los proyectos, las actividades y las propuestas promovidas por jóvenes creadores o dirigidas a su capacitación, su formación y la difusión de su obra dentro del ámbito artístico y/o de la expresión cultural.
Los jóvenes creadores pueden solicitar ayudas para las siguientes actividades y gastos:
Los grupos musicales y los solistas pueden solicitar ayudas para las siguientes actividades y gastos:
2. Federaciones y agrupamientos de entidades juveniles de Palma
Esta convocatoria de subvención consta de dos modalidades subvencionables:
Modalidad 1 - Mantenimiento general de la federación, el agrupamiento o el movimiento
Se pueden incluir los gastos de alquiler de instalaciones, luz, agua, teléfono, otros suministros o contrataciones imprescindibles para el desarrollo de la entidad (seguros, extintores, etc), personal de administración, reparaciones, y material fungible. Todos estos gastos o compras se tienen que hacer dentro del año del ejercicio de la convocatoria.
Modalidad 2 - Proyectos y actividades
Se pueden incluir las iniciativas de dinamización del ocio que llevan a cabo las federaciones, los agrupamientos o los movimientos y se dirigen al colectivo de jóvenes asociados y también a los no asociados de Palma. También corresponden a esta modalidad las iniciativas relacionadas con la dinamización del ocio llevadas a cabo por agrupamientos, clubes o entidades menores.
3. Premios
Con el fin de promover la creación cultural y/o artística entre los jóvenes de Palma, y de acuerdo con los objetivos del área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI, se crearán concursos literarios o artísticos con otorgamiento de premios, así como también se podrá colaborar mediante la dotación de “Premios Jóvenes” a concursos de otras áreas municipales, como Palma Fotográfica dentro de las fiestas de San Sebastián.
5. Seguimiento y evaluación de las convocatorias
Con la valoración cualitativa y cuantitativa de las memorias técnicas y las conclusiones extraídas de esta se propondrá, si procede, continuar, sustituir o modificar determinados criterios y puntos de las bases de cada una de las convocatorias, con sus modalidades de subvención, así como de los diferentes apartados que incluyen, para mejorar la eficacia y la eficiencia en relación con la consecución de los objetivos planteados.
Las conclusiones del seguimiento de este Plan pueden quedar reflejadas en la redacción del siguiente Plan estratégico mediante las modificaciones oportunas.
Valoración cualitativa
Se hará una valoración cualitativa a partir de la evaluación de las memorias técnicas de actividades presentadas por las entidades en las justificaciones de la subvenciones, de acuerdo con los requisitos de justificación de cada una de las convocatorias.
Valoración cuantitativa: indicadores para cada convocatoria de subvención.
Programas, proyectos y actividades
Federaciones y agrupamientos de entidades juveniles
6. Informe anual
Con el resultado de la valoración cuantitativa y cualitativa, el segundo trimestre de cada año se emitirá un informe en el cual se recogerá la relación de actividades realizadas, y la eficacia y la eficiencia de los recursos destinados en relación con la consecución de los objetivos previstos.
CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE PROSTITUCIÓN (PEP)
Descripción
La prostitución, fuertemente arraigada en la sociedad, es uno de los mayores ejemplos de discriminación y abuso hacia las mujeres. Su ejercicio tiene un fuerte impacto económico, social y personal. Un elevado porcentaje de personas que lo ejercen se encuentran en una situación de vulnerabilidad que puede llegar a la sumisión a redes de tráfico de personas con fines de explotación sexual. El Ayuntamiento de Palma tiene que contribuir a la prevención y la detección de estas situaciones para preservar el ejercicio de los derechos humanos.
Objetivo
Apoyar a las entidades para atender y contribuir al empoderamiento de las personas que ejercen la prostitución (PEP).
Líneas de subvención
La convocatoria incluye proyectos de apoyo y atención a las personas que ejercen la prostitución (PEP) que contribuyan a su empoderamiento:
Efectos
Mecanismos de participación
Consejo de Mujeres: presentación del proyecto de bases de la convocatoria pública de subvenciones. Remisiones electrónicas: elaboración de bases de datos de entidades, asociaciones, colectivos... que coincidan con las finalidades de la convocatoria para la remisión electrónica de las bases y convocatoria.
Seguimiento y evaluación de la convocatoria
El seguimiento de los proyectos consistirá en verificar que las subvenciones se ajustan a la finalidad prevista.
Se hará una evaluación cuantitativa y cualitativa:
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE FEMINISMO
Descripción
El avance en políticas de igualdad de género plantea una ambivalencia: se avanza en marcos normativos y en conquistas sociales, mientras se produce un estancamiento de algunas de estas políticas como consecuencia de fuertes reacciones ideológicas de un nuevo tipo de machismo. Esta ambivalencia en el discurso de la igualdad de género parece estar socialmente asumida mientras persisten las discriminaciones.
Así, los avances conviven con fuertes desigualdades entre mujeres y hombres en la vida social, económica, laboral, cultural... y esto se muestra de forma más intensa en las diversas manifestaciones de las violencias machistas y en el trabajo de cuidados. La violencia hacia las mujeres se tiene que entender como una violencia colectiva y estructural, consecuencia de un modelo social patriarcal. Por otro lado, el sistema del trabajo de cuidados se fundamenta en una fuerte y desigual distribución del trabajo, añadida a una desvalorización y precarización, que se traslada a las mujeres migrantes.
El feminismo es un conjunto heterogéneo de movimientos políticos, culturales, económicos y sociales que tienen por objetivo la igualdad entre mujeres y hombres y la eliminación de la violencia de los hombres hacia las mujeres. El feminismo cuestiona el orden patriarcal de la sociedad: un modelo cultural y social que otorga al hombre un rol predominante, y lucha en contra de este orden.
Hay que incorporar una mirada feminista a las políticas públicas del Ayuntamiento de Palma, y también en la vida social, asociativa, cultural... para lograr una ciudad feminista y justa.
Objetivos
Ayudas para la realización de proyectos y actividades de sensibilización y promoción para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, dirigidas a:
a. Visibilizar a las mujeres en el espacio público.
b. Fomentar el apoyo y el acompañamiento a las mujeres en situación de violencia de género para la reparación de los daños, la recuperación y promoción de la autonomía personal.
c. Sensibilizar, concienciar y prevenir otras formas de violencias machistas, recogidas en el Pacto de Estado contra la violencia de género.
d. Prevenir las violencias sexuales.
e. Dinamizar, motivar e impulsar el movimiento asociativo de las mujeres.
f. Promover el empoderamiento de las mujeres.
g. Difundir y promover el feminismo.
h. Revalorar el trabajo de cuidados.
i. Promover la participación social, cultural, política y tecnológica de las mujeres.
Líneas de subvención
Esta convocatoria de subvención se fundamenta en:
Efectos
Mecanismos de participación.
Consejo de Mujeres: presentación del proyecto de bases de la convocatoria pública de subvenciones. Remisiones electrónicas: elaboración de bases de datos de entidades, asociaciones, colectivos... que coincidan con las finalidades de la convocatoria para la remisión electrónica de las bases y convocatoria.
Seguimiento y evaluación
El seguimiento de los proyectos consistirá en verificar que las subvenciones se ajustan a la finalidad prevista.
Se hará una evaluación cuantitativa y cualitativa:
CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN LGTBI
Descripción
En su último informe el Observatorio de Redes contra el Odio de la FELGTB muestra que solo se denuncia el 17% de los delitos de odio. Algunos de los motivos por los cuales las víctimas no denuncian son el miedo a hacerse visibles como personas LGTBI en su entorno, la revictimización o el miedo a la culpabilización y, sobre todo, la falta de percepción de la agresión recibida como delito.
Contabilizar solo las agresiones denunciadas genera una falsa apariencia de logro de la igualdad de derechos y trato, pero el estudio sobre la igualdad del colectivo LGTBI elaborado en 2020 por la Agencia por los Derechos Fundamentales de la Unión Europea refleja con los siguientes datos, entre otros, que queda un largo camino para lograr la igualdad real: en España 1 de cada 3 personas LGTBI no es visible en su trabajo, un 50% de las parejas no se dan la mano en la calle por miedo a recibir agresiones y un 63% de las mujeres trans han recibido acoso los últimos 12 meses.
Para dar respuesta a la necesidad de garantizar los derechos de la población LGTBI de las Islas Baleares contamos con la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar la LGTBIfobia. Este Plan estratégico, en consonancia con la Ley mencionada, busca establecer herramientas que hagan arraigar las condiciones para que las personas LGTBI puedan ejercer sus derechos en libertad y sin ningún tipo de discriminación. Es esencial garantizar la igualdad de oportunidades en la participación y la representación en todos los ámbitos de la vida y contribuir a la superación de los estereotipos que afectan negativamente la percepción social del colectivo.
Objetivos
Líneas de subvención
Efectos
Impulsar la cooperación entre la iniciativa social y la Administración local para optimizar los recursos existentes, coordinar y complementar las actuaciones municipales que se desarrollan desde el área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI e impulsar y apoyar a las actuaciones del movimiento asociativo que fomentan el empoderamiento y la participación, así como la consecución de los derechos y libertades del colectivo LGTBI.
Mecanismos de participación
Seguimiento y evaluación
El seguimiento de los proyectos consistirá en verificar que las subvenciones se ajustan a la finalidad prevista.
Se hará una evaluación cuantitativa y cualitativa:
CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL
Descripción
En las dos últimas décadas, a pesar de que el desarrollo humano haya avanzado considerablemente la realidad cotidiana para centenares de millones de personas en los países del sur continúa marcada por la pobreza extrema, el analfabetismo, la falta de oportunidades y la violencia.
El 19 de octubre de 1993 se constituyó el Fondo Mallorquín de Solidaridad y Cooperación con el objetivo de coordinar las ayudas de las administraciones públicas de Mallorca a los países empobrecidos. El 30 de septiembre de 1993 el Ayuntamiento de Palma aprobó incorporarse como socio y adquirió el compromiso de librarle, con cargo a los créditos consignados para esta finalidad, una aportación anual para financiar la ejecución de proyectos de cooperación al desarrollo humano integral en los países empobrecidos.
La Ley 9/2005, de 21 de junio, de cooperación internacional de las Islas Baleares es la principal fuente que inspira las políticas de cooperación internacional y su despliegue normativo en el ámbito autonómico. Unas de sus finalidades son “impulsar y promover la participación ciudadana en las acciones de cooperación” y “fomentar la educación y la sensibilización de la sociedad de las Islas Baleares en la realidad de los países empobrecidos” (art. 4). En el Registro municipal de entidades ciudadanas del Ayuntamiento constan 67 entidades de cooperación y humanitarias, y un total de 36 entidades que tienen como eje de intervención la población migrante.
Objetivos
Líneas de subvención
1. Ayudas para llevar a cabo proyectos y actividades de sensibilización y promoción de los derechos humanos y concretamente de los que vayan dirigidos a:
2. Suscripción de un convenio con el Fondo Mallorquín de Solidaridad y Cooperación.
De acuerdo con el art. 12 de la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Palma sobre concesión directo de subvenciones y atendida su previsión en el Presupuesto municipal.
3. Suscripción de un convenio con la Asociación de Amigos del Pueblo Saharaui de las Islas Baleares.
De acuerdo con el art. 12 de la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Palma sobre concesión directo de subvenciones y atendida su previsión en el Presupuesto municipal.
Efectos
Contribuir al cumplimiento de los compromisos de la ciudad en materia de cooperación al desarrollo y la defensa y promoción de los derechos humanos en Palma.
Objetivos
Mecanismos de participación
Además de cumplir el procedimiento preceptivo y de acuerdo con el Reglamento orgánico de participación ciudadana se llevarán a cabo las siguientes acciones:
Seguimiento y evaluación de la convocatoria
El seguimiento de los proyectos consistirá a verificar que las subvenciones se ajustan a la finalidad prevista.
Se hará una evaluación cuantitativa y cualitativa:
III. PUBLICACIÓN, EJECUCIÓN, JUSTIFICACIÓN, RESOLUCIÓN, INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL
1. PUBLICACIÓN
Las Bases se publicarán en el primer trimestre del ejercicio en curso. Una vez aprobada la convocatoria, las entidades interesadas que cumplan los requisitos podrán presentar las solicitudes en el plazo de 30 días naturales contados desde el día siguiente que se publiquen en el BOIB.
2. EJECUCIÓN
Para cada una de las convocatorias recogidas en el punto II.2 de este Plan se determinará el plazo de ejecución de las actividades y de los proyectos, el cual en ningún caso podrá exceder de los plazos de vigencia previstos en su punto I.4. del Plan.
3. RESOLUCIÓN
De acuerdo con el art. 25.4 de la Ley 38/2003 y el art. 34.4 de la Ordenanza municipal de subvenciones, el plazo máximo de resolución y notificación es de seis meses. Este plazo se computa desde que se publica la convocatoria, salvo que sea convocatoria abierta. En este caso el plazo máximo para resolver y presentar solicitudes se cuenta desde la fecha que se especifica en la convocatoria.
4. JUSTIFICACIÓN
Las adjudicatarias de subvenciones tendrán que justificar documentalmente su destino en los plazos previstos en la convocatoria o la resolución de concesión, mediante documentos originales o fotocopias compulsadas. Los documentos tienen que cumplir los requisitos que según su naturaleza sean legalmente exigibles.
En consecuencia, en el plazo que se marque tendrá que quedar acreditado que la actividad objeto de subvención se ha realizado efectivamente y que el importe de la subvención se tiene que aplicar a la finalidad concreta para la cual se ha concedido. Si no se justifica la inversión en la forma y el plazo fijados se reclamará la devolución de la cantidad entregada en concepto de subvención. Si no se reintegra voluntariamente se exigirá la devolución mediante el procedimiento administrativo correspondiente.
En el caso de subvenciones con pago condicionado por la justificación, la falta de esta supondrá que se revoque automáticamente la concesión, con los trámites legales previstos.
Los documentos aportados se tienen que enviar al área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI, la cual, con informe previo, los enviará a la Intervención Municipal para su fiscalización, a efectos de prestar conformidad o hacer objeciones a los justificantes aportados.
Los gastos subvencionados tendrán que responder a la naturaleza de la actividad subvencionada y se tendrán que haber pagado antes de que finalice el periodo de justificación, salvo que las bases reguladoras dispongan expresamente otra cosa.
5. SEGUIMIENTO Y CONTROL
Los órganos responsables de cada convocatoria serán los responsables del control y del seguimiento de las convocatorias incluidas en este Plan.
Para cada convocatoria/ámbito de actuación se emitirán informes, coincidiendo con las diferentes fases de ejecución. Estos informes se publicarán en la web del Ayuntamiento de Palma y se dará cuenta a los órganos de participación territorial y sectorial adecuados.
De acuerdo con el art. 27.4 de la Ordenanza de subvenciones, el órgano instructor es la persona titular de los servicios administrativos del centro gestor que indica la convocatoria.
El órgano competente para conceder subvenciones en el ámbito del Ayuntamiento de Palma será el órgano competente para autorizar el gasto según lo que dispongan las bases de ejecución del Presupuesto vigente.
6. EVALUACIÓN
La evaluación anual del Plan tiene que servir para hacer los ajustes necesarios en las convocatorias y los procedimientos, de forma que sean coherentes con las situaciones sobre las cuales se pretende incidir. Se tendrán que analizar los resultados obtenidos, la utilidad pública o social, el grado de cumplimiento de los objetivos y la eficacia de las actuaciones.
El contenido de las conclusiones se recogerá en un informe que, a la vista de la evaluación realizada, hará constar la procedencia de mantener o revisar el Plan.
La evaluación se hará al finalizar el ejercicio presupuestario, a partir de la evaluación de los indicadores de cada convocatoria.
7. INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN
El área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI facilitará a las entidades que lo soliciten información y orientación respecto de sus convocatorias de subvenciones y también garantizará la difusión, el impacto y la visibilidad.
La información se ajustará a la disponibilidad de personal del área. Si hay entidades interesadas se podrán hacer sesiones informativas grupales ad hoc.
IV. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN, PERSONAS Y ENTIDADES BENEFICIARIAS, CONDICIONES GENERALES
1. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
El Ayuntamiento concederá subvenciones en los términos y con el alcance previsto por la Ley 38/2003 mediante convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva.
En todo caso, las bases para la concesión en los procedimientos de concurrencia tendrán que contener, como mínimo, lo siguiente:
2. PERSONAS Y ENTIDADES BENEFICIARIAS
Tienen la consideración de beneficiarias de las subvenciones las personas y las entidades que tienen que llevar a cabo la actividad que fundamentó el otorgamiento o que se encuentren en la situación que legitima su concesión.
3. CONDICIONES GENERALES
V. FINANCIACIÓN Y DOTACIÓN ECONÓMICA DE LAS LÍNEAS DE SUBVENCIÓN
Para atender las obligaciones económicas que se deriven de las convocatorias, de acuerdo con las posibilidades presupuestarias se reservará anualmente una cantidad con cargo a las partidas del presupuesto del área que en ningún caso podrá superar los importes máximos expresados en este apartado. Estas cantidades se revisarán anualmente, después de cada convocatoria, en función de las necesidades de las entidades y de la disponibilidad presupuestaria. También se podrán nutrir de aportaciones finalistas extrapresupuestarias.
Personas mayores:
20.23128.483.00 FAMILIAS, MIGRACIONES Y GENTE MAYOR.- ASS. Y FEDER. PERS. MAYORES 170.000,00€
Juventud:
20.33710.483.00 JUVENTUD. SUBV. PROGRAMAS, PROYECTOS Y ACTIVIDADES 70.000,00€
20.33710.483.01 JUVENTUD. SUBV. FEDERACIONES Y AGRAPAMENTS 70.000,00€
20.33710.481.00 JUVENTUD. PREMIOS JÓVENES DE CONCURSOS 10.000,00€
Igualdad:
20.23123.481.01 SUBVENCIONES PARA PROYECTOS PEP 275.000,00
Feminismo:
20.23123.481.03 – SUBVENCIONES FEMINISMO: 100.000,00€
LGTBI:
20.23123.481.02 – SUBVENCIONES LGTBI: 100.000,00€
Cooperación internacional:
20.23120.483.01 APORTACIÓN AL FONS MALLORQUÍ DE SOLIDARIDAD: 100.000,00€
20.23120.482.01 CONVENIO ASOCIACIÓN AMIGOS DEL PUEBLO SAHARAUI: 30.000,00€
20.23120.483.00 COOPERACIÓN INTERNACIONAL. CONVOCATORIA SUBVENCIONES 100.000,00€