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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 279360
Resolución del Consejero de Hacienda y Función Pública de 2 de julio de 2021, por la cual se da audiencia a las personas interesadas en los recursos de alzada presentados contra las Bases que han de regir la convocatoria de las pruebas selectivas para proveer, mediante el sistema de concurso oposición, 32 places de bombero-a conductor-a

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Texto

Antecedentes

1. Que en fecha 1 de mayo de 2021 se publicó en el BOIB nº. 57, el Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, de día 28 de abril de 2021, mediante el cual se modifica el Plan<A[Plan|Plano]> de Ordenación de Recursos Humanos (PORH) y se aprueban las Bases que rigen la convocatoria de las pruebas selectivas para la provisión, mediante el sistema de concurso oposición, de 32 plazas, por<A[por|para]> el turno libre, de la escala<A[escalera|escala]> de Administración Especial, subescala de servicios especiales, clase de servicio de extinción de incendios, subgrupo C2, especialidad bomber-a conductor-a, de personal funcionario del Servicio de Bomberos del Consejo de Mallorca correspondientes a las ofertas de empleo pública acumuladas de los años 2017, 2018, 2019 y 2021.

2. Que contra el Acuerdo del Consejo Ejecutivo citado se han interpuesto varios recursos de alzada.

3. Vistos los recursos de alzada interpuestos, es procedente abrir un trámite de audiencia previa a la resolución de estos.

Fundamentos<A[Fundamentos|Cimientos]> jurídicos

Primero. De acuerdo con el artículo 105 c) de la Constitución española, la ley regulará: «El procedimiento a través del cual deben producirse los actos administrativos, garantizando, cuando sea procedente, la audiencia del interesado.». En este sentido, la regulación general de la audiencia al interesado se contiene en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP): «2. Los interesados, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, podran alegar y presentar los documentos y  justificaciones que estimen pertinentes.». Y, para acabar, en materia de recursos administrativos, el artículo 118 de la LPACAP, en lo referente a la audiencia de los interesados, establece una regla especial e indica en el apartado 2: «2. Si hubiera otros interesados se les dará, en todo caso, traslado del recurso para que en el plazo antes citado, aleguen cuanto estimen procedente.»

Segundo. De acuerdo con la previsión del artículo 45,1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, procede a la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares:

«1. Los actos administrativos serán objeto de publicación cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada procedimiento o cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano competente.

En todo caso, los actos administrativos serán objeto de publicación, surtiendo esta los efectos de la notificación, en los siguientes casos:

a) Cuándo el acto tenga por destinatario una pluralidad indeterminada de personas o cuándo la Administración estime que la notificación efectuada a uno solo interesado es insuficiente para garantizar la notificación a todos, siendo, en este último caso, adicional a la individualmente realizada.»

Por<A[Por|Para]> lo expuesto,

Resuelvo

Primero. Dar audiencia a todas las personas interesadas en los recursos de alzada presentados contra el Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, de día 28 de abril de 2021 (BOIB nº. 57, de 1 de mayo de 2021) por<A[por|para]> un plazo de diez días hábiles desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución en el BOIB, a fin de que puedan formular las alegaciones que estimen pertinentes. Estos recursos están a disposición de las personas interesadas en las oficinas del Servicio Técnico de Recursos Humanos, situadas en la Calle General Riera, nº. 113, 2ª planta, de Palma de Mallorca, de lunes a viernes hábiles, de 9 a 14.00 horas, mediante cita previa al teléfono 971 00 75 15.

Segundo. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, así como en la Sede Electrónica del Consejo de Mallorca.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que es de mero trámite, no cabe<A[pega|ocurre]> la interposición de ningún recurso administrativo, sin perjuicio del que sea procedente contra los actos que se dicten en resolución de los recursos interpuestos.

 

Palma,  2 de julio de 2021

El consejero Ejecutivo de Hacienda y Funció Pública (Decreto de 26-01-2021, BOIB núm. 12, de 28-01-2021) Josep Lluís Colom Martínez