Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Núm. 278955
Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se amplía el crédito destinado a la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la modernización de las empresas comerciales detallistas y determinadas empresas de servicios, así como la continuidad de los establecimientos comerciales y de determinados servicios considerados emblemáticos con especial atención a los establecimientos comerciales y determinados servicios afectados por la crisis de la COVID-19
1. Mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 3 de marzo de 2021 se aprobó la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la modernización de las empresas comerciales detallistas y determinadas empresas de servicios, así como la continuidad de los establecimientos comerciales y determinados servicios considerados emblemáticos, con especial atención a los establecimientos comerciales y determinados servicios afectados por la crisis de la COVID-19 (BOIB núm. 32, de 6 de marzo).
2. De acuerdo con el punto cuarto de la Resolución de convocatoria, el importe económico es de 1.400.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 19301 761A01 77000 00 del presupuesto para el ejercicio 2019. El apartado 2 de dicho punto prevé la posibilidad de aumentar el importe de esta convocatoria, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan.
3. Dado el elevado número de solicitudes presentadas, casi el doble de las que se presentaron en la convocatoria del ejercicio 2020, se prevé que el importe destinado a la convocatoria no sea suficiente para dar cobertura a todas ellas. Por todo ello, y teniendo en cuenta el objetivo de esta Consejería a través de la Dirección General de Comercio de fomentar la modernización de los establecimientos comerciales de proximidad y de determinados servicios, así como la continuidad de los establecimientos comerciales y determinados servicios considerados emblemáticos, puesto que éstos son agentes esenciales en la dinamización comercial de los municipios, resulta conveniente ampliar el importe de la convocatoria en 532.000 euros más para poder dar cobertura a un mayor número de las solicitudes presentadas (90.000 euros que ya estaban disponibles en el capítulo 7, y 442.000 euros que se encontraban en el capítulo 4 y se pasaron al capítulo 7).
4. Hay crédito suficiente en la partida presupuestaria 19301 761A01 77000 00 para este ejercicio presupuestario 2021 para poder aumentar el importe económico de esta convocatoria.
5. Las subvenciones comprendidas en esta convocatoria están incluidas dentro del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, prorrogado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de enero de 2021, entre otros, el objetivo I, línea I.4.1, que prevé la convocatoria de ayudas para la promoción del tejido comercial, planes de mejora competitiva, planes de marketing y diseño, y actuaciones de mejora de la competitividad del tejido comercial.
6. Consta en el expediente informe justificativo de la ampliación del importe económico de esta convocatoria de fecha 3 de junio de 2021 del director general de Comercio.
7. Consta en el expediente informe favorable del Departamento Jurídico respecte a la ampliación del importe económico de esta convocatoria de fecha 10 de junio de 2021.
8. Consta en el expediente informe de fiscalización favorable de la ampliación del importe económico de esta convocatoria de fecha 28 de junio de 2021.
Fundamentos de derecho
1. Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18 de noviembre).
3. Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 8 de abril de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio y servicios (BOIB núm. 52, de 17 de abril), que fija las bases para esta convocatoria de ayudas.
4. Ley 2/2012, de 4 de abril, de apoyo a los emprendedores y las emprendedoras y a la micro, pequeña y mediana empresa, en cuanto a la simplificación administrativa a emprendedores y a las empresas.
5. El Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental en los procedimientos administrativos (BOIB núm. 21, de 12 de febrero).
6. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se despliegan determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 31 de septiembre).
7. Ley 2/2020, de 15 de octubre, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Illes Balears, para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19.
8. El Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, prorrogado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de enero de 2021.
9. El artículo 2.1 del Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 15 de febrero), el cual atribuye a la Dirección General de Comercio el fomento en materia de comercio.
10. Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
11. Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
12. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de fecha 3 de marzo de 2021, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la modernización de las empresas comerciales detallistas y determinadas empresas de servicios, así como la continuidad de los establecimientos comerciales y determinados servicios considerados emblemáticos, con especial atención a los establecimientos comerciales y determinados servicios afectados por la crisis de la COVID-19 (BOIB núm. 32, de 6 de marzo de 2021). El punto cuarto.2 de la Resolución de convocatoria prevé que se puede aumentar el importe de esta convocatoria, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Primero. Aumentar el importe económico de la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la modernización de las empresas comerciales detallistas y determinadas empresas de servicios, así como la continuidad de los establecimientos comerciales y de determinados servicios considerados emblemáticos, con especial atención a los establecimientos comerciales y determinados servicios afectados por la crisis de la COVID-19 en 532.000 euros más, a cargo de la partida presupuestaria 19301 761A01 77000 00 de los presupuestos de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears, y por lo tanto modificar el apartado primero de la base cuarta de esta convocatoria, por lo que el importe económico de la convocatoria pasa de ser de 1.400.000,00 euros a un importe económico total de 1.932 .000 euros, de acuerdo con lo previsto en el apartado 2 de la base cuarta de la convocatoria.
Segundo. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 1 de julio de 2021
El consejero de Transición Energética,
Sectores Productivos y Memoria Democrática
Juan Pedro Yllanes Suárez