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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE ES MERCADAL

Núm. 273081
Extracto de la Resolución de Alcaldía núm. 666 de 29 de junio de 2021, por la que se aprueban la convocatoria y las bases de las ayudas para la colaborar con las entidades comerciales sin ánimo de lucro que realicen actividades en su ámbito de actuación en el término municipal des Mercadal.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 572498

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/ge/es/convocatoria/572498 ):

Primero. Beneficiarios:

1. Las personas o entidades solicitantes que se quieran acoger a estas ayudas tendrán que reunir los siguientes requisitos:

  1. Ser entidades privadas sin ánimo lucrativo y legalmente constituidas

  2. Realizar actuaciones en el ámbito comercial dentro del término de Es Mercadal

  3. No incurrir en ninguno de los supuestos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones (LGS).

  4. No estar incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, así como en el artículo 30.4. de la misma.

2. Quedan expresamente excluidas:

  1. Entidades con finalidad lucrativa, en particular todas las sociedades mercantiles y civiles.

  2. Cooperativas

  3. Centros docentes o de enseñanza.

  4. Entidades políticas o sindicales.

  5. Entidades culturales, deportivas y artísticas

Segundo. Finalidad:

Colaborar con las entidades comerciales sin ánimo de lucro que realicen actividades en su ámbito de actuación dentro del término municipal de Es Mercadal.

Tercero. Bases reguladoras:

Las bases de la convocatoria y la Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones, aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Es Mercadal de día 11 de octubre de 2005 y publicada la aprobación definitiva y el texto íntegro en el BOIB n º. 189, de 17 de diciembre de 2005.

Cuarto. Importe:

1. Las ayudas concedidas serán atendidas con cargo a la aplicación presupuestaria 70.4313.48300 del Presupuesto General de 2021, con un importe máximo conjunto de 14.000 euros.

2. Cuando el importe de las solicitudes de ayudas sea superior a la cantidad máxima fijada en el punto anterior, estas se priorizaran según los principios y criterios establecidos en el artículo 7 de las bases.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Hasta el día 31 de julio de 2021.

 

Es Mercadal, 29 de junio de 2021

El alcalde Francesc Ametller Pons