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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 267249
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 25 de junio de 2021 por la que se autoriza el cambio de denominación, el cambio de titularidad, la modificación de la configuración con la ampliación de 15 unidades más y el traslado a unas nuevas instalaciones del Centro Docente Extranjero Collège Français de Palma

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Texto

Hechos

1. Con fecha 11 de mayo de 1979, se dictó la Orden por la que se autorizan centros docentes extranjeros en España (BOE núm. 153, de 27 de junio), que autorizó al Colegio Francés de Palma a impartir enseñanzas conforme al sistema educativo francés a alumnos españoles y extranjeros desde los niveles educativos de Jardin d'Enfants y Maternelle hasta Terminale (equivalentes a educación infantil, primaria, secundaria y bachillerato), con una capacidad de 200 plazas escolares.

2. La Orden de 5 de noviembre de 1999 por la que se hace pública la relación de centros franceses en España que han obtenido la correspondiente autorización (BOE núm. 291, de 6 de diciembre) autorizó el cambio de denominación a Collège Français de Palma y la ampliación de las enseñanzas, con un total de 15 unidades y 400 plazas escolares. Como consecuencia de esta autorización, el centro quedó configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07006433

Denominación específica: Collège Français de Palma

Domicilio: c. de la Salut, 4

Titular: Association Culturelle Française aux Baléares

Localidad: Palma

Municipio: Palma

3. En fecha 27 de abril de 2017 (NRE L13E28380/2017), el representante del centro Collège Français de Palma presentó una solicitud de traslado y ampliación de la configuración a unas nuevas instalaciones. Junto con la solicitud presentó un acta de 13 de septiembre de 2010 y su prórroga, de 23 de diciembre de 2015, de la concesión demanial otorgada por el Ayuntamiento de Palma a favor de la Mission Laïque Française sobre el inmueble municipal EQ00/DON-P 22-01-P en Sa Teulera.

También adjuntó la licencia de actividades del Ayuntamiento y la certificación de la embajada francesa en España para poder impartir enseñanzas del sistema educativo francés desde Maternelle, equivalente a la educación infantil de segundo ciclo, hasta Lycée, equivalente a cuarto de ESO y bachillerato.

4. En fecha 6 de junio de 2017, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión del Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos (IBISEC) emitió un informe condicionado del proyecto presentado, dado que la documentación presentada era incompleta y se debían acreditar las condiciones de accesibilidad, las condiciones acústicas y las condiciones de seguridad.

5. En fecha 6 de septiembre de 2017, el representante del centro presentó nueva documentación para enmendar los puntos que estaban sin acreditar según el anterior informe.

6. En fecha 15 de septiembre de 2017, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión del IBISEC emitió otro informe condicionado, ya que continuaban sin justificar los requisitos mínimos exigidos en cuanto a instalaciones y condiciones materiales regulados por la legislación española.

7. En fecha 14 de febrero de 2019, después de haber transcurrido con creces el plazo para aportar la documentación sin haber sido presentada, se solicitó al centro información del estado del expediente y de las obras de las nuevas instalaciones. También se le comunicó que, de acuerdo con lo que establece el artículo 82.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se abría el trámite de audiencia antes de dictar la propuesta de resolución.

8. En fecha 20 de febrero de 2019, el director del centro comunicó a la Sección de Autorizaciones que habían solicitado una nueva licencia de obras y habían cambiado el equipo de arquitectos modificando el proyecto presentado con las justificaciones técnicas exigidas por la legislación española.

9. En fecha 11 de marzo de 2019, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión emitió un informe favorable sobre el proyecto presentado, ya que el nuevo proyecto cumplía las condiciones mínimas exigidas por el artículo 6 del Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España.

10. En fecha 15 de octubre de 2019, el representante del centro presentó nueva documentación, ya que se habían hecho modificaciones al proyecto aprobado en fecha 11 de marzo de 2019, en concreto el proyecto básico, el proyecto de ejecución y el proyecto de actividades para que se revisara y se comprobara que cumplía con los requisitos mínimos.

11. En fecha 27 de febrero de 2020, el representante del centro entregó la documentación de los diferentes permisos del Ayuntamiento de Palma, concretamente el permiso de inicio de las instalaciones de obras, el informe técnico de actividades y el documento donde se indica el  uso docente de la parcela. El director del centro también informó que el centro había firmado un protocolo de traspaso ante notario entre la Association Culturelle Française aux Baléares (antigua titular del centro educativo) y la Mission Laïque Française el 2 de abril de 2009 (nueva titular) y que una de las finalidades de este traspaso, era la construcción de un nuevo centro educativo. También informa que la nueva titularidad había subrogado todos los derechos y deberes derivados de los contratos laborales y de los derechos adquiridos por los trabajadores del centro.Comprobada esta documentación surge la necesidad de actualizar la titularidad del centro.

12. En fecha 13 de noviembre de 2020, el director del centro solicitó el cambio de denominación por el de Lycée Français International de Palma, puesto que en Francia  los centros que tienen autorizado el bachillerato del sistema educativo francés se denominan lycée.

13. En fecha 18 de diciembre de 2020, el arquitecto de infraestructuras del Servicio de Centros Educativos, con el visto bueno de la jefa del Servicio, emitió un informe favorable del proyecto presentado, considerando que tiene los espacios adecuados para 30 unidades y 826 plazas escolares.

14. El 12 de febrero de 2021, el representante del centro solicitó la visita del arquitecto del Servicio de Centros Educativos a las nuevas instalaciones de la calle de las Illes Balears, 142.

15. El 12 de marzo de 2021, el arquitecto del Servicio de Centros Educativos emitió un informe favorable después de realizar la visita de obras al centro el 11 de marzo de 2021 y comprobar que los espacios se ajustaban a los planos aprobados en fecha 18 de diciembre de 2020.

16. El 22 de junio de 2021, la comisión de valoración de las cualificaciones del profesorado de centros docentes extranjeros emitió un informe favorable de las cualificaciones de los profesionales del centro docente extranjero Lycée Français International de Palma, per impartir lengua y cultura españolas y lengua y cultura propias de las Islas Baleares 

17. El 22 de junio de 2021, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la modificación de la configuración del Centro Docente Extranjero Lycée Français International de Palma  con la ampliación de 15 unidades de educación infantil, primaria, secundaria y bachillerato; el traslado en un nuevo edificio ubicado en Sa Teulera de  Palma, y el cambio de titularidad del centro a favor de la Mission Laïque Française.

18. El 23 de junio de 2021, el director general de Planificación, Ordenación y Centros propuso la modificación de la configuración del Centro Docente Extranjero Lycée Français International de Palma  con la ampliación de 15 unidades de educación infantil, primaria, secundaria y bachillerato; el traslado a unas nuevas instalaciones ubicadas en sa Teulera de Palma; el cambio de denominación, y el cambio de la titularidad a favor de la Mission Laïque Française.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio y suplemento en catalán núm. 7, de 1985).

2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. El Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE núm. 86, de 9 de abril), modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE núm. 62, de 12 de marzo).

5. El Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España (BOE núm. 149, de 23 de junio), modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero.

6. El Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE núm. 32, de 12 de marzo).

7. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de1 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

8. El Decreto 25/2021, de 8 de marzo, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 33, de 9 de marzo).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros en fecha 23 de junio de 2021, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar el cambio de denominación del Centro Docente Extranjero Collège Français, de Palma, que pasa a ser Lycée Français International de Palma.

2. Autorizar, con efectos del inicio del curso 2021-2022, la modificación de la configuración del Centro Docente Extranjero Lycée Français International de Palma, con código de centro 07006433, con el traslado de las enseñanzas de educación infantil, primaria, secundaria y bachillerato al nuevo edificio en la calle de las Illes Balears, 142, en Sa Teulera, Palma.

3. Autorizar la ampliación de la configuración con 15 unidades y 426 plazas escolares más.

4. Ratificar el cambio de titularidad, que antes era de la Association Culturelle Française aux Baléares y ahora pasa a ser de la Mission Laïque Française.

5. Ratificar y validar que en este centro se impartan enseñanzas del sistema educativo francés para alumnos extranjeros y alumnos españoles, y señalar que se deben impartir las enseñanzas de lengua catalana y cultura de las Illes Balears y de lengua y cultura españolas.

6. Determinar que, como consecuencia de estas modificaciones, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07006433

Denominación genérica: centro docente extranjero

Denominación específica: Lycée Français International de Palma  

Titular: Mission Laïque Française (MLF)

Domicilio: c. de las Illes Balears, 142

Localidad: Sa Teulera

Municipio: Palma

CP: 07014

Enseñanzas autorizadas: 30 unidades y 826 plazas escolares, distribuidas de la siguiente manera:

  • Maternelle: 6 unidades y 147 plazas escolares, equivalente a la educación infantil de segundo ciclo.
  • Élémentaire: 10 unidades y 250 plazas escolares, equivalente a los cursos de primero a quinto de primaria.
  • Collège: 8 unidades y 230 plazas escolares, equivalente a los cursos de sexto de primaria a tercero de ESO.
  • Lycée: 6 unidades y 199 plazas escolares, equivalentes a los cursos de cuarto de ESO a segundo de bachillerato.

7. Inscribir esta modificación en el Registro de centros docentes (RCD) de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros.

8. Recordar al centro mencionado que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se deba modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

9. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Palma, 25 de junio de 2021

El consejero de Educación y Formación Profesional Martí X. March i Cerdà