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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 260277
Publicación definitiva ir 6/2021

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con el art. 20.2 del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo y en relación con el art. 22.1.m) de la Ley 7/1985, de 2 d e abril, el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2021, convalidó la resolución de alcaldía de 24 de mayo de 2021 mediante la cual se aprobó el expediente de incorporación de remanentes nº 6 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito y crédito extraordinario para la aplicación del superávit, transcribiéndose a continuación el detalle de la modificación:

PRIMERO. Aprobar el expediente de modificación de crédito núm. 6/2021, en la modalidad de suplemento de crédito y crédito extraordinario con cargo al remanente de tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, como sigue a continuación:

Presupuesto de gastos

Suplementos en aplicaciones de gastos

ORG

FUNC

ECONÒM

DESCPRICIÓN

CRÈDITO INICIAL

SUPLEMENTOS DE CRÈDITO

CRÈDITO FINAL

003

45005

6320001

ADEQUACIÓ PLATGES

15.000,00

160.000,00

175.000,00

105

15200

4800005

COVID-19 AJUDES LLOGUER HABITATGE

400.000,00

400.000,00

800.000,00

107

13200

2210400

VESTUARI POLICIA

100.000,00

100.000,00

200.000,00

202

92201

6260000

ADQUISICIÓ EQUIPS INFORMÀTICS

10.000,00

60.000,00

70.000,00

202

92201

6260002

ADQUISICIÓ EQUIPS COMUNICACIONS

5.000,00

10.000,00

15.000,00

202

92201

2270603

TREBALLS TÈCNICS INFORMÀTICA

1,00

80.000,00

80.001,00

301

92400

2260602

VOLUNTARIAT

30.000,00

25.000,00

55.000,00

401

34000

6250003

INVERSIÓ EQUIPAMENTS IIDD

200.000,00

380.000,00

580.000,00

503

44000

4790001

SUBV.AGRUPACIÓ TAXI CENTRALETA

10.000,00

100.000,00

110.000,00

503

13300

6310000

REDUCTORS VELOCITAT

1,00

30.000,00

30.001,00

503

45000

6100025

PAVIMENTACIÓ I ADEQUACIÓ VORERES

750.000,00

250.000,00

1.000.000,00

503

45000

6100030

ESPAI DOL PERINATAL

1,00

20.000,00

20.001,00

603

43100

4800001

AJUDES PROMOCIÓ COMERÇ LOCAL

96.760,00

125.000,00

221.760,00

605

33600

6250000

MOBILIARI MUSEU

1,00

85.000,00

85.001,00

 

 

 

TOTAL

 

1.825.000,00

 

 

 

 

 

 

 

 

Créditos extraordinarios en aplicaciones de gastos

ORG

FUNC

ECONÒM

DESCPRICIÓN

CRÈDITO INICIAL

CRÈDITO EXTRAORDINARIO

CRÈDITO FINAL

003

45005

2279901

CONCESSIÓ PLATGES

0,00

160.000,00

160.000,00

105

15200

2020000

 LLOGUERS SOCIALS

0,00

60.000,00

60.000,00

106

92207

6290001

PORTAL DIGITAL

0,00

125.000,00

125.000,00

503

45300

6320001

NAU SES QUARTERADES

0,00

140.000,00

140.000,00

503

44000

6310000

OBRES APARCAMENT CAPDELLA

0,00

50.000,00

50.000,00

503

44000

2100000

ADEQUACIÓ SOLAR STA. PONÇA

0,00

123.000,00

123.000,00

503

44000

2100001

ADEQUACIÓ SOLAR EL TORO

0,00

160.000,00

160.000,00

503

44000

6310001

OBRES APARCAMENT COSTA DE LA CALMA

0,00

142.000,00

142.000,00

503

44000

6310002

OBRES APARCAMENT SON FERRER

0,00

50.000,00

50.000,00

503

44000

6310003

OBRES APARCAMENT PEGUERA

0,00

181.000,00

181.000,00

 

 

 

TOTAL

 

1.191.000,00

 

Esta modificación se financia con cargo al remanente de tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Presupuesto de ingresos

APLICACIÓN

DESCRIPCIÓN

IMPORTE

87000

APLICACIÓ RLT PER DESPESES GENERALS

3.016.000,00

 

TOTAL

3.016.000,00

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el art.37.2 apartados a) i b) del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. 

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores..

b) La insuficiencia o inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esta finalidad específica, que deberá verificarse  en el nivel en el que esté establecida la vinculación jurídica.

SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante inserción en el BOIB, por quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado término no se hubiesen presentado reclamaciones, en caso contrario, el Pleno dispondrá de un mes para resolverlas.”

Contra la aprobación definitiva del acuerdo se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, en la forma y términos que establecen las normas de dicha jurisdicción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 171-1 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo y 23-1 del Real decreto 500/90, de 20 de abril.

 

Calvià, en el día de la firma electrónica (21 de junio de 2021)

El alcalde

Alfonso Rodríguez Badal