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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 258727
Aprobación relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para cubrir como personal funcionario de carrera, 2 plazas vacantes de la categoría de oficial de la Policía Local y que serán nombrados como personal funcionario en prácticas en el Consell Insular de Formentera

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Texto

Se hace público que la Presidenta del Consell Insular de Formentera, en fecha 17 de junio de 2021, ha dictado, entre otras, la siguiente resolución:

“DECRETO DE PRESIDENCIA

SRA. ALEJANDRA FERRER KIRSCHBAUM, PRESIDENTA DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA, ILLES BALEARS.

Vistas las bases que han regido el proceso selectivo para cubrir como funcionarios de carrera, 2 plazas vacantes de la categoría de oficial de la Policía Local del Consell Insular de Formentera, por promoción interna, publicadas en el BOIB núm. 3, de 7 de enero de 2021.

Visto que el extracto de dicha convocatoria ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) núm. 16 de 19 de enero de 2021.

Dado que este proceso selectivo se ha regido por las determinaciones contenidas en esta convocatoria específica y por las Bases Generales de convocatorias de procesos de selección del Consell Insular de Formentera, publicadas en el BOIB núm. 46, de 5 de abril de 2008.

Dado que el punto décimo de las bases del proceso selectivo para cubrir como funcionarios de carrera, 2 plazas vacantes de la categoría de oficial de la Policía Local, se dispone que resueltas las reclamaciones, el Tribunal debe aprobar la relación definitiva de las puntuaciones de la fase de concurso y la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Vista el acta núm. 8/2021 emitida por el Tribunal Calificador en fecha 27 de mayo de 2021, en la que consta entre otros aspectos, la lista provisional de aspirantes seleccionados.

Dada la diligencia emitida por el Secretario del Tribunal Calificador en fecha 8 de junio de 2021, en la que consta que el resultado provisional de la fase de concurso y el listado provisional de aspirantes seleccionados se convierten en definitivos.

Dado que se ha levantado el segundo estado de alarma derivado de la pandemia sanitaria originada por Covid -19, según el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declaraba el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, publicado en el BOE núm. 282, de 25 de octubre de 2020, que se prorrogó por el Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, a la vuelta publicado en el BOE publicado en el BOE núm. 291, de 4 de noviembre de 2020, en vigor hasta el 9 de mayo de 2021.

Según la evolución de la lucha contra la pandemia, se debe estar a lo que se deriva de la normativa siguiente aprobada por el Consell de Govern de les Illes Balears:

- Decreto ley 5/2021, de 7 de mayo, por el que se modifican la Ley 16/2010, de 28 de diciembre, de salud pública de las Islas Baleares, y el Decreto Ley 11/2020, de 10 de julio, por el que establece un régimen sancionador específico para hacer frente a los incumplimientos de las disposiciones dictadas por paliar los efectos de la crisis ocasionada por la Covid 19, publicado en el BOIB núm. 60, de 8 de mayo de 2021.

- Acuerdo del Consell de Gobierno de 31 de mayo de 2021 por el que se establecen medidas excepcionales para prevenir y contener la pandemia ocasionada por la Covid-19 durante parte del mes de junio de 2021 (BOIB núm. 74, de 5 de junio de 2021).

- Acuerdo del Consell de Govern 4 de junio de 2021 por el que se establecen los niveles de alerta sanitaria que se aplicarán en cada una de las islas, se modifica el Acuerdo del Consell de Govern de 7 de mayo de 2,021 por el que se aprueba el nuevo Plan de medidas de prevención, Contención y Coordinación para Hacer Frente a la Crisis Sanitaria Ocasionada por Covidien-19 y se establecen medidas excepcionales de prevención del contagio de la Covidien-19 aplicables temporalmente en las islas (BOIB núm. 73, de 4 de junio de 2021).

- Acuerdo del Consell de Govern de 4 de junio de 2021 de modificación del Acuerdo del Consell de Govern de 31 de mayo de 2021 por el que se establecen medidas excepcionales establecidas para prevenir y contener la pandemia ocasionada por la Covid-19 durante parte del mes de junio de 2021 (BOIB núm. 74, de 5 de junio de 2021).

Por todo ello, y por las competencias que tiene atribuidas la Presidencia según el Decreto de Presidencia de fecha 2 de julio de 2019 (BOIB núm. 102, de 25 de julio de 2019), en relación con el artículo 9.2.l de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consells insulars, y toda la normativa aplicable que esté vigente.

RESUELVO

PRIMERO.- APROBAR la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para cubrir como funcionarios de carrera, 2 plazas vacantes de la categoría de oficial de la Policía Local y que serán nombrados como funcionarios en prácticas.

DNI aspirante

Resultado Fase de oposición

Resultado Fase de concurso

Resultado final (con utilización de la fórmula)

43.155.781-F

43,30

11,38

60,03 Puntos

46.958.437-G

40,22

14,46

58,52 Puntos

SEGUNDO.- COMUNICAR los aspirantes mencionados en el punto primero, disponen de un plazo de 20 días hábiles a contar desde la fecha de publicación de este Decreto de Presidencia en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), para presentar los documentos que acrediten que cumplen los requisitos que exige la convocatoria. La documentación que deben presentar como mínimo es la siguiente:

  1. Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad en vigor o el resguardo de la solicitud de renovación.
  2. Fotocopia compulsada de la titulación exigida.
  3. Certificado médico que acredite la aptitud para desarrollar las funciones propias de la categoría de Oficial.
  4. Acreditar el conocimiento de la lengua catalana, mediante la aportación del certificado de nivel B2 de conocimientos de catalán.
  5. Acreditación de tener la condición de personal funcionario de carrera y la antigüedad que se especifica a continuación:
  6. Promoción interna en el mismo cuerpo de policía local: dos años en la categoría de policía
  7. Certificado de no tener antecedentes penales por delitos dolosos.
  8. Copia los permisos de conducción de las clases A2 y B en vigor.

No requieren presentación aquellos documentos que se encuentren en poder del Consell Insular de Formentera o se pueda comprobar la información por técnicas telemáticas según se regula en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En este último caso, el interesado debe indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los documentos mencionados, y las administraciones públicas les han de solicitar electrónicamente a través de sus redes corporativas o de una consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.

TERCERO.- COMUNICAR a los aspirantes que el incumplimiento de este plazo o si del examen de la documentación presentada se deduce que los aspirantes no cumplen los requisitos que se exigen en la convocatoria, supondrá la pérdida del derecho a ser nombrados funcionarios en prácticas y quedarán sin efecto todas las actuaciones anteriores relativas a su nombramiento.

CUARTO.- COMUNICAR a los aspirantes que una vez presentada la documentación, y si todo es correcto, se efectuará el correspondiente nombramiento como funcionario/a en prácticas de la categoría de oficial de policía local.

QUINTO.- COMUNICAR a los aspirantes que para completar el procedimiento selectivo es necesario superar un periodo de prácticas. Este periodo está integrado, para la superación del curso de capacitación correspondiente a la categoría de oficial (a excepción de las personas que acrediten haberlo superado y lo tengan debidamente actualizado) y para la superación de la fase de prácticas en el municipio de Formentera, relacionadas con las funciones propias de esta categoría.

SEXTO.- COMUNICAR a los aspirantes que aquellas personas que no superen el período de prácticas de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto, perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera del Consell Insular de Formentera, mediante resolución motivada de la presidenta de la corporación, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del período de prácticas.

SÉPTIMO.- COMUNICAR a los aspirantes que este decreto agota la vía administrativa, y lo mismo se puede recurrir en los términos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

OCTAVO.- PUBLICAR el Decreto de Presidencia presente en el tablón de anuncios de la OAC del Consell Insular de Formentera, en la web de la corporación, www.consellinsulardeformentera.cat, y en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).

La presidenta,                                                                      El secretario,

Alejandra Ferrer Kirschbaum                                               Ángel Custodio Navarro Sánchez”

 

Lo que se publica, para general conocimiento, y conforme a la normativa de función pública.

  

Formentera, 21 de junio de 2021

La presidenta

Alejandra Ferrer Kirschbaum