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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

Núm. 257485
Extracto de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 22 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de planes de acción para la aplicación de la metodología 50/50 en colegios públicos de educación primaria e infantil de Ibiza dirigida a la administración local

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero

Beneficiarios

Pueden ser beneficiarios de estas ayudas las administraciones locales de la isla de Ibiza que sean responsables del mantenimiento de los colegios públicos de educación primaria e infantil de Ibiza.

Segundo

Objeto

El objeto de la convocatoria, dirigida a las administraciones locales de la isla de Ibiza, es promover proyectos para el desarrollo de planes de acción para la aplicación de la metodología 50/50 en colegios públicos de educación primaria e infantil, en los que los ahorros obtenidos se comparten a partes iguales entre los usuarios de los edificios y la administración local que paga las facturas.

Tercero

Bases reguladoras

Esta convocatoria viene regulada por la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía en las Illes Balears, modificada por la Orden de consejero de Transición Energética y Sectores Productivos de 18 de junio de 2020 (BOIB núm. 116, de 30 de junio de 2020).

Cuarto

Cuantía

El importe económico máximo de esta convocatoria es de 100.000 euros. Las subvenciones se tienen que conceder con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma para el ejercicio de 2021 y, en función de la naturaleza de los beneficiarios, por las partidas y los importes siguientes:

— 19701 731A01 76000.30 ..................................            55.000,00 €

— 19701 731A01 76000.31 ..................................            45.000,00 €

La asignación es vinculante por el importe total y no por cada partida.

Siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan se pueden incrementar los importes de esta convocatoria. El importe consignado inicialmente se puede ampliar, mediante una resolución de modificación de la convocatoria, con los efectos, si procede, que dispone el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La modificación mencionada, salvo que se establezca otra cosa, no implica que el plazo para presentar solicitudes se amplíe, ni afecta la tramitación ordinaria de las solicitudes presentadas y no resueltas expresamente.

 

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes se inicia el día 28 de junio de 2021 y finaliza el 30 de julio de 2021 o hasta el posible agotamiento, dentro de este periodo, de la cuantía económica asignada a esta convocatoria.

Si se agotan los créditos destinados a la convocatoria antes de acabar el plazo de presentación se tiene que suspender la concesión de nuevas ayudas mediante la publicación correspondiente en el Boletín Oficial de las Illes Balears de la resolución de consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática.

  

Palma, 22 de junio de 2021

El consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática

Juan Pedro Yllanes Suárez