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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

AGENCIA DE ESTRATEGIA TURÍSTICA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 253630
Resolución del presidente de la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears de 21 de junio de 2021, por la cual se publican las bases de la convocatoria pública para la concesión de los Galardones "Premios Turismo de las Illes Balears" para el año 2021

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Texto

El turismo se configura como la actividad que mayor repercusión en términos de renta, empleo y actividad, genera en las Islas Baleares y constituye, sin duda, el principal recurso de las Islas.

A raíz de la pandemia generada por la COVID-19,  el turismo  se ha revelado como el sector económico y social más perjudicado por los impactos socioeconómicos de la pandemia generada por la Covid-19. Nuestra  economía

ha sido duramente golpeada por la imposibilidad del desplazamiento de las personas por la restricción impuesta a nivel global y el bloqueo de nuestros países emisores en la entrada de visitantes o la prohibición de viajar a los territorios más afectados por el virus.

Estamos ante un año clave para adaptarse a las necesidades del turista, ya que esta temporada, el comportamiento del turista o visitante será diferente. Y también en el hecho de reinventarse, procurando hacer de las Islas Baleares un destino sostenible, resiliente, segura y circular.

Así se están abordando desde el Gobierno actuaciones complementarias a las ya realizadas, para intentar fomentar la reactivación del turismo internacional y aportar atractivo y diferenciación a nuestra oferta.

El turismo se encuentra en un punto de inflexión en el que hay que ponerse en valor todo lo bueno que tienen las Islas. El sector se encuentra ante una carrera contra reloj para la reactivación, por tanto se trata de ofrecer un turismo seguro y evitar durante esta temporada la caída de una industria que llevaba un crecimiento sostenido desde el año 2009, y que es la que más está sufriendo las consecuencias de la pandemia

 El artículo 68 de la Ley 8/2012, de 19 de julio, de Turismo de las Islas Baleares, contempla la posibilidad de mejorar la competitividad a través del desarrollo del turismo sostenible que atiende principalmente a la preservación y la conservación de los recursos turísticos, procura un correcto y proporcionado aprovechamiento de estos, garantiza la perdurabilidad, la conservación y el mantenimiento del legado natural, cultural, artístico y social de las Illes Balears a la vez que contribuye de forma equitativa al crecimiento económico y al bienestar general.

En este marco, con el objetivo de difundir, reconocer e incentivar las buenas prácticas del sector en materia de sostenibilidad, de responsabilidad social corporativa, de igualdad de género, de innovación e investigación, y de incentivación de la creación de nuevas experiencias , y en reconocimiento de quienes desarrollan una labor destacada, un esfuerzo y una dedicación en favor del turismo a la comunidad autónoma de las Illes Balears durante este año atípico a todos los niveles, se considera adecuado y  favorable el reconocimiento institucional de las iniciativas, propuestas y actuaciones que apuesten por la viabilidad, la innovación y la sostenibilidad del producto turístico de las Illes Balears, dado que todo ello contribuye a reforzar la calidad, la competitividad, el emprendimiento y la capacidad de atracción  de las Illes Balears como  destinación turística, y a promover las Illes Balears tanto a escala nacional como internacional. Por otra parte, y en esta edición se encuentra adecuado incluir un nuevo galardón, a raíz de la pandemia generada por la COVID 19. Muchas empresas del sector turístico han sido sensibles a la lucha contra la  COVID19, ofreciendo su apoyo al Gobierno, poniendo al alcance establecimientos y medicalizando alguno de ellos.

Es por ello que se quiere tener un reconocimiento especial a las actuaciones realizadas durante la pandemia y su colaboración con el  Gobierno de las Illes Balears durante estos meses.

Los premios del turismo de las Illes Balears  son unas distinciones que tienen por finalidad reconocer las actuaciones, en varias vertientes, de personas, empresas e instituciones, tanto públicas como privadas, a favor del turismo, y servir de instrumento para estimular comportamientos profesionales e iniciativas que contribuyan a mejorar la imagen turística de las Illes Balears y de sus servicios turísticos.

El Gobierno de las Illes Balears, mediante la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears, tiene interés en esta iniciativa para la concesión de los galardones Premios de Turismo de las Illes Balears, con motivo de la próxima celebración en el mes de septiembre del Día Mundial del Turismo. El galardon, meramente honorífico, pretende reconocer en cada categoría, el esfuerzo y la dedicación de personas, empresas e instituciones tanto públicas como privadas en favor del turismo.

Por todo ello,

RESUELVO

Primero.- Aprobar las bases de la convocatoria pública de la concesión de los "PREMIOS DEL TURISMO DE LAS ILLES BALEARS 2021", anexos a esta Resolución.

Segundo.- Ordenar la publicación de esta Resolución en el  BOIB.

 

Palma, 21 de junio  2021

El  presidente de la  AETIB

Jaume Colom Adrover

(Per delegació del president de l'AETIB de 16.01.20)

  

ANEXO

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE LOS GALARDONES “PREMIOS DEL TURISMO DE LAS ILLES BALEARS”  PARA  EL AÑO 2021

Con motivo de la celebración del Día Mundial del Turismo, la Consejería de Modelo Económico Turismo y Trabajo , a través de la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears organizará  la quinta edición de los galardones

 "PREMIOS DEL TURISMO DE LAS ILLES BALEARS 2021".

1. Objeto y finalidad

1.1. El objeto de estas bases es hacer pública la convocatoria y regular el otorgamiento de los galardones  "Premios del Turismo de las Illes Balears" para el año 2021.

1.2. La finalidad de los galardones "Premios del Turismo de las Illes Balears" es reconocer el esfuerzo y la dedicación de personas, empresas e  instituciones tanto públicas como privadas a favor del turismo, y servir de instrumento para estimular comportamientos profesionales e iniciativas que colaboren a mejorar la imagen turística de las Illes Balears y de los servicios turísticos.

2. Solicitudes y plazo de presentación

2.1. El plazo de presentación de candidaturas comienza a contar a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears y finaliza el 30 de julio de 2021 incluido.  

2.2. Las solicitudes se han de presentar en los lugares y por los medios que especifica la base 6.

3. Categorías de los galardones

3.1. Se establecen las categorías de los galardones  siguientes:

- Galardón "en la divulgación del conocimiento y la investigación en la época de pandemia": es el reconocimiento a la mejor contribución en el campo de la divulgación, el conocimiento o puesta en marcha iniciativas de comunicación científica que han aportado valor y ayudado a la toma de decisiones en tiempos de pandemia

- Galardón "a la mejor iniciativa de responsabilidad social": es el reconocimiento a la mejor iniciativa y buena práctica de responsabilidad social corporativa a las empresas turísticas en alguna de sus vertientes: social (diversidad, integración social, favorecimientos colectivos, acciones en favor de la población local, etc.), ambiental (actuaciones empresariales en favor del medio ambiente o del espacio territorial donde se desarrolla su  actividad) y económica (ética empresarial, generación de ocupación, conciliación laboral, innovación, etc.).

- Galardón "a la mejor  iniciativa de turismo sostenible": es  el reconocimiento a la mejor práctica de turismo sostenible de las Illes Balears, entendiendo como tal el estímulo a los actores que demuestran un firme compromiso con la conservación y preservación del patrimonio cultural y natural, en su quehacer turístico.

-  Galardón "al trabajo, al esfuerzo y a la dedicación profesional en turismo": es el reconocimiento a la persona física o colectivo laboral que, con su  trayectoria, ejemplaridad profesional y esfuerzo ha contribuido de manera especial a mejorar el sector turístico de las Illes Balears, sus servicios, la calidad, la oferta o la imagen.

- Galardón a "a la experiencia turística": a aquellas persones y/o a aquellas actuaciones innovadoras, que proporcionen mejores experiencias a los turistas o  propuestas singulares (eventos, programas, actuaciones, productos turísticos, experiencias, etc..) que fomenten y supongan una mejora y un avance por el turismo de las Islas Baleares mediante conexiones significativas con la población local o con los recursos del territorio (naturales, culturales, gastronómicos, etc.) bajo criterios de calidad y de sostenibilidad.

- Galardón a las "buenas prácticas en igualdad de  género": es el reconocimiento de aquellas iniciativas eficaces e  innovadoras en el ambito turístico que busquen tener un efecto positivo en la perspectiva de género.

- Galardón al “Apoyo empresarial del ámbito turístico en la lucha contra la pandemia generada por la Covidien-19": es el reconocimiento a las empresas del sector turístico que han apoyado al Gobierno con la lucha contra la pandemia generada por la Covidien - 19.

3.2.  Los galardones que se entregarán consistirán en una única tipología: PREMIOS DEL TURISMO DE LAS ILLES BALEARS.

3.3. Los galardones a los que se hace referencia estas bases son a título exclusivamente honorífico y no comportan ninguna dotación económica.

4. Candidato/tos.

Pueden ser candidatos / as las administraciones públicas, los órganos y entes públicos, las asociaciones y las organizaciones representativas de intereses económicos o sociales, y las personas físicas y jurídicas, a título individual o

colectivo, que hayan contribuido al desarrollo turístico de las Illes Balears de acuerdo como los requisitos y los criterios que establece la base 5. En relación con la Administración de la CAIB puede presentar candidatura cualquier  consejería, como también los entes que integran el sector público instrumental de la CAIB.

5. Requisitos de los candidatos/tas y criterios de valoración para la concesión de los galardones

5.1. Requisitos de los candidatos/tas.

a) Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y  el Gobierno de  las Illes Balears y  las obligaciones ante la Seguridad Social.  Este cumplimiento deberá mantenerse a lo largo de todo el procedimiento: en el momento de presentación de la solicitud, y previamente a la resolución de otorgamiento.

b) No haber sido sancionado / a con sanción firme en materia turística por parte de ningún organismo público estatal, autonómico, insular o local por ninguna infracción grave, en el plazo de los cinco años anteriores a la candidatura, o muy grave en el plazo de diez años anteriores a la candidatura.

El cumplimiento de estos requisitos se acreditará mediante la declaración responsable incluida en el formulario de solicitud.

El hecho de presentar la declaración responsable faculta a la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears para hacer, en cualquier momento, de forma telemática o por otros medios, las comprobaciones por muestreo o exhaustivas necesarias para verificar la conformidad de los datos de la declaración responsable.

c) La persona galardonada no debe haber sido condenada por sentencia firme por ningún hecho delictivo.

La inexactitud o la falsedad en las declaraciones responsables es causa de exclusión de la solicitud, y también causa de revocación, sin perjuicio de las responsabilidades de cualquier tipo en que se haya podido incurrir.

5.2. Criterios de valoración.

5.2.1. Criterios de valoración comunes a todas las categorías.

De forma común para todos los galardones, y visto el carácter transversal de las actuaciones de las candidaturas, se valorarán:

a) La actitud emprendedora reflejada en actuaciones concretas y contrastables.

b) El desarrollo de la actividad de manera éticamente responsable.

 Los proyectos incompletos o en procesos de desarrollo no serán considerados.

5.2.2. Criterios de valoración específicos para cada categoría.

Se establecen criterios de valoración específicos para cada categoría de los galardones, de acuerdo con los  puntos que es detallan a continuación.

5.2.2.1. Para el otorgamiento del galardón "a la divulgación del conocimiento y la investigación en la época de pandemia", las candidaturas se valorarán según los siguientes criterios:

a) Es necesario que la divulgación, investigación y la investigación sean útiles y aporten pautas nuevas para la toma de decisiones del sector turístico, tanto público como privado.

b) Que la información haya tenido un alcance global, poniendo de manifiesto el carácter integral del esfuerzo comunicador, investigador y del asesoramiento científico.

5.2.2.2. Para el otorgamiento del galardón "a la mejor iniciativa de responsabilidad social", las candidaturas se valorarán según los siguientes criterios:

a) Actuaciones concretas empresariales que minimicen los impactos ambientales, sociales o culturales negativos, y que generen respeto entre los turistas y nuestro destino

b) Contribuciones positivas a la conservación y preservación del patrimonio natural y cultural de las Illes Balears.

c) Contribuciones positivas en favor de la sociedad y del progreso de las Illes Balears.

5.2.2.3. Para el otorgamiento del galardón "a la mejor iniciativa de turismo sostenible", las candidaturas se valorarán según los siguientes criterios:

a) Acciones en el ámbito del turismo que contribuyan positivamente a la conservación y mejora del medio ambiente y también las destinadas a reducir los efectos directos o indirectos que algunas actividades turísticas generan sobre la naturaleza o aquellas que ayuden a conservar los recursos naturales y la diversidad biológica de las Illes Balears.

b) Acciones que respeten la autenticidad sociocultural de las comunidades de acogida de las Illes Balears, ayuden a conservar sus activos culturales, patrimoniales y los valores tradicionales, o que contribuyan al entendimiento y la tolerancia intercultural y también acciones que hagan partícipe o reviertan beneficios en la comunidad.

 c) Acciones que aseguren unas actividades económicas viables a largo plazo, que reporten a todos los agentes unos beneficios socioeconómicos bien distribuidos, entre los que haya oportunidades de empleo estable y de obtención de ingresos y servicios sociales para las comunidades de acogida de les Illes Balears y también acciones innovadoras y creativas de márquetin basadas en la creación de valor y mejora de la marca.

5.2.2.4. Para el otorgamiento del galardón "al trabajo, al esfuerzo y la dedicación profesional en turismo", las candidaturas se valorarán según los siguientes criterios:

a) Reconocer la labor de personas físicas, jurídicas o colectivos laborales que en su día a día contribuyen, en muchas ocasiones sin salir del anonimato, a mejorar nuestra oferta y nuestros servicios turísticos.

b) Reconocer la trayectoria profesional de las personas con liderazgo visionario que han contribuido de manera significativa a lo largo de su carrera como modelo de inspiración para el desarrollo turístico a nivel local o regional.

5.2.2.5. Para el otorgamiento del Galardón "a la experiencia turística", las candidaturas se valorarán según los siguientes criterios:

a) Actuaciones concretas destinadas a fomentar la calidad de los productos y las experiencias turísticas que se ofrecen a los visitantes de las Illes Balears.

b) Oferta diferencial, en comercialización, dinamizadora del entorno, que enfatice los rasgos que nos hacen únicos en las Islas Baleares y que valore la singularidad de los elementos y recursos patrimoniales, culturales y naturales de las Islas Baleares.

5.2.2.6. Para el otorgamiento del Galardón "buenas prácticas en igualdad de género", las candidaturas se valorarán según los siguientes criterios:

a)  Acciones innovadoras en el ámbito del turismo que comporten un cambio real que contribuya a la igualdad del género o que abra nuevos espacios en áreas no tradicionalmente femeninas.

b) Que tengan un enfoque innovador y aplicable en otros ámbitos de los sectores no turísticos.

c) Que demuestren ser sostenibles y tengan efecto multiplicador.

5.2.2.7 Para el otorgamiento del Galardón "Apoyo empresarial del ámbito turístico en la lucha contra la pandemia generada por la  COVID-19”: 

a) Reconocer la labor de empresas del sector turístico en las actuaciones realizadas durante la pandemia.

b) Contribuciones concretas realizadas en favor de la sociedad y del progreso de las Islas Baleares con la lucha contra la pandemia.

6. Presentación de candidaturas y documentación

6.1. Las solicitudes se presentarán según el modelo normalizado, que figura como anexo a estas Bases.

6.2. Las solicitudes se presentarán acompañadas de la documentación prevista en estas bases, mediante el registro electrónico de la AETIB, (C/ Rita Levi s/n, Parc BIT, Palma), o en los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015. En este último supuesto, se debe enviar el mismo día a la AETIB una copia de la solicitud en el que conste el registro de entrada, que justifique la fecha de envío de la solicitud dentro de los plazos establecidos a las direcciones de correo electrónico planificacion@aetib.caib.es y juridico@aetib.caib.es, por tal que se tenga  constancia del envio.

6.3. Con la solicitud se debe adjuntar una biografía o una memoria explicativa (de un máximo de 10 páginas) donde se haga constar claramente a cuál de las categorías opta donde consten, razonada y suficientemente, los méritos por los que se considera merecedor o merecedora de la distinción.

 6.4. Si la candidatura se propone a título póstumo, se hará constar esta circunstancia.

6.5. Si la solicitud  de ayuda no reúna los requisitos establecidos en este artículo se requerirá a la persona solo • tante para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane el defecto o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo hace, se tendrá por desistido de su petición, previa resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

6.6. El incumplimiento de los requisitos no subsanables y del plazo de presentación de las solicitudes conlleva la inadmisibilidad de la solicitud.

7. Procedimiento de concesión

7.1. Una vez finalizado el plazo de presentación de las candidaturas se convocará el Jurado, que evaluará las candidaturas presentadas de acuerdo con los criterios de valoración de la base 5.2 y elaborará la propuesta de concesión con  las candidaturas que obtengan mejor puntuación en cada categoría y que ha de elevar, por medio de la  presidencia, al Consejo de Gobierno, el cual ha de adoptar el acuerdo de concesión de distinciones correspondientes. El Jurado se reserva el derecho de declarar desierto cualquier categoría.

7.2. El jurado, n sus actuaciones, se regirá por lo dispuesto en la sección 3ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y por lo establecido en la Ley 3 / 2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la CAIB.

7.3. Para la válida constitución del Jurado, será necesaria, la asistencia al menos de las dos terceras partes de sus miembros. El Jurado debe ser convocado con una antelación mínima de cinco días.

Para la adopción de los acuerdos será necesario el voto favorable de la mayoría de los asistentes. En caso de empate, el voto de la persona titular de la presidencia del Jurado, o de la persona en quien delegue, tendrá carácter cualificado.

7.4. Si se dan las circunstancias excepcionales que así lo justifiquen, el presidente de la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears, o la persona en que haya delegado sus funciones, puede proponer directamente la persona, el órgano, la administración, entes o la entidad que se haya de galardonar, propuesta que ha de ser sometida a deliberación del jurado. En este caso, la propuesta ha de ser motivada y ha de ir  acompañada del informe en el que se  expongan los méritos y las circunstancias concurrentes.

7.5. Una vez finalizado este proceso, el Jurado resolverá antes del 6 de septiembre la concesión de los Premios o los declarará desiertos, según considere.

8. Otorgamiento

8.1. El Consejo  de Gobierno a propuesta del  consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo adoptará el acuerdo de concesión de distinciones de los Galardones del Turismo , que se ha de publicar en el  Boletín  Oficial de las Illes Balears, con posterioridad a la celebración de la realización del acto de entrega a la "NIT DEL TURISME 2021". El acuerdo de concesión de distinciones, que ha de comunicar  el consejero  de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, se notificará a la personas interesadas o, en su caso, a sus familiares, por cualquier medio admitido en derecho.

8.2. La Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears  puede hacer publicidad de las personas, las instituciones, las corporaciones, las asociaciones, las empresas, las entidades o establecimientos galardonados.

9. El Galardón

Las personas o entidades galardonadas recibirán en cada una de las categorías a que se refiere la base 3 de esta disposición un galardón.

Además, los ganadores podrán hacer uso en su identidad corporativa y publicidad de la mención galardón "Premio del Turismo de las Illes Balears" unida al año de la concesión.

La concesión del premio tiene carácter permanente.

10.Entrega de los galardones

La entrega de los galardones se realizará en un acto de carácter público institucional, a celebrarse esta edición en la isla de Formentera, preferentemente alrededor del día 27 de septiembre de 2021, coincidiendo con la celebración del Día Mundial del Turismo.

La organización del acto de entrega y los gastos que se generen se llevarán a cabo de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.6 del Decreto 22/2017, de 12 de mayo, por el que se regulan los premios de turismo de las Illes Balears.

11. El jurado

11.1. Para la concesión de los galardones a los que se refieren estas bases se constituirá un jurado compuesto por los siguientes miembros:

- Presidente/a: Consejero/a competente en materia de turismo que puede delegar en el/la Director/a de la Agencia de Estrategia Turística de les Illes Balears.

 - Vocales:

- Miembros del Consejo de Dirección de la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears.

- la DG de Coordinación del Gobierno

- Decano de la Facultad de Turismo de la Universidad de las Illes Balears.

- Director de la Escuela de Hotelería de las Illes Balears.

- Presidente del Fomento del Turismo de Mallorca.

- Presidente de la FELIB.

- Secretario general de CCOO.

- Secretario general de UGT.

- Presidente de la CAEB.

- Presidente de la Cámara  de Comercio de Mallorca.

- Presidente de la Cámara de Comercio de Menorca.

- Presidente de la Cámara de Comercio de Eivissa y Formentera.

- Presidente Amics de la Terra Mallorca.

- Presidente del GOB.

- PIME Mallorca.

- PIME Menorca.

- PIME Eivissa.

- PIME Formentera.

Ejercerá la secretaría, la dirección adjunta de la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears, la cual podrá delegar en un alto cargo o en un técnico o técnica de la AETIB, nombrado  por la presidencia del jurado.

Asesorará al Jurado en materia de igualdad, con voz pero sin voto, la Dirección de IB  Dona.

11.2. Todos los miembros del jurado tendrán voz y voto. Ningún miembro del jurado no podrá acumular más de tres votos delegados.

11.3. Las personas miembros del jurado podrán delegar por escrito su presencia y su voto en otra persona del jurado. En todo caso esta delegación deberá ser explícita, haciendo constar la designación de las candidaturas a las que emite el voto para cada una de las categorías.

11.4. La actividad de los miembros del Jurado no será retribuida. La AETIB asumirá el coste de los desplazamientos a petición de los jurados participantes de otras islas. 

12. Protección de datos

De conformidad con lo que establece el «Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos)», los datos de carácter personal que las personas interesadas tienen que facilitar para concurrir a esta convocatoria se incluyen en el fichero Expedientes administrativos, responsabilidad de la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears.

Las personas interesadas pueden ejercer sus derechos mediante escrito dirigido a la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears, C/ Rita Levi, s/n Parc BIT, Palma. Dirección electrónica: lopd@AETIB.caib.es.

Documentos adjuntos