Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE TURISMO Y DEPORTES
Núm. 250755
Resolución para conceder y reconocer las subvenciones derivadas de la convocatoria de subvenciones destinadas a familias consistente en una ayuda económica de los gastos derivados de la inscripción de los niños y niñas a actividades deportivas y de ocio de verano al año 2020 en la isla de Mallorca, a través de la entidad colaboradora Ayuntamiento de Maria de la Salut
BDNS: 507938
En fecha 19 de noviembre de 2020, el consejero ejecutivo de Turismo y Deportes dictó la resolución siguiente:
«Antecedentes
1. El 27 de mayo de 2020 el Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca aprobó la convocatoria de subvenciones destinadas a familias consistente en una ayuda económica de los gastos derivados de la inscripción de los niños y niñas a actividades deportivas y de ocio de verano al año 2020 en la isla de Mallorca a través de entidad colaboradora, así como el convenio marco que revolvió la gestión de las subvenciones; modificada por Acuerdo de Consejo Ejecutivo de 1 de junio de 2020. Extracto publicado en el BOIB nº. 103, de 6 de junio de 2020:
2. El Ayuntamiento de Maria de la Salut, fue nombrado entidad colaboradora y se firmó el convenio de colaboración con el Consejo de Mallorca en fecha 29 de junio de 2020.
3. El 15 de julio de 2020, el consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública resolvió aprobar un adelanto del 100% del importe asignado al Ayuntamiento de Maria de la Salut, y ordenar su pago en concepto de adelanto no presupuestario (10044) por el importe de 7.000 €, como a financiación necesaria por poder llevar a cabo el objeto de la convocatoria.
4. El Ayuntamiento de Maria de la Salut, como entidad colaboradora ha presentado dentro de plazo la documentación justificativa por un importe total de 3.600 €, y el centro gestor del Departamento de Turismo y Deportes ha emitido informe favorable de la documentación justificativa.
5. Atendida la diferencia entre los fondos anticipados y abonados al Ayuntamiento y el total justificado con beneficiarios por parte de la Entidad colaboradora es de 3.400 €, procede a devolver al Consejo de Mallorca esta cantidad de conformidad con el previsto en la cláusula novena del Convenio de colaboración.
6. Vista la instrucción y el calendario de cierre del ejercicio 2020, en fecha 26 de octubre de 2020 el secretario técnico del Departamento de Turismo y Deportes solicitó al consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública la prolongación del plazo para fiscalizar y contabilizar las disposiciones, reconocimientos, obligaciones y órdenes de pago de los expedientes derivados de la convocatoria de subvenciones destinadas a familias consistente en una ayuda económico de los gastos derivados de la inscripción de los niños y niñas a actividades deportivas y de ocio de verano al año 2020 en la isla de Mallorca. Esta solicitud fue autorizada con el visto bueno de la Secretaría Técnica de Hacienda y Función Pública.
7. El día 17 de noviembre de 2020 la Intervención delegada ha emitido el informe de fiscalización.
Fundamentos de derecho
1. Decreto 8/2020, de 13 de mayo
2. La Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca.
3. Convocatoria de subvenciones destinadas a familias consistente en una ayuda económica de los gastos derivados de la inscripción de los niños y niñas a actividades deportivas y de ocio de verano al año 2020 en la isla de Mallorca, a través de entidad colaboradora (BOIB nº. 103, de 6 de junio de 2020).
4. Convenio de colaboración entre el Consejo de Mallorca y el Ayuntamiento de Maria de la Salut.
5. El artículo 39.2 h) del Reglamento Orgánico del Consejo de Mallorca.
Por todo lo expuesto dicto la siguiente
Resolución
1. Conceder las subvenciones a los beneficiarios que figuran en la mesa en el que consta el importe individualizado y NIF y que suman un importe total de 3.600 €, en el marco de la convocatoria de subvenciones consistente en una ayuda económico de los gastos derivados de la inscripción de los niños y niñas a actividades deportivas y de tiempo ocio de verano en el año 2020 en la isla de Mallorca, a través de entidad colaboradora.
NOMBRE BENEFICIARIOS |
DNI |
SUBVENCIÓN |
FECHA PAGO |
************************* |
41517072W |
300,00 |
06/08/2020-21/09/2020 |
************************* |
37340906S |
300,00 |
06/08/2020-21/09/2020 |
************************* |
41524355V |
450,00 |
06/08/20 |
************************* |
18222483C |
225,00 |
06/08/20 |
************************* |
X4156820F |
300,00 |
06/08/20 |
************************* |
41524606S |
450,00 |
06/08/2020-21/09/2020 |
************************* |
Y3308711Z |
300,00 |
06/08/20 |
************************* |
X5828338T |
600,00 |
06/08/20 |
************************* |
18220809W |
300,00 |
21/09/20 |
************************* |
34064800Y |
225,00 |
21/09/20 |
************************* |
41517314Z |
150,00 |
21/10/20 |
TOTAL GASTOS |
|
3600,00 € |
|
TOTAL CONVENIO |
|
7000,00 € |
|
CANTIDAD A RETORNAR |
|
3400,00 € |
|
3. Aprobar la justificación presentada por el Ayuntamiento de Maria de la Salut con NIF P0703500I, mediante los certificados previsto a la cláusula octava del Convenio de colaboración, acreditativos del cumplimiento de los requisitos de cada beneficiario y de los fondos percibidos en el marco de la convocatoria mencionada. por el importe total de 3.600 € y que el Ayuntamiento ha anticipado a las personas que han resultado beneficiarias de la subvención, el desglose del cual figura en la mesa del punto 1.
4. Disponer y reconocer una obligación a favor de los beneficiarios y por los importes que se detallan en la mesa del punto 1, derivada de la subvención mencionada, con cargo a la aplicación presupuestaria 30.23199.48900.
5. Proponer al consejero de Hacienda el pago en formalización con descuento contra el concepto no presupuestario 10044.
6. Requerir al Ayuntamiento para que reintegre al Consejo Insular el importe de 3.400 €, dado que hay una diferencia entre el adelanto percibido por el Ayuntamiento para actuar como entidad colaboradora y la parte justificada y aprobado por el Consejo Insular, conformemente el documento de ingreso que se adjunta.
Una vez ingresado se imputará al concepto no presupuestario 10044 con el fin de saldar el adelanto concedido mediante el mencionado concepto por haber actuado como Entidad Colaboradora.
7. Dar traslado a la Intervención Delegada de la Misericordia y notificar al ayuntamiento interesado.»
Palma, 16 de junio de 2021
El secretario técnico de Turisme i Esports
(Por delegación del consejero de Turismo y Deportes, Resolución de 30/07/19,
BOIB núm. 109, de 8/08/2019)
Joan Gaspar Vallori Guayta