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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE

Núm. 247571
Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio de gestión de residuos no peligrosos incluidos en el servicio público insular de gestión de residuos urbanos de la isla de Mallorca para inclusión de la revisión de las tarifas del servicio para el ejercicio 2021

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Texto

En fecha de 26 de abril de 2021 el Pleno del Consell Insular de Mallorca adoptó el acuerdo de aprobar con carácter inicial la modificación de la ordenanza reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario del servicio de gestión de residuos no peligrosos incluidos en el servicio público insular de gestión de residuos urbanos de la isla de Mallorca para inclusión de la revisión de las tarifas del servicio para el ejercicio 2021.

Una vez transcurridos los plazos de información pública y alegaciones sin que haya sido presentada ninguna alegación, reclamación o sugerencia y de acuerdo con lo que disponía el punto resolutorio 15º del acuerdo del Pleno de día 26 de abril de 2021, deviene definitivo el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la ordenanza. Todo ello de acuerdo con la siguiente redacción:

"Artículo 5. Cuantificación de las tarifas:

  1. La tarifa por la prestación del servicio de tratamiento de RSU es de 108,03 euros / tonelada, IVA no incluido.
  2. La tarifa por la prestación de los servicios de tratamiento de restos de animales muertos y de matadero que provienen del sector primario, incluyendo los MER, así como la industria cárnica en general es de 37,41 euros / tonelada, IVA no incluido .
  3. La tarifa por la prestación del servicio de tratamiento de lodos procedentes de estaciones depuradoras de aguas residuales es de 74,53 euros / tonelada, IVA no incluido. "

Artículo 6. Exenciones y bonificaciones

  1. No se concederán más exenciones o bonificaciones que las expresamente previstas en las leyes y derivadas de la aplicación de los tratados internacionales.

De acuerdo con el artículo 17.4 de la Ley 13/2012, de 20 de noviembre, de medidas urgentes para la activación económica en materia de industria y energía, nuevas tecnologías, residuos, aguas, otras actividades y medidas tributarias, en el caso de instalaciones públicas de tratamiento conjunto con otros tipos de residuos, el precio aplicable al tratamiento de los restos de animales muertos y de matadero que provienen del sector primario, incluyendo los MER, así como de la industria cárnica en general, debe ser específico y reducido, y se aplicará una bonificación de hasta el 70% del precio general para los demás residuos. Se prevé una bonificación del 70% para el ejercicio 2.021”.

De todo ello se dará cuenta a todos los Ayuntamientos de la isla de Mallorca, a los productores de lodos así como al Pleno del Consell Insular de Mallorca en la próxima sesión que se celebre.

 

Palma, 16 de junio de 2021

La consejera ejecutiva de Sostenibilidad y Medio Ambiente Aurora Ribot Lacosta