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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 247366
Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 16 de junio de 2021, de corrección de error material advertido en la publicación de la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 4 de junio de 2021 por la que se ordena la publicación de la lista de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre y por el turno de promoción interna vertical y por el turno de promoción interna cruzada al cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y se hace pública la lista de puestos vacantes que se ofrecen al efecto de la adjudicación

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Texto

Antecedentes

1. En el BOIB n.º 77, de 10 de junio de 2021, se publicó la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 4 de junio de 2021 por la que se ordena la publicación de la lista de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre y por el turno de promoción interna vertical y por el turno de promoción interna cruzada al cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y se hace pública la lista de puestos vacantes que se ofrecen al efecto de la adjudicación.

2. En fecha 15 de junio de 2021 tuvo entrada en el EBAP un oficio del secretario general de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación advirtiendo de la detección de un error material en el anexo II de la Resolución de 4 de junio de 2021, el cual se rectifica según el anexo de la presente resolución.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que éstas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de parte, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2. Por otra parte, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

3. El artículo 27.2 de la Ley 1/2019, de 31 de enero de 2019, del Gobierno de las Illes Balears, según el cual la acción del gobierno en funciones se limita a la gestión ordinaria de los asuntos públicos y a la adopción de las medidas que resulten necesarias en casos de urgencia o por razones de interés general.

Por lo anterior, dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar en los términos que establece el anexo de esta resolución el error advertido en el Anexo II de la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 4 de junio de 2021 por la que se ordena la publicación de la lista de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre y por el turno de promoción interna vertical y por el turno de promoción interna cruzada al cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y se hace pública la lista de puestos vacantes que se ofrecen al efecto de la adjudicación.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares , en los tablones de anuncios de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) y de la Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad, y también en la web <http://oposicions.caib.es>..

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 16 de junio de 2021

La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad Mercedes Garrido Rodríguez

 

 

ANEXO Corrección de errores advertidos

En el Annexo II donde dice:

F016702AW Puesto base de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación

 

Ha de decir:

F016702AX Puesto base de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación