Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 247367
Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se incrementa y se traslada el crédito previsto por la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 8 de setiembre de 2020, por la que se convocan, para los años 2020-2021, las ayudas para innovación en acuicultura
El 12 de setiembre del 2020 se publicó en el BOIB núm. 158 la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 8 de setiembre de 2020, por la que se convocan, para los años 2020-2021, las ayudas para innovación en acuicultura.
El apartado segundo de esta resolución establece el crédito destinado a la primera convocatoria de sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis euros con sesenta y seis céntimos (66.666,66 €), mientras que el resto de convocatorias quedan sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas.
Tal como establece el punto 2 del apartado segundo de la convocatoria, una vez finalizado cualquiera de los periodos sin que se haya agotado el importe máximo previsto inicialmente para cada uno de estos periodos, la cantidad no aplicada debe trasladarse al periodo siguiente mediante una resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones, es decir, del vicepresidente del FOGAIBA, que debe publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Visto el informe técnico del jefe del Servicio de Ayudas OCM, del Estado y de Pesca, de fecha 20 de abril del 2021, se determina que, una vez finalizada la tramitación de las solicitudes de la primera convocatoria, la solicitud presentada ha desistido y, por lo tanto, se puede trasladar el presupuesto restante, sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis euros con sesenta y seis céntimos (66.666,66 €), a la siguiente convocatoria.
Por otra parte, considerando que esta línea de ayudas está en proceso de tramitación y que la demanda de ayudas ha sido superior a la prevista inicialmente y dada la disponibilidad presupuestaria, es necesario incrementar la dotación económica inicialmente prevista.
Finalmente, el artículo 28.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que la competencia se ejerce por avocación cuando los órganos superiores y directivos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears atraen el conocimiento y la resolución de un procedimiento determinado que corresponde, por cualquier título de atribución, a sus órganos dependientes. De acuerdo con ello, en este momento, por motivos de simplificación y agilidad en la tramitación del procedimiento, resulta conveniente avocar la competencia para efectuar el traslado de créditos entre la sexta y la séptima convocatoria.
En fecha 18 de enero del 2020 se publicó, en el BOIB núm. 8, el Decreto 1/2020, de 17 de enero, por el que se modifica el Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears. Con esta modificación se determina que la competencia para resolver los expedientes de subvención convocados en el ámbito de las materias de pesca corresponde al vicepresidente en materia de pesca.
Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del jefe del Servicio de Ayudas OCM, del Estado y de Pesca, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Incrementar en ciento ochenta y tres mil trescientos treinta y tres euros con treinta y cuatro céntimos (183.333,34 €) el crédito destinado a las convocatorias de ayudas previstas en la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 8 de setiembre de 2020, por la que se convocan, para los años 2020-2021, las ayudas para innovación en acuicultura, publicada en el BOIB núm. 158, de 12 de setiembre de 2020, por lo que queda destinado un crédito final para esta línea de ayudas de doscientos cincuenta mil euros (250.000,00 €).
Segundo
Avocar la competencia para efectuar el traslado del crédito remanente y trasladar a la segunda convocatoria de subvenciones prevista por la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 8 de setiembre de 2020, por la que se convocan, para los años 2020-2021, las ayudas para innovación en acuicultura, el importe de doscientos cincuenta mil euros (250.000,00 €).
Estas subvenciones serán cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) en un 75% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el 25% restante.
Tercero
Esta resolución se debe comunicar a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y publicar en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Palma, 16 de junio de 2021
La presidenta del FOGAIBA María Asunción Jacoba Pía de la Concha García-Mauriño