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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 246370
Resolución del consejero de Medio Ambiente y Territorio por la que se somete a información pública el Anteproyecto de Ley de Agentes de Medio Ambiente de la CAIB

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. En fecha 14 de Abril de 2021, se ordenó el inicio del procedimiento y de la tramitación del Anteproyecto de Ley de los Agentes de Medio Ambiente, y se designó a la Secretaria General órgano responsable de este procedimiento.

2. En fecha 19 de Abril de 2021, se ha realizado la memoria del análisis del impacto normativo, de acuerdo con la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears, la Llei 4/2011, de 31 de marzo, de la Buena Administración y del Buen Gobierno  de las Illes Balears.

Fundamento de derecho

1. El artículo 56 y siguientes de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears.

2. La Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la Buena Administración y del Buen Gobierno de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Someter el Anteproyecto de Ley de los Agentes de Medio Ambiente a la audiencia de la ciudadanía i ponerlo a disposición de las personas interessadas a la Consejería de Medio Ambiente y Territorio (c/ del Gremi de Corredors, 10, 07009 Palma) y en la página web Participación Ciudadana del Gobierno de las Illes Balears (<http://participaciociutadana.caib.es>).

2. Fijar el plazo de audiencia en quince días hábiles desde el día siguiente de haberse publicado esta resolució en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Las alegaciones se deben presentar en la sede de la Consejería de Medio Ambiente y Territorio, (c/ del Gremi de Corredors, 10, 07009 Palma) o en cualquiera de los lugares que determine el artículo 16.4 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y se tienen que dirigir a la Secretaría General de la Consejería de Medio Ambiente y Territorio.

3. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos mediante el apartado “participación en la elaboración de normativa” de la página web Participación Ciudadana del Gobierno de las Illes Balears (<http://participaciociutadana.caib.es>), en el plazo establecido en el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 34.2 f de la Llei 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o entidad que realiza las alegaciones se incluirán en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A este efecto, el funcionario o funcionaria del órgano competente de la tramitación del procedimient normativo que las reciba electrónicamente emitirá una diligencia de las alegaciones presentadas.

5. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 14 de junio de 2021

El consejero Miquel Mir Gual