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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MOVILIDAD Y VIVIENDA

Núm. 241522
Resolución del Conseller de Movilidad y Vivienda por la cual se somete al trámite de información pública el proyecto de orden por la cual se establecen las bases reguladoras de subvenciones en materia de transporte terrestre

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Texto

En fecha 8 de junio de 2021, el director general de Movilidad y Transporte Terrestre emitió una memoria de análisis de impacto normativo sobre el proyecto de orden por la cual se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de transporte terrestre.

En fecha 9 de junio de 2021, el Conseller de Movilidad y Vivienda dictó una resolución mediante la cual se iniciaba el procedimiento de elaboración del proyecto de orden por la cual se establecen las bases reguladoras de subvenciones en materia de transporte terrestre.

Una vez elaborado el mencionado proyecto y de acuerdo con la normativa aplicable, se tiene que someter al trámite de información pública.

Fundamentos de derecho

La Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Islas Baleares, en el artículo 58 establece que los proyectos de reglamento se tienen que someter, entre otros, al trámite de información pública, cuando resulte preceptiva o sea conveniente a criterio del órgano responsable de la tramitación. A tal efecto, se tiene que publicar un anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares que indique el plazo para hacer sugerencias y el sitio web donde se puede acceder al proyecto normativo. También, se establece que el plazo de los trámites de audiencia y de información pública, que se pueden impulsar de forma simultánea, tiene que ser adecuado a la naturaleza de la disposición y, en todo caso, no inferior a diez días.

Atendido a lo expuesto, dicto la siguiente,

RESOLUCIÓN

1. Someter al trámite de información pública el proyecto de orden por la cual se establecen las bases reguladoras de subvenciones en materia de transporte terrestre, por lo cual se pone a disposición de las personas interesadas en la Dirección General de Movilidad y Transporte Terrestre (c/ de Eusebi Estancia, 28, de Palma) y en la página web de participación ciudadana ˂http://participaciociutadana.caib.es˃ del Gobierno de las Islas Baleares.

2. Fijar el plazo de información pública en quince días hábiles desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Las alegaciones se tienen que presentar en la sede de la Dirección General de Movilidad y Transportes (c/ de Eusebi Estancia, 28, de Palma) o a cualquier de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

3. Informar que, de acuerdo con el artículo 34.2 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, las alegaciones se pueden presentar telemáticamente dentro del plazo que se establece en el apartado anterior, mediante el apartado “Participación en la elaboración normativa” de la página web de participación ciudadana ˂http://participaciociutadana.caib.es˃ del Gobierno de las Islas Baleares.

Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web que incluyan la identificación de la persona o la entidad que las hace, se tienen que incluir en el expediente de elaboración normativa aunque no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A tal efecto, el funcionario o funcionaria del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente tiene que emitir una diligencia de las alegaciones presentadas.

4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Palma, 14 de junio de 2021

El conseller de Movilidad y Vivienda Josep Marí Ribas