Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 241411
Contratación de chófer de la brigada municipal del ajuntament de Son Servera (Illes Balears)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Convocatoria Bolsa de trabajo de CHOFER DE LA BRIGADA MUNICIPAL del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears).

La Alcaldía del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), mediante el Decreto núm. 2021-0764, de 26 de mayo, ha resuelto lo siguiente:

"Expediente núm. 2573/2020

Visto el Decreto de Alcaldía núm. 2021-0143, de 4 de febrero procede a la aprobación de la convocatoria, así como las bases (anexo I) por el sistema de concurso, de una bolsa de trabajo ordinaria de CHOFER DE LA BRIGADA MUNICIPAL del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), para la cobertura, como personal laboral con carácter temporal, de las necesidades que puedan subvenir por las necesidades del servicio, tales como necesidades urgentes derivadas del aumento de la demanda, bajas laborales, vacantes, jubilaciones, licencias, excedencias, etc.

Visto el informe de fiscalización y existencia de dotación de crédito, en conformidad, de la Intervención municipal de fecha 4 de febrero de 2021.

Visto el decreto de la Alcaldía núm. 2021-0690, de 12 de mayo, que procede a constituir la bolsa de chófer de la Brigada municipal y que queda publicado en el BOIB núm. 63, de fecha 15 de mayo de 2021.

Asimismo, dada la necesidad y urgencia de nombrar con carácter interino un chófer de la brigada municipal del Ajuntament de Son Servera, dado que dicha plaza que queda vacante por jubilación del titular, la cual se produjo en fecha 30 de noviembre de 2020.

Dado que por parte del Servicio de Personal se ha procedido a ofertar la plaza, por orden de prelación, a las personas que formas parte de la bolsa, por correo electrónico y telefónicamente y, la persona que ocupa el núm. 1 de la misma ha renunciado a ocupar la plaza en cuestión, mientras que la persona que ocupa el núm. 2 ha manifestado su interés en ocupar dicha plaza.

 Dado que la persona interesada ha presentado la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria en fecha 24 de mayo de 2021.

Por ello, y en atención a las bases de la convocatoria objeto de la presente, y de acuerdo con la legislación vigente en materia de contratación de personal laboral, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del régimen Local y el artículo 41.14 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y funcionamiento de régimen jurídico de las entidades locales

RESUELVO:

Primero.- Contratar ANTONIO XIMELIS ADROVER, con DNI núm. 78206129B como CHOFER DE LA BRIGADA MUNICIPAL, para cubrir la vacante por jubilación que se producen en fecha 30 de noviembre de 2020, con carácter de personal laboral temporal hasta que la plaza en cuestión se provea de forma reglamentaria.

Segundo.- Que los efectos de dicha contratación contado a partir de la fecha 1 de junio de 2021.

Tercero.- Dar cuenta del presente, al interesado y al Departamento de Intervención y al Servicio de Personal, para su conocimiento y efectos.

Cuarto.- Publicar la presente en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y en la sede electrónica municipal, para el conocimiento general.

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde / sa de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso - administrativo, ante el Juzgado o la Sala que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso - Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso - administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso estime más conveniente en su derecho. "

 

Son Servera, en el día de la firma electrónica (14 de junio de 2021)

La alcaldesa

Natalia Troya Isern