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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 241465
Decreto alzamiento suspensión horario en trabajos en la vía pública, obras y construcciones

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Texto

Alzamiento suspensión horario en trabajos en la vía pública, obras y edificaciones.

En fecha 14.06.2021 el Alcalde del Ajuntament de Calvià ha dictado la siguiente resolución:

"RESOLUCIÓN DEL ALZAMIENTO DE LA SUSPENSIÓN HORARIA, PARA LA TEMPORADA COMPRENDIDA ENTRE EL 01 DE MAYO Y EL 30 DE OCTUBRE, APLICABLES EN TRABAJOS EN LA VÍA PÚBLICA, OBRAS Y EDIFICACIONES DEL ARTICULO 23 DE LA ORDENANZA MUNICIPAL DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE CONTRA LA CONTAMINACIÓN POR RUIDOS Y VIBRACIONES.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por RD 463/2020, de 14 de marzo (BOE nº 67 de 14 de marzo) se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Posteriormente por RDLey 926/2020, de 25 de octubre, quedando prorrogada la vigencia del estado de alarma hasta el día 9 de mayo de 2021 por RD 956/2020, de 3 de noviembre.

SEGUNDO.- Por su parte y dentro del ámbito de sus competencias, el Pleno municipal, en fecha 21 de abril de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:

“...SEGUNDO.- Mantener vigente el horario comprendido entre las 9 y las 18 horas los días laborables, de lunes a viernes, y entre las 10 y las 18 horas los sábados establecido en el artículo 23.3 de la referida OM de Protección del Medio Ambiente contra la Contaminación Acústica por Ruidos y Vibraciones, dejando sin efecto el horario previsto para la temporada comprendida entre el 1 de mayo y el 30 de octubre que establece el artículo 23.8 de la misma Ordenanza Municipal.

...

QUINTO.- Facultar al Alcalde para que, finalizada la situación que fundamenta la adopción de estas medidas, decrete la aplicación de la Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente contra la Contaminación Acústica por Ruidos y Vibraciones, en los términos en que está aprobada y publicada.

...”

Fue publicado en el BOIB nº 75, de 7 de mayo de 2020.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- Entre otra normativa, la Comunidad Autónoma dictó el Decreto-Ley 4/2020, de 3 de mayo para impulsar y agilizar la tramitación de ayudas y otras actuaciones en materia de vivienda (BOIB nº 58, de 4 de mayo), que en su Disposición Final Tercera establece la modificación del artículo 8 de la Ley 2/2020, de 15 de octubre, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las Administraciones Públicas de las Illes Balears para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19, quedando redactado en los términos que se indican:

Durante 2020 y hasta el 15 de junio de 2021 todo tipo de obras de edificación, modificación, reparación y derribos estarán exentas de las limitaciones temporales estivales relativas a la temporada turística que estén vigentes en cualquier normativa autonómica, insular o municipal. Los ayuntamientos pueden prorrogar de forma motivada esta exención, en función de las circunstancias concurrentes, sin necesidad de modificar la normativa municipal”.

II.- Levantado el estado de alarma y evolucionando de forma positiva la pandemia,  ha permitido que los sectores que impulsan la temporada turística, hostelería, restauración y servicios, inicien su actividad, debiendo la Corporación velar para que Calvià recupere su propia esencia como municipio de gran afluencia turística, compaginando de nuevo los intereses vecinales y los turísticos, mediante la aplicación de las Ordenanzas Municipales que para ello tiene aprobadas la Corporación Municipal, entre ellas la OM de Protección del Medio Ambiente contra la Contaminación Acústica por Ruidos y Vibraciones, que en su artículo 23, apartados 3 y 8 regulan los horarios de trabajo según los meses de la temporada, (BOIB nº 46 de 05 de abril de 2014según modificación publicada en el BOIB  nº 4 de 09 de enero de 2021) y que establecen:

3.- El horario de trabajo estará comprendido entre las 9 y las 18 horas los días

laborables, de lunes a viernes, y entre las 10 y las 18 horas los sábados.

 

8.- Con independencia del estricto cumplimiento de las normas contenidas en los

anteriores apartados, y atendidas las características de especial sensibilidad acústica

del municipio de Calvià por su carácter turístico, en las zonas de gran afluencia

turística definidas de acuerdo con lo que prevé el artículo 21 de la Ley 11/2014, de 15

de octubre, de Comercio de las Illes Balears, entre los días 1 de mayo y 31 de octubre

de cada año, el horario de trabajo estará comprendido entre las 10.30 y las 13.00

horas los días laborables, de lunes a viernes.

   La anterior prescripción de limitación horaria sólo será exigible a aquellas obras que, por su entidad o naturaleza, implican la utilización de medios mecánicos o herramientas de trabajo que, por sus propias características y, con independencia de su inclusión o no en los anexos del RD 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre, producen ruidos o vibraciones molestas de difícil o imposible corrección, como pueden ser martillos neumáticos, compresores, picadoras, grúas, excavadoras, hormigoneras, sierras mecánicas, perforadores, vehículos pesados y otros similares; puesto que todos estos emisores acústicos tienen un nivel de potencias acústica (Lw) muy superior a los límites establecidos en esta Ordenanza, por lo que se considera necesario establecer medidas de prevención de la contaminación acústica, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido y en la disposición adicional única del referido Real Decreto 212/2002”

III- El Decreto-Ley 4/2020, de 3 de mayo, para impulsar y agilizar la tramitación de ayudas y otras actuaciones en materia de vivienda,  modifica de forma sustancial el marco normativo anterior que daba respuesta a la pandemia ocasionada por la COVID-19 y que motivó el acuerdo de suspensión de la Ordenanza por parte del Pleno de la Corporación del 21 de abril de 2020. Lo dispuesto en el referido Decreto-Ley, por su propio rango legal, motiva que el acuerdo de suspensión, adoptado con una vigencia indefinida, decae directamente a partir de las 00:00 horas del día 16 de junio de 2021. Resultando necesario el dictado de la presente resolución, a efectos básicamente aclaratorios, en este escenario de volatilidad normativa motivada por la crisis de la COVID-19, para clarificar cuál es el régimen jurídico aplicable a los horarios de las obras que se realicen en el término municipal.

 Por todo lo que se ha expuesto,

 PROPONGO

PRIMERO.- Dejar sin efecto, a partir de las 00:00 horas del día 16 de junio de 2021, la suspensión del horario previsto para la temporada comprendida entre el 1 de mayo y el 31 de octubre, aplicables en trabajos en la vía pública, obras y edificaciones, que establece el artículo 23.8 de la  Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente contra la Contaminación Acústica por Ruidos y Vibraciones, acordada por acuerdo de Pleno de 21 de abril de 2020,  aplicando la referida Ordenanza Municipal en los términos que está aprobada y publicada. Surgiendo efectos desde el mismo momento.

SEGUNDO.- Publicar la presente resolución en el BOIB"

 

Calvià, 14 de junio de 2021

El teniente de alcalde de Urbanismo, Comercio y Actividades

Marc López Expósito