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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 238503
Aprobación oferta pública de colocación 2021

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por Decreto de Alcaldía núm. 2021/1529, de 20 de mayo de 2021, se ha resuelto el siguiente:

«DECRETO

Antecedentes

1. Propuesta del delegado especial de Personal a la MGNC al objeto de aprobar la oferta de colocación pública para el año 2021, de acuerdo con las previsiones de los Presupuestos Generales del Estado, Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado.

2. La Mesa General Negociadora Común al personal funcionario y laboral, en la sesión extraordinaria 1/2021, de 26 de abril de 2021, acordó aprobar la oferta pública de colocación 2021.

3. Informe de la TAG Jefe de Recursos Humanos, fiscalizado y conforme por el interventor municipal, de 17 de mayo de 2021.

Fundamentos de derecho

Primero. El art. 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases de régimen local determina que las Corporaciones locales formularán públicamente su oferta de colocación pública con los criterios fijados en la normativa básica estatal.

El art. 70 del TREBEB prevé:

«1. Las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas y hasta un 10% adicional. En todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.

2. La oferta de empleo público o instrumento similar, que se aprobará anualmente por los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas, deberá ser publicada en el diario oficial correspondiente.»

Segundo. - El artículo 19 Uno.1. de la ley 11/2020, de 30 de diciembre, de presupuestos generales del estado para el ejercicio 2021 prevé que la incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público, a excepción de los órganos que prevé el apartado uno.e) del artículo anterior, se regulará por los criterios señalados en este artículo y se sujetará a una tasa de reposición de efectivos del 110 por ciento en los sectores prioritarios y del 100 por ciento en los otros sectores.

Las entidades locales que tengan amortizada su deuda financiera a 31 de diciembre del ejercicio anterior tienen un 110 por ciento de tasa en todos los sectores.

Durante el ejercicio 2020 han dejado de prestar servicios por jubilaciones, excedencia o defunción los trabajadores que ocupaban los siguientes puestos de trabajo:

Conserje de escuelas

Técnico/a de administración general

Administrativo/va

Administrativo/va

Oficial de Brigada

Oficial primero de Brigada

Peón de cementerio

- Disposición adicional centésima quincuagésima novena. Tasa adicional de reposición de la policía local.

«Además de lo que prevé el artículo 19 de esta Ley, y con el fin de garantizar el ejercicio de las funciones de las administraciones públicas en materia de seguridad y orden público, en el supuesto de que en aplicación de lo establecido en el artículo 206.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social se produzca el anticipo de edad de jubilación de las policías locales, las Entidades Locales podrán disponer durante 2020, exclusivamente para este colectivo, de una tasa adicional de reposición determinada por el número de bajas que se prevean en este ejercicio y en el ejercicio 2021 como consecuencia de dicho adelanto de la edad de jubilación. Esta tasa adicional se descontará de la que pueda corresponder en los ejercicios 2021 y 2022.»

A día de hoy tenemos un agente de policía local que se ha jubilado durante el ejercicio 2021 y el propio departamento de recursos humanos no tiene constancia de otra posible jubilación.

- El Ayuntamiento de Manacor ha firmado el convenio con la Secretaría de Estado del Ministerio de Interior para el Sistema VioGen (sistema de seguimiento integral en los casos de violencia de género) y su protocolo de ejecución, por lo cual y visto que se incrementará la función del personal policial, y en conformidad con el TRLBRL, se permite mantener las previsiones presupuestarias del Capítulo I del Presupuesto municipal para el ejercicio 2021, las cuales incluyen en la plantilla 6 plazas de agente de policial local.

Tercero. De acuerdo con el art. 37.1.l) los criterios generales sobre las ofertas de colocación pública serán objeto de negociación.

Cuarto. La competencia para aprobar la oferta de colocación pública corresponde al alcalde presidente de la Corporación, de acuerdo con el art. 21.1g), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases de régimen local.

Por eso,

RESUELVO

1. Aprobar la Oferta Pública de Colocación del personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Manacor para el ejercicio 2021 siguiente:

- Tasa de reposición de efectivos:

Conserje de escuelas

Técnico/a de administración general

Administrativo/va

Administrativo/va

Oficial de Brigada

Oficial primero de Brigada

Peón de cementerio

- Tasa adicional de reposición de la policía local:

Agente de policía

- En virtud del Convenio firmado entre el Ayuntamiento de Manacor y la Secretaría de Estado del Ministerio de Interior para el Sistema VioGen (sistema de seguimiento integral en los casos de violencia de género) y su protocolo de ejecución:

6 plazas de agente de policial local.

2. Fijar un plazo de tres años a contar de la publicación de esta resolución en el BOIB para la ejecución de esta oferta de colocación.

3. Remitir esta resolución a la Administración del Estado y a la Comunidad Autónoma, en conformidad con el establecido en el artículo 56.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.»

 

Manacor, 28 de mayo de 2021

El delegado especial de Personal Joan Gaià Mascaró Por delegación de firma del alcalde (BOIB núm.5, de 11/01/2020)