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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Núm. 237660
Acuerdo del Consejo Ejecutivo, de día 9 de junio de 2021 de modificación de la convocatoria de subvenciones para el fomento de la compra de productos de Mallorca, año 2021

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, en sesión de día 9 de junio de 2021 dictó, entre otros, el siguiente

Acuerdo

“Antecedentes

1. El Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, en sesión extraordinaria, de día 21 de mayo de 2021 aprobó la convocatoria de subvenciones para el fomento de la compra de productos de Mallorca, año 2021.

2. El extracto de la convocatoria se publicó en el BOIB nº. 67, de día 22 de mayo de 2021.

3. El director insular de Promoción Económica y Producto de Mallorca emitió la memoria justificativa sobre la necesidad de modificar determinados aspectos de la convocatoria para facilitar y clarificar la gestión de los bonos, así como, rectificar la cantidad del producto salsa picante artesana de los lotes de productos de Mallorca para que conste de forma correcta.

4. Se ha emitido informe jurídico favorable sobre la modificación de la convocatoria.

Fundamentos de derecho

1. El Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local, mediante la Dirección Insular de Promoción Económica y Producto de Mallorca tiene la competencia para tramitar el expediente de modificación de la convocatoria mencionada, de acuerdo con el artículo 9, letras q), r), s), y t) del vigente Decreto de organización del Consejo de Mallorca, de día 9 de diciembre de 2019, con sus posteriores modificaciones.

2. El Consejo Ejecutivo es el órgano competente para aprobar la presente convocatoria de subvenciones en virtud del artículo 36 f) del vigente Reglamento Orgánico del Consejo Insular de Mallorca, en concordancia con la base 23.4 de las de ejecución del presupuesto de gastos vigente del Consejo de Mallorca. Por lo tanto, también tiene la atribución de aprobar la modificación propuesta.

3. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que las administraciones podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

4. El artículo 39.2, letra e) del Reglamento Orgánico del Consejo de Mallorca, en cuanto a la competencia que tiene el consejero ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo Local para proponer al Consejo Ejecutivo el acuerdo que nos ocupa.

Por todo lo que se ha expuesto, dicto el siguiente

Acuerdo

1. Aprobar la modificación de la convocatoria de subvenciones para el fomento de la compra de productos de Mallorca para el año 2021, en relación a la característica de uno de los productos del lote que establece el punto 4 de la convocatoria, en los términos siguientes:

DONDE DICE

Una botella de salsa picante artesana de 100 ml. o de confitura artesana de 400 g. (valor 5,60 €).” 

 

TIENE QUE DECIR

Una botella de salsa picante artesana de 40 ml. o de confitura artesana de 400 g. (valor 5,60 €).”

2. Aprobar la modificación del punto número 18 de la convocatoria de subvenciones para el fomento de la compra de productos de Mallorca para el año 2021, en los términos siguientes:

DONDE DICE

“18. Procedimiento para la obtención de los bonos

Se ofrecen en total 5.714 bonos de productos de Mallorca.

El plazo para solicitar los bonos empieza a partir del día siguiente de la publicación de la concesión en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y finaliza una semana antes de la finalización de la campaña.

El plazo para cambiar el bono por el lote de productos en los comercios adheridos a la campaña, empieza a partir de los 15 días naturales de la publicación de la concesión de las subvenciones en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, durante un periodo de tres meses.

Semanalmente, se podrán intercambiar en los establecimientos de venta adheridos a la campaña 476 lotes de productos. La última semana de la campaña, se cambiaran los bonos sobrantes.

Si no se intercambian la totalidad de los bonos de una semana, se acumularán en la semana siguiente.

Las personas interesadas a optar por los bonos de compra lo tienen que hacer en el siguiente enlace: https:// https://ajutsmallorca.com

Esta solicitud se hará por vía telemática por personas mayores de 18 años. Tienen que incluir sus datos: nombre y apellidos, DNI o NIE, municipio, código postal, correo electrónico, aceptación de la declaración responsable del cumplimiento de los requisitos para la obtención de los bonos y la firma en lo referente a la protección de datos de carácter personal.

Este bono es personal e intransferible y sólo podrá hacer uso de él la persona que lo ha adquirido. No se permite la cesión a un tercero.

Para ir al establecimiento se tiene que descargar el  bono.

El bono da derecho a un lote de productos de Mallorca valorado en un máximo de 153,00 €.

No se permite ningún cambio de comercio, de forma que la obtención de un bono, únicamente da derecho a la entrega del lote si el gasto se ha hecho íntegramente en un único comercio adherido a la campaña.

Si un comercio ha entregado todos los lotes de productos subvencionados, el cliente tendrá que acudir a otro comercio y hacer de nuevo el consumo íntegro que le de derecho al lote de productos.

Se mantendrá actualizada la relación de comercios, cooperativas o productores adheridos a la campaña.

Para poder recoger el lote de productos, tendrá que entregar el bono, los tickets de compra y presentar el DNI o NIE."

TIENE QUE DECIR:

“18. Procedimiento para la obtención de los bonos

Se ofrecerán un número de bonos equivalente a los adjudicados a los beneficiarios, y que se estiman en 5.714 bonos de productos de Mallorca.

Este bono es personal e intransferible y sólo podrá hacer uso de él a la persona que lo ha obtenido.

No se permite la cesión del bono a un tercero.

Las personas interesadas en optar por los bonos de compra tienen que solicitarlo en el siguiente enlace:

https:// https://ajutsmallorca.com

Esta solicitud se hará por vía telemática por personas mayores de 18 años. Tienen que incluir sus datos: nombre y apellidos, DNI o NIE, municipio, código postal, correo electrónico, aceptación de la declaración responsable del cumplimiento de los requisitos para la obtención de los bonos y la firma en lo referente a la protección de datos de carácter personal.

Las personas solicitantes de bonos tendrán que escoger un establecimiento concreto de entre la lista de los beneficiarios adjudicados.

El plazo para solicitar los bonos empieza a partir del día siguiente a la publicación de la concesión en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y finaliza a las 12 semanas.

La campaña, que durará 3 meses (12 semanas), se iniciará a los 15 días naturales de la publicación de la concesión de las subvenciones en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y se contará de fecha a fecha.

Los bonos llevarán impresos el establecimiento donde se podrá canjear el lote de productos. No se permite ningún cambio de comercio, de forma que el bono únicamente da derecho a la entrega del lote si el gasto se ha hecho íntegramente en el mencionado comercio, ya sea en una o varias compras por un importe de 200,00 € y realizadas en las fechas que dura la campaña.

Se prevé que la entrega de lotes se haga de forma gradual durante toda la campaña, a este efecto, los bonos llevarán impresos una fecha a partir de la cual será posible el canje por el lote de productos. De esta forma se prevé que los comercios puedan canjear cada semana una duodécima parte de todos los lotes que tengan adjudicados y hasta 15 días después de haber finalizado la campaña.

El bono da derecho a un lote de productos de Mallorca valorado en un máximo de 153,00 €.

Para poder recoger el lote de productos, tendrá que entregar el bono, los tickets de compra y presentar el DNI o NIE.

Se mantendrá actualizada la relación de comercios, cooperativas o productores adheridos a la campaña.”

3. Ordenar la publicación de la modificación de la convocatoria de subvenciones para el fomento de la compra de productos de Mallorca para el año 2021 en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

4. Trasladar la información de esta convocatoria a la Base de Datos Nacional de Subvenciones”

 

Palma, 21 de mayo del 2021

La secretaría técnica de Promoción Económica y Desarrollo Local

(Por delegación del consejero de Promoción Económica y Desarrollo Local

Resolución de 22/07/2019. BOIB nº. 103, de 27/07/2019)

Rosa Mª Cañameras Bernaldo