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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA

Núm. 236162
Resolución de la convocatoria de ayudas 2021 para dar apoyo a la organización de festivales, muestras o ciclos de cine

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS: 550773 

La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística ha dictado el 9 de junio de 2021 la siguiente resolución:

"1. Conceder, en el marco de la convocatoria de subvenciones de 2021 para apoyar la organización de festivales, exposiciones o ciclos cinematográficos, el importe total de 85.000,00 € a favor de los beneficiarios enumerados en los cuadros siguientes:

Exp

Beneficiario

NIF

Proyecto

Línea

Puntuación

Presupuesto subvencionable

Importe subvención

008

El obrador de lo Real SL

B*****010

Majordocs creative documentary film fest

1

68,5

109.120,00

20.000,00

007

Comunidad Filmin SL

B*****471

Atlàntida Mallorca Film Fest

1

60

430.210,00

20.000,00

001

Evolution International Film Festival SL

B*****198

10ª edició del Evolution Mallorca International Film Festival

1

53,5

196.115,00

20.000,00

TOTAL CONCEDIDO Línea 1

60.000,00

002

Associació de productors audiovisuals de les Illes Balears

G*****369

Cinema Lliure a la biblioteca

2

83,5

9.520,00

4.760,00

004

Nat Projectes. Serveis culturals i ambientals SL

B*****451

12a Mostra de cinema de muntanya de Palma

2

78

25.265,00

5.000,00

003

Mèdit, associació cultural

G*****549

Out! Mostra de Cinema LGTBIQ+ de les Illes Balears

2

68,5

20.126,30

5.000,00

010

Victoria Aida Pericàs Duràn

*****42M

CONOFEST - I(S)FF

2

67

15.370,00

5.000,00

005

Associació Xarxa Cinema

G*****779

Descobrint Cinema 2021

2

57,5

20.500,00

5.000,00

011

Catorceno Produccions SL

B*****546

La Mostra de Mostres

2

56

14.850,00

240,00

TOTAL CONCEDIDO Línea 2

25.000,00

2. Disponer del gasto a favor de la Asociación de Productores Audiovisuales de las Islas Baleares (002), la Associació Xarxa Cinema (005) y Mèdit, Asociación Cultural (003) por el importe y proyectos mencionados en la tabla anterior con cargo a la solicitud presupuestaria 20.33430.48905 del ejercicio 2021.

Disponer del gasto a favor del resto de beneficiarios de esta convocatoria por los importes y por los proyectos señalados en la misma, con cargo a la solicitud presupuestaria 20.33430.47904 para 2021.

3. Denegar la ayuda solicitada a M. Victoria Kersul, por el proyecto Cinema de dones (009) ya que según la valoración obtenida y el orden de prelación no hay crédito suficiente para atender su solicitud.

4. Denegar la ayuda solicitada a Coalise Estudio SL, por el proyecto Festival de anime japonés 2021 (006) ya que su valoración no alcanza la puntuación mínima (50) para acceder a la ayuda, tal y como se prevé en el punto 15 de la convocatoria.

5. Aceptar los gastos por vinculación solicitados en los expedientes 003, 004, 005, 008.

6. Ordenar la publicación de esta resolución al Boletín Oficial de las Islas Baleares y trasladar la información a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.»

 

Recursos

Contra esta resolución, que no finaliza el procedimiento administrativo, podrá interponer el recurso en el plazo de un mes, ante este director ejecutivo o ante la presidencia, que es el órgano competente para resolverla, a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución.

Contra la desestimación expresa de recursos, puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la desestimación de dicho recurso.

Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso y no haya recibido la notificación expresa de la resolución, se entenderá desestimada por silencio y podrá interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, sin limitación de tiempo.

No obstante lo anterior, podrá interponer, en su caso, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo ello de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Palma, 10 de junio de 2021

El secretario técnico del Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística

(Per delegación de la vicepresidenta primera y consejera de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística. Resolución de 23/07/2019. BOIB núm. 109 de 8/8/2019)

Josep Mallol Vicens