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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

FUNDACIÓN MALLORCA TURISMO

Núm. 233826
Corrección de errores de las convocatorias de ayudas extraordinarias, y a fondo perdido, para las empresas que desarrollan la actividad económica en los municipios de Sant Llorenç des Cardassar y de Búger, para paliar los efectos de la covid-19

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Texto

BDNS (Identif.): 567997

Antecedentes

1. Resolución del director de la Fundació Mallorca Turisme, de 4 de junio de 2021, por la cual se convocan ayudas extraordinarias, y a fondo perdido, para las empresas que desarrollan la actividad económica en el municipio de Búger, para paliar los efectos de la covid-19, con extracto publicado en el BOIB núm. 76, de 8 de junio, sección V.

2. Resolución del director de la Fundació Mallorca Turisme, de 4 de junio de 2021, por la cual se convocan ayudas extraordinarias, y a fondo perdido, para las empresas que desarrollan la actividad económica en el municipio de Sant Llorenç des Cardassar, de 4 de junio de 2021, con extracto publicado en el BOIB núm. 76, de 8 de junio, sección V.

3. El punto 8 de las convocatorias establece que el plazo para presentar la solicitud y toda la documentación empieza a partir de las 9.00 h del día siguiente de haberse publicado el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y finaliza el 29 de junio de 2021, a las 23.59 h, incluido, o hasta agotamiento del crédito (quince días hábiles a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 20.2 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca).

4. Se ha detectado un error en el cómputo de los quince días hábiles por no haber tenido en cuenta que el 24 de junio es inhábil, por lo cual este plazo acaba el día 30 de junio, incluido, no el día 29 de junio.

Fundamentos<A[Fundamentos|Cimientos]> de derecho

Artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que dice que las administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar el punto 8 de las convocatorias de ayudas extraordinarias, y a fondo perdido, para las empresas que desarrollan la actividad económica en los municipios de Búger y Sant Llorenç des Cardassar, para paliar los efectos de la covid-19, y de los extractos que se derivan, en el siguiente sentido:

“El plazo para presentar la solicitud y toda la documentación empieza a partir de las 9.00 h del día siguiente de haberse publicado el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y finaliza el 30 de junio de 2021, a las 23.59 h, incluido, o hasta agotamiento del crédito. (quince días hábiles a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 20.2 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca).”

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

 

Palma, 8 de junio de 2021

El director de la Fundació Mallorca Turisme

Miguel Pastor Jordá