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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 231530
Modificación Plan estratégico de subvenciones de la Concejalía de Educación y Política Lingüística (2020-2022)

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Texto

La Junta de gobierno, en sesión de fecha 2 de junio de 2021, tomó el siguiente acuerdo:

1.º APROBAR la modificación del Acuerdo de Junta de gobierno de 13 de marzo del 2019 por el cual se aprueba el PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2020-2022 de la concejalía de Educación del Ayuntamiento de Palma, en el siguiente sentido:

- Todas las menciones que se hacen del Área de Educación y Deportes, se modificarán por  Área de Educación y Política lingüística.

- Se elimina el último párrafo de la exposición de motivos, puesto que hace referencia en el Plan Estratégico del Instituto municipal de Deportes.

- Al artículo 5 se tiene que añadir: “y fomentar iniciativas de investigación, recuperación y difusión de la memoria histórica de Palma”.

- El artículo 7, queda redactado de la siguiente manera:

“El área de Educación y Política lingüística del Ayuntamiento de Palma establecerá anualmente subvenciones en las siguientes materias:

A. Educación infantil 0-3 años.

B. Actividades escolares y extra escolares en los centros educativos de Palma.

C. Subvenciones directas.

D. Proyectos de temáticas relacionadas con la memoria histórica de Palma.” 

En el artículo 8, añadir la letra D) Apoyar a los proyectos de investigación, recuperación y difusión de temáticas relacionadas con la memoria histórica:

a) Objetivos: El objeto de esta convocatoria es promover la realización de proyectos y publicaciones centrados en el estudio y la difusión de temáticas relacionada con la memoria histórica de Palma que se consideren de utilidad pública o social y de interés general, que redunden en beneficio de los ciudadanos de Palma, dentro del ámbito de las competencias del área.

b) Finalidad: Promover el conocimiento de la Memoria histórica de la Ciudad.

c) Costes previsibles: un total de 40.000 € para los dos ejercicios.

d) Financiación: Se llevará a cabo con fondos propios del Ayuntamiento, con cargo a la Partida 10 33610 48100 del Presupuesto de gastos del Ayuntamiento por los ejercicios 2021 y 2022.

Siempre ajustado a objetivos de estabilidad presupuestaria y de programación presupuestaria plurianual.

e) Acciones: Convocatoria anual de subvenciones mediante procedimiento de concurrencia competitiva por proyectos que contribuyan a mejorar el conocimiento de la ciudad y su historia.

x.- Ejercicio 2021 : 20.000 €

x.- Ejercicio 2022 : 20.000 €.

2. PUBLICAR este Acuerdo en el BOIB y en la página web de este Ayuntamiento, junto con el texto íntegro del Plan Estratégico una vez introducidas las modificaciones aprobadas.

 

Pla estratégico de subvenciones de la Concejalía de Educación y Política Lingüística (2020-2022)

PREÁMBULO

 El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones de 17 de noviembre, dispone que "Los órganos de la Administración o cualquier ente que proponga el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberá concretar un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y las fuentes de financiación que se supeditará, en todo caso, a los objetivos de estabilidad".

Esta norma supone un paso más en el proceso de perfeccionamiento y racionalización del sistema económico, así los principios que informan la Ley son el de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación para alcanzar un incremento en los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencional

Para mejorar la eficacia, se prevé en la legislación que se proceda a elaborar un Plan Estratégico de Subvenciones, de carácter plurianual y con carácter previo al establecimiento de las subvenciones o de los convenios de col • colaboración que la Corporación pueda celebrar con personas, Asociaciones o entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, y en los términos previstos en el art. 4 de la Ordenanza General reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Palma, publicada en el BOIB núm. 35 de 12 de marzo de 2015.

El Área de Educación y Política lingüística y el Patronato de Escuelas Infantiles adscrito a esta área, con este Plan responde a lo que fija la normativa, y establece los criterios a seguir para la concesión de subvenciones, con el fin de aportar transparencia a la gestión económica así como fomentar el desarrollo de proyectos de interés general en el ámbito de sus competencias.

CAPÍTULO 1 DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.

La concesión de subvenciones por el Área de Educación y Política Lingüística del Ayuntamiento de Palma durante el periodo 2020-2022 se ajustará a la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento y al resto de legislación vigente en materia de subvenciones, al presente Plan Estratégico, los correspondientes convenios y en las Bases de las convocatorias anuales de las subvenciones.

Artículo 2.

El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan, requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los Presupuestos municipales de cada año de vigencia y la aprobación de las respectivas convocatorias que recojan las bases reguladoras de su concesión.

Artículo 3.

La concesión de subvenciones queda supeditada al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se ajustarán en todo momento a los citados objetivos.

Artículo 4.

La aprobación del presente Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de derecho de ningún tipo a favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a cabo.

 

CAPÍTULO II OBJETIVO ESTRATÉGICO

Artículo 5.

Fomentar actuaciones para lograr una acción eficaz y hacer efectiva la participación municipal en materia educativa, desarrollar estrategias dirigidas a la participación de la comunidad educativa en el ámbito escolar y aquellas a dar apoyo a las familias y a la comunidad educativa en general y fomentar iniciativas de investigación, recuperación y difusión de la memoria histórica de Palma.

 

CAPÍTULO III BENEFICIARIOS

Artículo 6.

El Área de Educación y Política lingüística del Ayuntamiento de Palma concederá subvenciones, mediante convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva a través de la firma de convenios de  colaboración, a favor de personas, asociaciones o entidades públicas o privadas con el fin de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de finalidades públicas atribuidas a la competencia local.

 

Artículo 7.

El Área de Educación y Política lingüística del Ayuntamiento de Palma establecerá anualmente subvenciones en las siguientes materias:

A. Educación infantil 0-3 años.

B. Actividades escolares y extra escolares en los centros educativos de Palma

C. Subvenciones directas.

D. Proyectos de temáticas relacionadas con la memoria histórica de Palma.

Artículo 8.

 Se establecerán durante el periodo de vigilancia del Plan, las siguientes líneas de subvención y subvenciones directas:

A) Educación Infantil 0-3 años

a) Objetivos: Incrementar las plazas sostenidas parcialmente con fondos públicos a las escuelas infantiles privadas del municipio de Palma para cubrir la falta de plazas públicas en el municipio, favorecer la conciliación familiar y apoyar a las familias con menos recursos económicos.

b) Finalidad: Atención a la infancia, igual para todos.

c) Costes previsibles: un total de 1.050.000 € para los tres ejercicios (350.000 € anuales)...

d) Financiación: Se llevará a cabo con fondos propios, con cargo a la Partida 0032100 48910 del Presupuesto propio del Patronato Municipal de Escuelas Infantiles de Palma para los años 2020, 2021 y 2022 (cursos escolares de septiembre a junio) Siempre ajustado a objetivos de estabilidad presupuestaria y de programación presupuestaria plurianual.

e) Acciones: Convocatorias anuales bono escolar, siempre antes de la finalización del curso anterior para resolver antes del inicio del curso, se deberá dar cumplimiento a lo exigido en el artículo 56 del Reglamento de la ley general de Subvenciones.

X.- Ejercicio 2020: 350.000 €.

X.- Ejercicio 2021: 350.000 €

X.- Ejercicio 2022: 350.000 €.

f) Indicadores: Número niños beneficiados.

B) Actividades escolares y extra escolares en los centros educativos de Palma

 a) Objetivos: Desarrollo de actividades educativas y extraescolares de calidad y accesible a todos, la puesta en marcha de servicios educativos complementarios, fomentar la participación de padres y madres en la educación y dar asistencia a los escolar dentro del ámbito de la enseñanza.

b) Finalidad: Educación de calidad igual para todos.

c) Costes previsibles: Un total de 390.000 € para los tres ejercicios.

d) Financiación: Se llevará a cabo con fondos propios, con cargo a la Partida 10 32633 48100 del Presupuesto de gastos del Ayuntamiento para los ejercicios 2020, 2021 y 2022.

Ajustado a objetivos de estabilidad presupuestaria y programación presupuestaria plurianual.

e) Acciones: Convocatoria anual subvenciones para actividades escolares y extraescolares, se convocarán antes del inicio del curso y, preferiblemente, se resolverán dentro del primer trimestre del curso escolar y se deberá cumplir lo que se exige en el artículo 56 del Reglamento de Subvenciones.

- ejercicio 2020: 130.000 €

 - ejercicio 2.021: 130.000 €

 - ejercicio 2022: 130.000 €

 f) Indicadores: Número total de actividades realizadas, número total de alumnos participantes, número de horas lectivas y extraescolares realizadas, comparativas respecto a otros cursos.

C) Subvenciones directas

 a) Subvención directa en favor de la entidad Instituto de Estudios Baleáricos (IEB) para organizar cursos (presenciales y semipresenciales) de lengua catalana para adultos en el municipio de Palma durante los años de vigencia del Plan -2020, 2021 y 2022- y por un importe de treinta mil euros (30.000 €). Esta subvención nominativa resto referida al presupuesto de gastos de la Concejalía y la cuenta 10 32652 46700.

 D) Apoyar los proyectos de investigación, recuperación y difusión de temáticas relacionadas con la Memoria de la Ciudad

 a) Objetivos: El objeto de esta convocatoria es promover la realización de proyectos y publicaciones centrados en el estudio y la difusión de temáticas relacionadas con la memoria histórica de Palma que se consideren de utilidad pública o social y de interés general , que redunden en beneficio de los ciudadanos de Palma, dentro del ámbito de las competencias del área.

 b) Finalidad: Promover el conocimiento de la Memoria de la Ciudad.

 c) Costes previsibles: un total de 40.000 € para los dos ejercicios.

 d) Financiación: Se llevará a cabo con fondos propios, con cargo a la Partida 10 33610 48100 del Presupuesto de gastos del Ayuntamiento por los ejercicios 2021 y 2022.

 Siempre ajustado a objetivos de estabilidad presupuestaria y de programación presupuestaria plurianual.

e) Acciones: Convocatoria anual de subvenciones mediante procedimiento de concurrencia competitiva para proyectos que contribuyan a mejorar el conocimiento de la ciudad y su historia.

 X.- Ejercicio 2021: 20.000 €

 X.- Ejercicio 2022: 20.000 €

Artículo 9.

Finalizada la vigencia del plan, y antes de la elaboración del siguiente, el Concejal / a del Área de Educación y Deportes deberá presentar a la Junta de Gobierno y a la Concejalía de Hacienda una Memoria en la que se refleje el grado de cumplimiento del Plan, su eficacia, y eficiencia en el logro de los objetivos y efectos pretendidos con las conclusiones obtenidas.

El control y evaluación de los resultados derivados de la aplicación de dicho Plan Estratégico será realizado con la valoración de los indicadores cuantitativos propuestos.

Junto con los informes anuales se propondrá, en su caso, la continuación, sustitución o modificación de determinados criterios y puntos de las bases de cada una de las líneas de subvención con el fin de mejorar la eficacia y eficiencia en relación al logro de los objetivos planteados.

Lo que se hace público para su general conocimiento

 

Palma, 4 junio de 2021

La jefa del servicio de Educación

p.d. Decreto de Alcaldia núm 3000 de 26 de febrero

publicado en el BOIB núm  30 de 4 de marzo de 2014

Esperanza Vega Terrón