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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 229198
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 3 de junio de 2021 por la que se autoriza la modificación de la configuración del centro privado concertado La Salle de Palma, con la transformación de una unidad de educación infantil en una unidad de educación primaria y con la autorización en turno de tarde de tres unidades de formación profesional (técnico en Farmacia y Parafarmacia, técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería y técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia)

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Texto

Antecedentes

1. Mediante una resolución del consejero de Educación y Universidad de 22 de febrero de 2017 (BOIB núm. 31, de 14 de marzo), se autorizó la modificación de la configuración del centro privado concertado La Salle de Palma, con la ampliación de la oferta de ciclos formativos con una unidad (dos grupos) del ciclo formativo de grado superior de Anatomía Patológica y Citodiagnóstico (SAN 31) de la familia profesional de Sanidad.

2. Mediante una resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 21 de abril de 2021, se autorizó la modificación de la configuración del centro privado concertado de educación especial Princesa de Asturias, de Marratxí, con la transformación de dos unidades de educación especial infantil (EEI) en dos unidades de educación especial básica (EEB), una en el centro específico y la otra en el centro ordinario La Salle de Palma (BOIB núm. 59, de 6 de mayo).

3. Mediante una resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 26 de mayo de 2021, se transforman los ciclos formativos de formación profesional de grado medio y de grado superior de la familia profesional de Actividades Físicas y Deportivas a raíz del cambio de legislación LOGSE-LOE en los centros públicos, privados y privados concertados de las Illes Balears (BOIB núm. 72, de 3 de junio).

4. Como consecuencia de estas modificaciones, el centro La Salle de Palma quedó configurado de la manera siguiente:

  • Educación infantil de segundo ciclo: 13 unidades y 325 plazas escolares.
  • Educación primaria: 24 unidades y 725 plazas escolares.
  • Educación secundaria: 20 unidades y 600 plazas escolares.
  • Unidad educativa específica en centro ordinario (UEECO): 1 unidad y 7 plazas escolares.
  • Aulas ASCE (aula substitutoria de centro específico Princesa de Asturias):

- 2 unidades de educación especial básica obligatoria (EEB), 3/5 plazas escolares cada unidad.

- 1 unidad de transición a la vida adulta (TVA), 5/8 plazas escolares.

  • Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento (PMAR): 4 unidades y 60 plazas escolares.
  • Bachillerato: 10 unidades y 350 plazas escolares (modalidades: ciencias y humanidades y ciencias sociales).
  • Ciclos formativos de formación profesional:

- De la familia profesional de Sanidad (SAN):

a) Técnico en Farmacia y Parafarmacia (SAN22) LOE: 1 unidad (2 grupos) y 60 plazas escolares.

b) Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería (SAN23) LOGSE: 2 unidades y 60 plazas escolares.

c) Técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico (SAN36) LOE: 1 unidad (2 grupos) y 60 plazas escolares.

d) Técnico superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico (SAN31) LOE: 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.

- De la familia profesional de Actividades Físicas y Deportivas (AFD):

a) Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre (AFD21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.

b) Técnico superior en Acondicionamiento Físico (AFD32): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.

- De la familia profesional de Servicios Socioculturales a la Comunidad (SSC):

a) Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia (SSC21) LOE: 1 unidad (2 grupos) y 60 plazas escolares.

b) Técnico superior en Educación Infantil (SSC31) LOE: 1 unidad (2 grupos) y 60 plazas escolares

5. Las enseñanzas de bachillerato y los ciclos formativos de grado medio y de grado superior quedan adscritos al IES Guillem Sagrera, de Palma (código 07006512).

6. El 19 de enero de 2021 (NRE L13E1213/2021), el director general del centro privado concertado La Salle de Palma presentó una solicitud de modificación de la configuración de este centro, en la que pedía la autorización del turno de tarde del CFGM en Farmacia y Parafarmacia, del CFGM en Cuidados Auxiliares de Enfermería y del CFGM en Atención a Personas en Situación de Dependencia. Lo justificaba por la demanda que han tenido estos ciclos y por la posibilidad de aprovechar los espacios que ya han sido autorizados y que se utilizan en el turno de mañana.

7. El 31 de mayo de 2021, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la modificación de la configuración del centro privado concertado La Salle de Palma con la transformación de una unidad de educación infantil en una unidad de educación primaria y con la autorización en turno de tarde de tres unidades de formación profesional (técnico en Farmacia y Parafarmacia, técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería y técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia).

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo (BOE núm. 182, de 30 de julio).

5. El Real Decreto 651/2017, de 23 de junio, por el que se establece el título de técnico superior en Acondicionamiento Físico y se fijan los aspectos básicos del currículum (BOE núm. 162, de 8 de julio).

6. El Real Decreto 402/2020, de 25 de febrero, por el que se establece el título de técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre y se fijan los aspectos básicos del currículum (BOE núm. 50, de 27 de febrero).

7. El Decreto 91/2012, de 23 de noviembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en el sistema integrado de formación profesional en las Illes Balears (BOIB núm. 177, de 29 de noviembre).

8. La Orden EFP/923/2019, de 4 de septiembre, por la que se establece el currículum del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en Acondicionamiento Físico (BOE núm. 215, de 7 de septiembre).

9. La Orden EFP/82/2021, de 28 de enero, por la que se establece el currículum del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre (BOE núm. 30, de 4 de febrero).

10. Las Instrucciones del jefe del Departamento de Planificación y Centros (NRS 175/2014, de 6 de marzo) referentes a la normativa de mínimos aplicable para la autorización de centros privados de FP, aplicación del principio de especialidad.

11. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

12. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 15 de febrero).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha 1 de junio de 2021, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2021-2022, la modificación de la configuración del centro privado concertado La Salle de Palma, con la transformación de una unidad de educación infantil en una unidad de educación primaria.

2. Autorizar tres unidades de formación profesional en turno de tarde: una unidad de técnico en Farmacia y Parafarmacia y una unidad de técnico de Cuidados Auxiliares en Enfermería, de la familia profesional de Sanidad, y una unidad de técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia, de la familia profesional de Servicios Socioculturales a la Comunidad.

3. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07004333

Denominación genérica: centro de educación infantil, primaria y secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional

Denominación específica: La Salle.

Titular: Hermanos de las Escuelas Cristianas

Domicilio: camino de Son Rapinya, 29

Localidad: Palma

Municipio: Palma

Código postal: 07013

Enseñanzas autorizadas:

  • Educación infantil de segundo ciclo: 12 unidades y 300 plazas escolares.
  • Educación primaria: 25 unidades y 675 plazas escolares.
  • Educación secundaria: 20 unidades y 600 plazas escolares.
  • Unidad educativa específica en centro ordinario (UEECO): 1 unidad y 7 plazas escolares.
  • Aulas ASCE (aula substitutoria de centro específico Princesa de Asturias):

 - 2 unidades de educación especial básica obligatoria (EEB), 3/5 plazas escolares cada unidad

- 1 unidad de Transición a la Vida Adulta (TVA) 5/8 plazas escolares.

  • Programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento (PMAR): 4 unidades y 60 plazas escolares.
  • Bachillerato: 10 unidades y 350 plazas escolares (modalidades: ciencias y humanidades y ciencias sociales).
  • Ciclos formativos de formación profesional:

- Familia profesional de Sanidad:

a) Técnico en Farmacia y Parafarmacia (SAN22): 2 unidades (4 grupos) y 120 plazas escolares.

Turno de mañana: 1 unidad (2 grupos)

Turno de tarde: 1 unidad (2 grupos)

b) Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería (SAN23) LOGSE: 2 unidades y 60 plazas escolares.

Turno de mañana: 1 unidad (1 grupo)

Turno de tarde: 1 unidad (1 grupo)

c) Técnico superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico (SAN31): 1 unidad (2 grupos) 40 plazas escolares. Turno de mañana.

d) Técnico superior en Laboratorio Clínico y Biomédico (SAN36): 1 unidad (2 grupos) 60 plazas escolares. Turno de mañana.

- Familia profesional de Servicios Socioculturales a la Comunidad (SSC):

a) Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia (SSC21): 2 unidades (4 grupos) 120 plazas escolares.

Turno de mañana: 1 unidad (2 grupos)

Turno de tarde: 1 unidad (2 grupos)

b) Técnico superior en Educación Infantil (SSC31): 1 unidad (2 grupos) 60 plazas escolares. Turno de mañana.

- Familia profesional de Actividades Físicas y Deportivas (AFD):

a) Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre (AFD21): 1 unidad (2 grupos) 40 plazas escolares. Turno de mañana.

b) Técnico superior en Acondicionamiento Físico (AFD32): 1 unidad (2 grupos) 40 plazas escolares. Turno de mañana.

Todos los ciclos formativos autorizados son LOE y tienen una duración de dos años, excepto el de Cuidados Auxiliares de Enfermería, que es LOGSE y que tiene una duración de un año.

Adscripción administrativa: las enseñanzas de bachillerato en las diferentes modalidades autorizadas y los ciclos formativos de grado medio y de grado superior quedan adscritos al IES Guillem Sagrera, de Palma (código 07006512).

4. Recordar al centro mencionado que resta obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se tenga que modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente del día en que se publique en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

   

Palma, 3 de junio de 2021

El consejero de Educación y Formación Profesional

Martí X. March i Cerdà