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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, FUNCIÓN PÚBLICA E IGUALDAD

Núm. 226323
Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la cual se acuerda la concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Azul a diversos miembros del cuerpo de policía local de Ciutadella

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Texto

Hechos

1. El 13 de julio de 2020 la secretaria del Ayuntamiento de Ciutadella emitió un certificado, por orden y con el visto bueno de la alcaldesa, sobre el acuerdo que adoptó el Pleno del Ayuntamiento el 18 de junio de 2020, en relación con la propuesta de condecoraciones y reconocimientos del Pleno del Ayuntamiento de Ciutadella.

2. El día 9 de noviembre de 2020, el director general de Emergencias e Interior solicitó a la alcaldesa de Ciutadella una aclaración del acuerdo del Pleno, en relación a cuales eran les condecoraciones que solicitaban que otorgase la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El día 23 de noviembre de 2020, se recibe la contestación del regidor delegado, de fecha 11 de noviembre de 2020, aclarando que se proponía la solicitud de concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Azul de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a diversos miembros del cuerpo de policía local de Ciutadella. Concretamente se solicitó para los policías José Jover Florit, Jaume Guardiola Medina, Alfonso Rodríguez Fernández, Juan carlos Muñoz Fernández y José Pieres Marqués.

4. El día 22 de abril de 2021, el instructor del procedimiento emitió la propuesta de resolución sobre la base de los aspectos siguientes:

a) Los agentes propuestos para la condecoración no tienen ningún procedimiento penal en curso o pendiente de sentencia firme por un delito doloso relacionado con el servicio o que cause grave perjuicio a la administración o a las personas.

b) Los agentes propuestos para la condecoración actuaron en defensa y auxilio de las personas residentes y ocupantes de un edificio que se estaba incendiando, en un claro acto de protección de la vida o la integridad de estas personas, realizando el rescate de varias personas y la evacuación del inmueble, a pesar de que una de las personas rescatadas, posteriormente, no pudiera salvar la vida.

Si bien, no todos los agentes accedieron al interior del inmueble, arriesgando su vida y integridad física, hasta al punto que dos de ellos fueron atendidos en un centro hospitalario para su recuperación, la actuación policial fue conjunta, ya que si se hubiera realizado por separado, difícilmente se podrían haber rescatado y evacuado las personas del interior del edificio. Por este motivo, la concesión de la condecoración se ha de englobar en su conjunto, ya que los unos complementaban a los otros y viceversa.

Fundamentos de derecho

1.  El artículo 52 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, modificado por la Ley 11/2017, de 20 de diciembre, de modificación de la Ley 4/2013, determina la posibilidad de conceder premios y distinciones a los miembros de la policía local de las Illes Balears en los términos que se establezcan reglamentariamente.

2.  El capítulo V del título VIII del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Illes Balears, regula las características y la concesión de premios y condecoraciones. En concreto, el artículo 130 regula las circunstancias por las cuales se puede otorgar la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Azul; el articulo 137 regula quien puede formular la propuesta de solicitud de concesión del galardón; y el artículo 138 regula el procedimiento ordinario de concesión.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1.  Acordar la concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Azul a los miembros del cuerpo de la policía local de Ciutadella que se indican a continuación:

― Policía José Jover Florit

― Policía Jaume Guardiola Medina

― Policía Alfonso Rodríguez Fernández

― Policía Juan Carlos Muñoz Fernández

― Policía José Pieres Marqués

2.  Notificar esta resolución a los agentes galardonados y al Ayuntamiento de Ciutadella.

3.  Ordenar la inscripción de este acuerdo en el Registro de policías locales en la forma legalmente determinada.

4.  Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y del artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, 3 de junio de 2021

La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad

Mercedes Garrido Rodríguez