Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 222824
Resolución del Director General de Planificación, Ordenación y Centros por la cual se autoriza excepcionalmente para el curso 2021-22 y en todos los niveles educativos, la ocupación de las plazas reservadas para los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo en los centros educativos de las Illes Balears sostenidos con fondos públicos

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. Los últimos años en las Illes Balears se han producido una serie de circunstancias, principalmente a consecuencia de la inmigración, que han propiciado la llegada a los centros educativos de un alumnado muy diverso. Hay que tener en cuenta que una parte de este alumnado presenta necesidades específicas de apoyo educativo (NESE).

Por todo ello, se hace necesario que las Administraciones encargadas hagan un esfuerzo real para conseguir la inclusión efectiva de este colectivo en nuestro sistema educativo.

2. En consecuencia, y para conseguir una escolarización equilibrada, tanto en la normativa estatal como en la autonómica ya se prevé una reserva de plazas para alumnado con NESE, aspecto que favorece la escolarización integradora y el reparto equitativo de este alumnado entre los diversos centros de las Illes Balears.

3. En relación a la normativa autonómica, se prevé una reserva de un mínimo de 4 plazas y un máximo de 5 para el primer curso del segundo ciclo de educación infantil (4o de Educación Infantil), una de las cuales puede ser ocupada por alumnos con necesidades educativas especiales (NEE). Esta reserva será como mínimo de 5 plazas y como máximo de 7 en el resto de niveles educativos.

A pesar de los anteriores argumentos, cabe decir que la naturaleza de los centros educativos en las Illes Balears es diversa y no en todos ellos es efectivo ni necesario aplicar la reserva de plazas antes referida.

Por otra parte, cabe destacar que muchos municipios no disponen de los recursos humanos necesarios para poder hacer un primer diagnóstico de alumnado con NESE que se incorporará el próximo curso 2021-2022 en el nivel de 4o de Educación Infantil.

En estos casos la reserva de plazas, en principio pensada para el reparto equitativo de alumnado, se convierte en un obstáculo para un buen número de centros que ven como estas plazas reservadas para NESE no se ocupan y, al mismo tiempo, no se pueden ofrecer a alumnado ordinario, una parte del cual se queda temporalmente sin plaza escolar por este motivo.

4. Por todo esto, muchos de los centros afectados han solicitado poder ofrecer al alumnado ordinario estas plazas reservadas para alumnado con NESE antes de la finalización del período de reserva de plazas, con la finalidad de agilizar el proceso de escolarización y facilitar los trámites a las familias.

Fundamentos de derecho

1. Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

2. Decreto 64/2019, de 2 de agosto, por el cual se establece el régimen de admisión de alumnos en los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears: art. 5.3, Disposición transitoria primera.

3. Orden del Consejero de Educación y Universidad de 7 de abril de 2016 que regula el proceso de adscripción, admisión y matriculación de alumnos en los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos en los niveles de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y educación especial de las Illes Balears: art. 3.

4. Resolución del Director General de Planificación, Ordenación y Centros de 16 de marzo de 2021 por la cual se despliegan determinados aspectos para el curso escolar 2021-22 respecto a los procesos de adscripción, admisión y matriculación de alumnos en los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos en los niveles de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y educación especial en las Illes Balears: Anexo 1, punto Cuarto.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar, excepcionalmente para el curso académico 2021-22, la ocupación de las plazas reservadas para alumnado con NESE que queden vacantes en todos los niveles educativos, por parte de alumnado ordinario, en el momento en que se formalicen las listas definitivas del proceso de admisión en los centros educativos de las Illes Balears.

2. Mantener la reserva de plazas para los alumnos del nivel de 4o de Educación Infantil con NESE prevista en el artículo 3.1 de la Orden del Consejero de Educación y Universidad de 7 de abril de 2016 que regula el proceso de adscripción, admisión y matriculación de alumnos en los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos en los niveles de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y educación especial de las Illes Balears para los centros educativos de los municipios siguientes: Inca, Porreres, Sa Pobla, Manacor (localidad), Porto Cristo, Alcudia, Felanitx (localidad) y Muro, debido a que en estos municipios se han podido determinar las necesidades específicas de apoyo educativo de alumnado que deberá incorporarse en el curso 2021-22 en el nivel de 4o de Educación Infantil.

En el caso concreto de Alcudia, esta reserva solo será de 2 plazas de alumnado con NESE por grupo.

3.  Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la cual será de aplicación en el mismo momento de su publicación.

 Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Palma, 2 de junio de 2021

El director general de Planificación, Ordenación y Centros Antonio Morante Milla