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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 219950
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 17 de mayo de 2021, relativo a la convocatoria de ayudas del Consejo Insular de Menorca a las familias para financiar la participación en actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que se lleven a cabo en Menorca (Exp. 5225-2021-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 567425

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/567425):

Primero. Beneficiarios

Pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas con hijos de entre 3 y 17 años, ambos inclusive, que realicen actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil en Menorca el verano de este año.

La unidad familiar debe estar empadronada en Menorca como mínimo los 6 meses anteriores a la presentación de la solicitud.

Se han de cumplir los requisitos económicos que figuran en las bases de la convocatoria.

Segundo. Objeto

El objeto de las ayudas es apoyar a las familias en situación de necesidad económica por la participación de sus hijos e hijas en las actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil de Menorca.

Tercero. Bases reguladoras

Esta convocatoria se regirá por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo de día 17.05.2021.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 40.000 € (cuarenta mil euros).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOIB y finalizará el 10 de septiembre de 2021.

Sexto. Otros datos.

Los importes máximos que se pueden subvencionar son:

- 200 € por cada persona menor de edad beneficiaria, con un máximo de 600 € por unidad familiar.

- 100 € por cada mes de participación en una actividad de educación en el tiempo libre (fraccionable proporcionalmente por semanas a razón de 25 € por semana).

Maó, 1 de junio de 2021

Por delegación de la presidenta, El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)