Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, FUNCIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Núm. 217735
Resolución de la consejera de Administraciones Públicas y Modernización por la que se acuerda la concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco a diversos miembros del cuerpo de policía local de Muro
Hechos
1. El día 29 de marzo de 2019, el secretario de Muro emitió el certificado del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de Muro de fecha 25 de marzo de 2019 de la propuesta de solicitud de concesión de la Cruz al Merito Policial con Distintivo Blanco a diversos miembros del cuerpo de policía local de Muro.
2. El día 29 de junio de 2020, el alcalde de Muro emitió el certificado del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Muro de fecha 25 de junio de 2020 de la propuesta de solicitud de concesión de la Cruz al Merito Policial con Distintivo Blanco a diversos miembros del cuerpo de policía local de Muro. Concretamente se solicitó para el subinspector Miquel Serra Marimón, los oficiales Jordi Vallespir Serra y Antonio Carrió Calvo; los policías Rafael Frontera Moll, Francisco José Siquier Martorell, Luís Sánchez Díaz, Felipe Méndez Gómez, Juan Sastre Fornés y Josep Porquer Perelló.
3. El día 2 de julio de 2020, el director general de Emergencias e Interior firmó la Resolución de inicio del procedimiento para la concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco a los policías mencionados en el punto 2. En la misma resolución también nombró al instructor y al secretario.
4. El día 9 de septiembre de 2020 el instructor del procedimiento emitió la propuesta de resolución en base a los siguientes aspectos:
a) Los agentes propuestos para la condecoración han cumplido más de treinta años de servicio policial y no tienen ningún expediente disciplinario en curso o sanción disciplinaria pendiente de cancelar.
b) Según entrevistas con agentes y mandos del cuerpo policial de Muro, destacan la profesionalidad y dedicación de los agentes propuestos para la condecoración.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 52 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, modificado por la Ley 11/2017, de 20 de diciembre, de modificación de la Ley 4/2013, determina la posibilidad de conceder premios y distinciones a los miembros de la policía local de las Illes Balears en los términos que se establezcan reglamentariamente.
2. El capítulo V del título VIII del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Illes Balears, regula las características y la concesión de premios y condecoraciones. En concreto, el artículo 132, regula las circunstancias por las cuales puede otorgarse la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco; el artículo 137, regula quién puede formular la propuesta de solicitud de concesión del galardón; y el artículo 138 regula el procedimiento ordinario de concesión.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Acordar la concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco a los miembros del cuerpo de la policía local de Muro que se indican a continuación:
― Subinspector Miquel Serra Marimón
― Oficial Jordi Vallespir Serra
― Oficial Antonio Carrió Calvo
― Policia Rafael Frontera Moll
― Policia Francisco José Siquier Martorell
― Policia Luís Sánchez Díaz
― Policia Felipe Méndez Gómez
― Policia Juan Sastre Fornés
― Policia Josep Porquer Perelló
2. Notificar esta resolución a los agentes galardonados y al Ayuntamiento de Muro.
3. Ordenar la inscripción de este acuerdo en el Registro de policías locales en la forma legalmente determinada.
4. Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Administraciones Públicas y Modernización en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y del artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, 1 de junio de 2021
La consejera de Administraciones Públicas y Modernización
Isabel Castro Fernández