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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 217198
Resolución del consejero ejecutivo del Departamento de Hacienda, Gestión Económica, Deportes y Juventud de modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Consell Insular d’Eivissa 2020-2022 para incluir una nueva subvención correspondiente al Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino, Sección de Agricultura, Ganadería y Pesca

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Texto

En fecha 7 de febrero de 2020, el Consejo Ejecutivo aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones del Consell Insular d'Eivissa para los años 2020-2021-2022, publicado en el BOIB núm. 20, de 15 de febrero de 2020, y en el acuerdo del Consejo Ejecutivo, concretamente en el apartado tercero, se delegó en la consejera ejecutiva del Departamento de Economía y Hacienda y Desarrollo Empresarial la aprobación de las modificaciones que se puedan producir durante la vigencia del mencionado Plan estratégico.

En fecha 26 de marzo de 2021 el Pleno del Consell Insular d'Eivissa aprobó una modificación de crédito, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, por la cual se contempla en el Presupuesto del Consell Insular d'Eivissa para el año 2021 una subvención nominativa a la Federación de la Pequeña y Mediana Empresa de Ibiza y Formentera (PIMEEF) por importe de 150.000,00 € con cargo a la partida 4100-4890137.

En fecha 25 de mayo de 2021 el presidente del Consell Insular d'Eivissa dictó providencia de incoación para que se lleven a cabo las actuaciones administrativas necesarias para la tramitación de la correspondiente modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Consell Insular d'Eivissa 2020-2022, en lo referente al Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino, Sección de Agricultura, Ganadería y Pesca, en el sentido de incluir la subvención nominativa a la PIMEEF por importe de 150.000,00 €, prevista en el Presupuesto del Consell Insular d'Eivissa para el año 2021.

La Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares establece en su artículo 70.12 como competencia propia del Consell Insular d'Eivissa en el ámbito de la agricultura, la ganadería y la pesca, la calidad, la trazabilidad y las condiciones de los productos agrícolas y ganaderos y de los productos alimentarios que se deriven y, en consecuencia, en virtud de lo que se establece en su artículo 73, su fomento.

Según un estudio realizado por el Gobierno de las Islas Baleares, el abastecimiento del consumo alimentario de Ibiza con producto de la isla se encuentra entre los más bajos de las Baleares, con un 3.7% de media para el conjunto de alimentos y bebidas.

Durante el año 2020 el Consell Insular d'Eivissa realizó actuaciones promocionales dirigidas a fomentar el consumo por parte de la población residente de producto agroalimentario y pesquero local ante la previsible reducción del consumo por parte del sector de Hostelería, Restauración y Cafeterías (HORECA).

La situación de la restauración y de los pequeños y medios comercios de Ibiza se ha visto muy agravada por la crisis generada a raíz de la pandemia de la COVID-19 y es por esto que desde el Consell Insular d'Eivissa, ahora que se flexibilizan las restricciones de cara a la temporada turística del verano 2021, se quiere incentivar el consumo de producto agroalimentario de Ibiza por parte del sector HORECA mediante el apoyo a este sector y colaborar con la Federación de Empresarios de la Pequeña y Mediana Empresa de Ibiza (PIMEEF) para que se lleven a cabo diferentes acciones promocionales a lo largo de la cadena de valor, desde el campo hasta el consumidor final, incluyendo el comercio y la restauración, de los productos agroalimentarios de Ibiza.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones prevé que los órganos de las administraciones públicas o cualquier ente que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, tienen que concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y los efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, que se tienen que supeditar en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

De conformidad con el artículo 10.1 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante, RLGS), los planes estratégicos de subvenciones a los que se refiere el artículo 8 de la Ley General de Subvenciones se configuran como un instrumento de planificación de las políticas públicas que tengan por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.

El artículo 12.3 del RLGS determina que los planes estratégicos de subvenciones tienen carácter programático y que su contenido no crea derechos ni obligaciones; su efectividad queda condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvenciones, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio, esto hace que el plan estratégico no sea un documento rígido y que, por tanto, se pueda modificar.

Vista la propuesta emitida por el jefe de Sección de Agricultura (Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino) en fecha 26 de mayo de 2021.

Por todo lo anterior, dado el Decreto de Presidencia núm. 2019000484, de fecha 16-7-2019, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular d'Eivissa (BOIB núm. 98 EXT., de 17-7-2019; modificaciones en el BOIB núm. 175, de 31-12-2019, BOIB núm. 101, de 4-6-2020 y en el BOIB núm. 153, de 5 de septiembre de 2020) y en relación con el art. 72 del Reglamento Orgánico del Consell Insular d'Eivissa (BOIB núm. 136, de 18 de septiembre de 2010, corrección en BOIB núm. 148, de 14 de octubre de 2010, modificación en BOIB núm. 48, de 16 de abril de 2016), el consejero ejecutivo del Departamento de Hacienda, Gestión Económica, Deportes y Juventud, en virtud de las competencias que tengo atribuidas,

RESUELVO

PRIMERO.- Aprobar la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Consell Insular d'Eivissa para los años 2020, 2021 y 2022, en el sentido de incluir la siguiente línea de acción:

DEPARTAMENTO: Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino

SECCIÓN: Sección de Agricultura, Ganadería y Pesca

Línea de acción (nombre de la acción)

Promoción de los productos agroalimentarios de Ibiza a través de la gastronomía. Nominativa a la Federación de la Pequeña y Mediana Empresa de Ibiza y Formentera (PIMEEF)

Forma de otorgamiento (concurrencia competitiva o subvención directa)

Subvención directa

Objetivos estratégicos (que se pretende conseguir con la subvención que se propone)

1/ Aumentar la producción primaria de Ibiza y su consumo de acuerdo con las prioridades de los sectores profesionales y de las indicaciones del Consell Insular d'Eivissa.

2/ Aumentar el número de restaurantes acogidos al distintivo Sabors d'Eivissa.

3/ Aumentar el valor añadido de la cadena alimentaria de los productos de Ibiza, fomentando los vínculos profesionales entre los diferentes sectores.

4/ La diferenciación y proyección de la gastronomía de Ibiza basada en el producto local con una estrategia conjunta y la participación de los sectores profesionales.

5/ La colaboración entre los sectores para difundir los conocimientos y la mejora de productos.

6/ La formación y difusión al consumidor y al profesional en relación con los productos y la gastronomía, con una orientación a la salud y la sostenibilidad.

Destinatarios (beneficiarios o entidades colaboradoras)

Federación de la Pequeña y Mediana Empresa de Ibiza y Formentera (PIMEEF)

Efectos a conseguir con el otorgamiento de la subvención

Convertir Sabors d'Eivissa en el referente de la gastronomía de Ibiza con producto local a través de la articulación de la cadena de valor del ciclo del producto, desde el origen, la elaboración, la comercialización, la restauración hasta el consumidor sobre la base de:

-Productos locales de calidad, auténticos y diferenciados.

-La participación colaborativa de los sectores profesionales y la implicación del sector público.

-La promoción coordinada bajo el sello Sabors d'Eivissa como club de producto, de elaboradores y de restauradores, y convertirlo en el referente de la gastronomía de Ibiza.

-La recuperación y promoción de la cultura gastronómica tradicional, creativa e innovadora, basada en la dieta y estilo de vida mediterráneos.

Indicadores de evaluación (indique los indicadores de referencia para la subvención que se prevé o aquellos otros que no se han previsto en esta tabla y que considere que tienen que ser tenidos en cuenta)

% cumplimiento de la actividad de acuerdo con la memoria

% ejecutado en relación con el presupuesto presentado

% justificado en relación con el importe concedido

 

Aplicación presupuestaria

4100-4890137

Coste previsible

150.000,00 € anuales

Financiación (fondos propios del CIE o también fondos externos)

Fondos propios

Compatibilidad o incompatibilidad

Compatibilidad

SEGUNDO.- Publicar esta modificación del Plan Estratégico de Subvenciones en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

TERCERO.- Dar cuenta de la resolución al primer Consejo Ejecutivo que se celebre.

 

Ibiza, 1 de junio de 2021

La TAG del Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino

M.ª José Cardona Muñoz