Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA
Núm. 216905
Convocatoria y bases reguladoras del procedimiento de concesión por concurrencia competitiva de subvenciones destinadas a empresas del municipio de Algaida para proteger la actividad económica local del impacto de Covid-19
Se hace constar que la alcaldesa del Ayuntamiento de Algaida ha acordado mediante Decreto el siguiente acuerdo:
“Dado que se ha detectado una carencia de regulación de algunos supuestos previstos a la convocatoria para la concesión de subvenciones por procedimiento de concurrencia competitiva en materia de promoción económica y local y para promover que todo el tejido empresarial del municipio se pueda beneficiar de estas, y en conformidad con el artículo 21.1.f) y s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVO
PRIMERO. Aprobar la convocatoria para la concesión de subvenciones por procedimiento de concurrencia competitiva en materia de promoción económica y local, con el texto modificado que figura adjunto a la presente Resolución
SEGUNDO. Conceder un nuevo plazo de 15 días hábiles para la presentación de solicitudes contadores desde la publicación de la presente resolución al Boletín Oficial de las Islas Baleares.
TERCERO. Advertir a las personas y entidades beneficiarias que hayan presentado solicitudes en el plazo concedido en la convocatoria anterior de la innecesariedad de presentar nuevamente la documentación, en conformidad con el previsto en el artículo 39 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
CUARTO. Publicar la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares así como a la sede electrónica del Ayuntamiento de Algaida”.
Algaida, 1 de junio de 2021
La alcaldesa Maria Antònia Mulet Vich
BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN POR CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A EMPRESAS DEL MUNICIPIO DE ALGAIDA PARA PROTEGER LA ACTIVIDAD ECONÓMICA LOCAL DEL IMPACTO DE LA COVID-19
1.- Objeto y finalidad
1.1 El objeto de la presente convocatoria es otorgar ayudas destinadas a preservar la actividad económica del municipio de Algaida de los efectos adversos que haya podido originar la situación derivada de las medidas adoptadas para contener la difusión de la COVID-19.
En concreto, establece el procedimiento para la concesión de ayudas con destino a sufragar gastos en qué hayan incurrido los sujetos que puedan adquirir la condición de personas beneficiarias, siempre que los mismos estén orientados a promover la estabilidad y perdurabilidad de la empresa, así como la continuidad de los productos y servicios que preste (o la mejora de los mismos), o su posible diversificación por canales alternativos a los tradicionales.
1.2 La finalidad de estas subvenciones es ayudar a los empresarios del municipio de Algaida a afrontar los efectos económicos adversos derivados de la COVID-19 que hayan podido sufrir. La crisis sanitaria provocada por el brote de COVID-19 se está transmitiendo a la economía y a la sociedad, afectando tanto a la actividad productiva como la demanda y al bienestar de los ciudadanos.
Es por eso que este Ayuntamiento, en este contexto, tiene como prioridad absoluta en materia económica proteger, preservar y apoyar al tejido productivo y social para minimizar el impacto y conseguir que se produzca lo antes posible una normalización en la actividad económica local. Por eso se ha dotado un fondo para la prestación de estas subvenciones.
1.3 De acuerdo con lo previsto en el artículo 29.2.t) de la Ley 20/2006 Municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares, en relación con el artículo 25.1. y 5 de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local y el artículo 32 del Decreto Ley 8/2020, el Ayuntamiento puede otorgar las presentes subvenciones como medida de fomento que coadyuve a la recuperación económica.
2.- Personas beneficiarias, requisitos de las personas solicitantes, líneas y supuestos
2.1 Podrán ser beneficiarias de la subvención las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que sean titulares de cualquier negocio la actividad del cual se haya visto afectada por las medidas adoptadas para contener la difusión de la COVID-19.
2.2 Las personas o entidades interesadas en esta subvención tendrán que cumplir los requisitos siguientes:
2.3 Líneas
LÍNEA |
% Reducción facturación |
1 |
75% – 100% |
2 |
75% – 50 % |
3 |
50% – 25 % |
4 |
Inicio de actividad durante el estado de alarma o cualquier otro solicitante que no entre dentro de ninguna otra de las líneas planteadas, siempre y cuando hayan visto reducida su facturación. |
2.4 Supuestos
SUPUESTO |
COMPARATIVA modelo 130, 131 o 303 (según el caso) |
Líneas |
1 |
1rTRI 2019 – 1rTRI 2021 |
1, 2, 3, 4 |
Descripción: empresas que estaban dadas de alta durante todo el primer trimestre de 2019 |
||
2 |
1rTRI 2020 – 1rTRI 2021 |
1, 2, 3, 4 |
Descripción: empreses que no que estaban dadas de alta durante todo el primer trimestre de 2019, y sí durante todo el primer trimestre de 2020 |
||
3 |
Inicio actividad en el 2nTRI 2020 o posterior (no hay comparativa entre modelos de 2019 i 2021) |
4 |
Descripción: empresas que han iniciado su actividad en el segundo trimestre de 2020 o posterior |
Para aquellas empresas la actividad de las cuales se encuentra suspendida durante el primer trimestre del año, puesto que es lleva a cabo dentro de la temporada de verano, la comparativa de los modelos correspondientes es llevará a cabo teniendo en consideración el tercer trimestre de los años que correspondan según el supuesto.
Para aquellos solicitantes que realizan una actividad exenta de IVA en virtud de los artículos 20 a 26 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, y no están obligados a presentar el modelo 303 trimestralmente, se exigirá el modelo 130 relativo a los trimestres que correspondan en función del supuesto en el cual es encuentren englobados. En caso de que tampoco estén obligados a presentar este último modelo, se tendrá que presentar copia del listado de factures emitidas relativas a los trimestres que correspondan en función del supuesto en el cual es encuentren englobados, junto con una declaración jurada donde el solicitante exponga que los datos declarados son ciertas.
Parar aquellos solicitantes que apliquen el régimen de estimación objetiva (tributación por módulos), se exigirá el modelo 131 relativo a los trimestres que correspondan en función del supuesto en el cual es encuentren englobados.
3.- Gastos subvencionables
3.1 Las personas beneficiarias podrán optar a esta ayuda, que subvencionará los gastos siguientes:
- Gastos en concepto de arrendamiento del local comercial. Tendrá que ser un establecimiento fijo de titularidad privada, con acceso directo e independiente desde la calle. El contrato de arrendamiento tendrá que estar a nombre del solicitante de la subvención, y ser anterior a la declaración del estado de alarma.
- Gastos corrientes destinados al desarrollo, mejora o mantenimiento de la actividad:
3.2 Los gastos anteriores habrán, de manera indudable, de responder a la naturaleza y objeto de la actividad subvencionada, y haberse abonado efectivamente previamente a la solicitud de subvención hecha por el beneficiario.
4.- Periodo subvencionable, crédito presupuestario e importes máximos por línea
4.1 El periodo subvencionable será lo comprendido entre el 14 de marzo de 2020 (declaración del estado de alarma) y el día anterior a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
4.2 El Crédito presupuestario total máximo por la subvención es de 101.450,00 euros, que figura consignado en la partida presupuestaria 2021/01/433/47900.
En caso de que el total de ayudas supere la consignación presupuestaria, se reducirán proporcionalmente las cantidades concedidas.
En caso de que exista crédito sobrante en alguna de las líneas, este pasará a la inmediatamente siguiente, siguiendo la orden de prelación de las líneas, entendiendo que se tiene que dar cobertura con carácter prioritario a la línea 1, por su condición de beneficiarios con más reducción de facturación.
LÍNEA |
% Reducción facturació |
Importe máximo por solicitante |
Importe máximo por línea |
1 |
75% – 100% |
1.000,00 € |
50.362,50 € |
2 |
75% – 50 % |
750,00 € |
30.362,50 € |
3 |
50% – 25 % |
500,00 € |
15.362,50 € |
4 |
Inicio actividad durante el estado de alarma |
400,00 € |
5.362,50 € |
La presente subvención se encuentra financiada por el Ayuntamiento de Algaida (20.500,60 euros), por la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (40.474,70 euros) y por el Consejo Insular de Mallorca (40.474,70 euros).
5.- Plazo y forma de presentación de las solicitudes
5.1 El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de las presentes bases y convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y a la página web municipal.
Los modelos normalizados, así como las bases y el resto de documentación asociada al expediente, estarán disponibles en la página web del Ayuntamiento de Algaida.
5.2 Solo se atenderá una solicitud por empresa (persona física o jurídica) y actividad económica afectada, independientemente de que realicen más de una actividad económica.
5.3 Las solicitudes se formalizarán por escrito en modelo normalizado de solicitud que se acompaña como Anexo 1, dirigidas a la Alcaldía- Presidencia e irán acompañadas de la documentación indicada en la base siguiente.
Las solicitudes podrán ser presentadas de forma presencial en el Registro General de las Oficinas Municipales o bien utilizando cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.- Documentación a acompañar a la solicitud
6.1 Documentación relativa al solicitante
6.2 Documentación relativa a la actividad económica
SUPUESTO |
Modelo 130, 131 o 303 |
1 |
1rTRI 2019 i 1rTRI 2021 |
2 |
1rTRI 2020 i 1rTRI 2021 |
3 |
1rTRI 2021 |
7.- Procedimiento, resolución y pago de la subvención
7.1 El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, según el establecido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
La gestión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en lo agasajo de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
7.2 El órgano competente para resolver el procedimiento es la Alcaldesa del Ayuntamiento de Algaida, que tendrá que dictar y notificar a los interesados la resolución del procedimiento en el plazo máximo de tres meses contadores desde la publicación de la presente convocatoria al Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Los actos de trámite del presente procedimiento, así como la resolución de este, se publicarán en la sede electrónica del Ayuntamiento de Algaida (http://ajalgaida.sedelectronica.es).
En caso de ser necesario, se requerirá a los solicitantes porque aporten cuánta documentación e información complementaria se estime oportuna para fundamentar su derecho, así como porque se proceda a la enmienda de los defectos apreciados en la solicitud, en el plazo de diez días hábiles. También podrá realizar de oficio cuántas actuaciones estime necesarias y convenientes para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos que figuren en las solicitudes.
7.3 El pago de estas subvenciones se realizará en un pago único a cada beneficiario por la totalidad del importe concedido, mediante transferencia bancaria, a partir de la fecha de la resolución de concesión.
8.- Tratamiento de datos de carácter personal
En conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales el responsable del tratamiento de sus datos será Ayuntamiento de Algaida (CIF: P0700400E, C/ del Rey, 6 – 07210 Algaida, Islas Baleares), único destinatario de la información aportada voluntariamente.
Los interesados podrán ejercer sus derechos por correo postal, adjuntando una fotocopia del DNI o documento equivalente, dirigido al Ayuntamiento de Algaida, Calle del Rey, 6, 07210 Algaida, Islas Baleares; presencialmente, mediante escrito presentado en el Registro General del Ayuntamiento de Algaida, o a través de cualquier de los medios establecidos en el arte. 16.4 de la Ley 39/2015.
9.- Legislación supletoria e interpretación de las bases
En todo aquello no previsto en las presentes bases regirá lo dispuesto en el Reglamento de la Ley General de Subvenciones (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio).
Igualmente, le serán aplicables los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el resto de disposiciones legales y reglamentarias que sean de aplicación.
Para todas aquellas cuestiones no contempladas en las presentes Bases, y la interpretación de las dudas que puedan surgir en su aplicación, será competente el órgano con facultades para aprobar las mismas, que queda autorizado para dictar aquellos actos que sean precisos para su desarrollo.
ANEJO I SOLICITUD
DATOS DE LA PERSONA INTERESADA
Nombre y Apellidos ______________________________________________________________________________________________
DNI ___________________________ Dirección ______________________________________________________________________
Localidad ____________ CP_____ Teléfono ____________ Correo electrónico: ______________________________________________
DATOS DE LA PERSONA REPRESENTANTE
Nombre y Apellidos ______________________________________________________________________________________________
DNI ___________________________ Dirección ______________________________________________________________________
Localidad ____________ CP_____ Teléfono ____________ Correo electrónico: ______________________________________________
EXPONE
1.- Que ha tenido constancia que se han publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y a la página web municipal del Ayuntamiento de Algaida las bases reguladoras y la convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a empresas del municipio de Algaida para proteger la actividad económica local del impacto económico de la COVID-19.
2.- Que es titular de una actividad económica ubicada y con actividad en el municipio de Algaida, y que esta actividad se ha visto afectada por las medidas adoptadas para contener la propagación de la COVID-19.
3.- Que reúne todos los requisitos establecidos en estas bases para ser beneficiario de una subvención por los importes indicados segundos línea y supuesto.
4.- Que la solicitud se enmarca en la línea y supuesto siguientes y se ha asumido la reducción de facturación indicada:
Línea |
Supuesto |
% Reducción facturación |
|
|
_______________% |
SOLICITA
Previos los trámites oportunos, se me conceda la mencionada subvención para el establecimiento o centro de trabajo _____________________________________ ubicado en ___________________________________________.
SE ADJUNTA DOCUMENTACIÓN
Documentación relativa al solicitante
Documentación relativa a la actividad económica
SUPUESTO |
Modelo 130, 131 o 303 |
1 |
|
2 |
|
3 |
|
Algaida, a _____ de _____________ de 2021
Firma
ILMA. SRA. ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA
Sus datos personales serán usadas para nuestra relación y poder prestarle nuestros servicios. Estos datos son necesarios para poder relacionarnos con usted, lo cual nos permite el uso de su información dentro de la legalidad. Así mismo, podrán tener conocimiento del su información aquellas entidades que necesiten tener acceso a la misma porque podamos prestarle nuestros servicios. Conservaremos sus datos durante nuestra relación y mientras nos obliguen las leyes aplicables. En cualquier momento puede dirigirse a nosotros para saber qué información tenemos sobre usted, rectificarla si fuera incorrecta y eliminarla una vez finalizada nuestra relación. También tiene derecho a sol•licitar el traspaso de su información a otra entidad (portabilidad). Por sol•licitar algún de estos derechos, tendrá que realizar una suele•licitud escrita a nuestra dirección, junto con una fotocopia de su DNI: AYUNTAMIENTO De ALGAIDA, CALLE DEL REY 6, CP 07120, ALGAIDA (Islas Baleares). En caso de que entienda que sus derechos han sido desatendidos, puede formular una reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es).
ANEJO 2 DECLARACIÓN RESPONSABLE
DATOS DE LA PERSONA INTERESADA
El Sr./Sra. ______________________________________________________, con DNI ____________________, en representación de _______________________________________________________________________, bajo mi responsabilidad, para que el órgano concedente de la subvención tenga conocimiento,
DECLARO
Algaida, a _____ de _________ de 2021
Firma
ILMA. SRA. ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA
Sus datos personales serán usados para nuestra relación y poder prestarle nuestros servicios. Estos datos son necesarios para poder relacionarnos con usted, lo que nos permite el uso de su información dentro de la legalidad. Asimismo, podrán tener conocimiento del su información aquellas entidades que necesiten tener acceso a la misma para que podamos prestarle nuestros servicios. Conservaremos sus datos durante nuestra relación y mientras nos obliguen las leyes aplicables. En cualquier momento puede dirigirse a nosotros para saber qué información tenemos sobre usted, rectificarla si fuera incorrecta y eliminarla una vez finalizada nuestra relación. También tiene derecho a solicitar el traspaso de su información a otra entidad (portabilidad). Para solicitar alguno de estos derechos, deberá realizar una solicitud escrita a nuestra dirección, junto con una fotocopia de su DNI: AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA, CALLE DEL REY 6, CP 07120, ALGAIDA (Islas Baleares). En caso de que entienda que sus derechos han sido desatendidos, puede formular una reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es)
ANEJO 3 COMUNICACIÓN DE CUENTA BANCARIA
SOLICITANTE |
Núm. DNI/NIE |
|
|
|
|
DomiciliO social (calle, número, piso puerta) |
Municipio |
|
|
|
|
Código Postal |
Población |
Teléfono |
|
|
|
Teléfono móvil |
|
Dirección electrónica |
|
|
|
REPRESENTADO/ADA POR (padre, madre o tutor/a) |
||
Apellidos y nombre |
Núm. DNI/NIE/Pasaporte |
|
|
|
|
Dirección (calle, número, piso puerta) |
Municipio |
|
|
|
|
Código Postal |
Población |
Teléfono |
|
|
|
Teléfono móvil |
|
Dirección electrónica |
|
|
|
Comunica al Ayuntamiento, a efecto de los pagos que deba recibir los siguientes DATOS BANCARIOS
Entidad |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
IBAN ENTIDAD OFICINA DC NÚMERO DE CUENTA
Firma
Diligencia de conformidad de la Entidad Bancaria :
Los datos anteriores coinciden con los que constan en esta oficina
Firmado:
(Fecha, Firma y Sello)
Sus datos personales serán usados para nuestra relación y poder prestarle nuestros servicios. Estos datos son necesarios para poder relacionarnos con usted, lo que nos permite el uso de su información dentro de la legalidad. Asimismo, podrán tener conocimiento del su información aquellas entidades que necesiten tener acceso a la misma para que podamos prestarle nuestros servicios. Conservaremos sus datos durante nuestra relación y mientras nos obliguen las leyes aplicables. En cualquier momento puede dirigirse a nosotros para saber qué información tenemos sobre usted, rectificarla si fuera incorrecta y eliminarla una vez finalizada nuestra relación. También tiene derecho a solicitar el traspaso de su información a otra entidad (portabilidad). Para solicitar alguno de estos derechos, deberá realizar una solicitud escrita a nuestra dirección, junto con una fotocopia de su DNI: AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA, CALLE DEL REY 6, CP 07120, ALGAIDA (Islas Baleares). En caso de que entienda que sus derechos han sido desatendidos, puede formular una reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es)