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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 216173
Regulación del acceso de vehículos a la finca sa tanca d’allà dins (Formentera), del 1 de junio al 15 de octubre de 2021

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace público que el Pleno del Consell Insular de Formentera en la sesión de día 28 de mayo de 2021, ha adoptado el siguiente acuerdo:

3.1.5.- PRP 2021/463. PROPUESTA DE REGULACIÓN DEL ACCESO DE VEHÍCULOS A LA FINCA SA TANCA D'ALLÀ DINS, DEL 1 DE JUNIO AL 15 DE OCTUBRE DE 2021.

...

Sometido a votación de los 16 miembros presentes (de los 17 que forman el Pleno de la corporación), por más de la mayoría absoluta, con la sigüiente composición y votación: el voto a favor de los 6 representantes del grupo político Gent x Formentera y de los 4 representantes presentes del grupo político PSIB-PSOE (que forman el equipo de Gobierno), y la abstención de los 6 representantes del grupo político Sa Unió de Formentera PP-Compromís, adopta, sobre la base de la propuesta transcrita, el següiente

ACUERDO

JUSTIFICACIÓN (PARTE EXPOSITIVA).- 

REGULACIÓN DE ACCESO DE VEHÍCULOS A LA FINCA “SA TANCA D'ALLÀ DINS”, PRESENTADA POR EL SR. RAFAEL GONZÁLEZ RIBAS, CONSELLER DE MOVILIDAD Y TERRITORIO DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA.

En los últimos años, el número de visitantes a la zona des Cap de Barbaria durante la temporada estival se ha incrementado notablemente habiendo llegado a generar graves problemas de aglomeración en la carretera de acceso -PMV-820.1- que llevaban aparejados, además de la deterioro medioambiental de la zona como consecuencia del impacto, alteraciones de la seguridad y del orden público.

En este sentido se pronunció el informe del Jefe de la Policia Local, de 11 de mayo de 2017, que puso de manifesto los constantes bloqueos circulatorios y las frecuentes aglomeraciones de personas en la zona. Se adjunta como ANNEXO I (consta en el expediente administrativo de la administración).

En la misma línia, señalaba el informe del técnico de Medio Ambiente de fecha 12 de mayo de 2017, que se estaba sufriendo una deterioración acelerada de la zona, que hacía necesaria la intervención de manera inmediata por parte de la Administración, proponiendo, entre otras cuestiones, la aprobación de un plan de movilidad sostenible para la zona que incluyera medidas como la restricción del número de vehículos que pudieran acceder libremente en este espacio para minimizar los impactos provocados por esta situación. Se adjunta este informe como ANEXO II (consta en el expediente administrativo de la administración)

Así mismo, el Consell Insular de Formentera encargó un estudio técnico que contemplaba las posibles soluciones para la regulación del acceso de vehículos en la zona en cuestión con la finalidad de asegurar un estado adecuado de conservación del entorno dadas sus especiales características y sus valores medioambientales, paisagístico, turístico y patrimonial. Se adjunta como ANEXO III (consta en el expediente administrativo de la administración) el referido estudio elaborado por el estudio de ingenieria GRUSAMAR, de fecha 12 de mayo de 2017.

En base a todo esto, en 2017, 2018, 2019 i 2020 se aprobaron por Comisión de Gobierno los correspondientes Acuerdos relativos a la regulación y limitación de la circulación de vehículos en la finca Sa Tanca d'Allà Dins que supusieron fundamentalmente la prohibición del acceso de vehículos a motor entre los días 1 de julio y 15 de septiembre de 2017, entre los días 25 de junio y 30 de septiembre de 2018, entre los días 15 de mayo y 15 de octubre de 2019 y entre los días 4 de julio y 15 de octubre de 2020, mediante la instalación de una barrera en el P.Q. 6,5 de la carretera PMV-820.1, el establecimiento de dos zonas de aparcamiento en la entrada con capacidad para 60 coches y 100 motocicletas y la implantación de un servicio de atención al visitante en horario de máxima afluencia (de 11 a 13 h y de 18 a 22 h) permitiendo dentro de este horario el acceso de personas con movilidad reducida. 

Según los conteos y observaciones realizadas desde el área de Movilidad del Consell Insular de Formentera, la capacidad de la zona de estacionamiento no se vio superada en los cuatro periodos en que se ha aplicado la regulación.

En sesión del Pleno del Consell Insular de Formentera de fecha 21 de diciembre de 2018 se adoptó el acuerdo de aprobar definitivamente el Plan de Movilidad Sostenible de Formentera. El Plan de Movilidad Sostenible incluye como una de las propuestas (propuesta 3.2.2. Regular el acceso a Es Cap de Barbaria) la regulación del acceso a Sa Tanca d'Allà Dins así como se realizó en los años 2017 y 2018.

De la misma manera, la Ley 7/2019, de 8 de febrero, para la sostenibilidad medioambiental y económica de la isla de Formentera, establece en su artículo 9, que el Pleno del Consell Insular podrá acordar la posibilidad de limitar temporalmente la afluencia de vehículos a motor en vías públicas o espacios determinados con valores naturales, patrimoniales o paisagísticos.

Atendita finalmente la siguiente normativa aprobada por el Govern de les Illes Balears, en la lucha contra la COVID-19, debidamente actualizada a fecha de hoy:

  • Decreto Ley 5/2021, de 7 de mayo, por el cual se modifican la Ley 16/2010, de 28 de diciembre, de salud pública de las Illes Balears, y el Decreto Ley 11/2020, de 10 de julio, por el que se establece un régimen sancionador específico para hacer frente a los incumplimientos de las disposiciones dictadas para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19 (BOIB núm. 60, de 8 de mayo de 2021).
  • Acuerdo del Consell de Govern de 17 de mayo de 2021, por el que se prorrogan y modifican las medidas excepcionales establecidas mediante el Acuerdo del Consell de Govern de 5 de mayo de 2021 para prevenir y contener la pandemia ocasionada por la COVID-19 durante el mes de mayo de 2021 (BOIB núm. 67, de 22 de mayo de 2021).
  • Acuerdo del Consell de Govern de 21 de mayo de 2021, por el que se establecen los niveles de alerta sanitaria que se han de aplicar en cada una de las islas, se modifica puntualmente el Acuerdo del Consell de Govern de 7 de mayo de 2021, por el que se aprobó el nuevo Plan de Medidas de Prevención, Contención y Coordinación para Hacer Frente a la Crisis Sanitaria Ocasionada por la COVID-19 y se establecen medidas excepcionales de prevención del contagio de la COVID-19 aplicables temporalmente en las islas (BOIB núm. 67, de 22 de mayo de 2021).

PARTE RESOLUTIVA.-

PRIMERO.- Señalizar, en el acceso a la finca Sa Tanca d'Allà Dins, que la carretera no tiene salida y que se prohíbe la circulación de vehículos a motor del 1 de junio al 15 de octubre de 2021. Únicamente ese permitirá el acceso de vehículos para personas con movilidad reducida, a la Agencia Balear del Agua (ABAQUA) o personas autorizadas para esta entitat, como propietaria de la finca, a la Autoridad Portuaria de Baleares (APB) o personas autorizadas por esta entitad, como propietaria del recinto del faro, a todos los vehículos de los organismos oficiales que dentro este espacio puedan ejercer tareas de mantenimiento, limpieza, salvamento, seguridad, emergencias, protección civil y aquellos vehículos que expresamente autorice el Consell insular de Formentera.

SEGUNDO.- Cortar la carretera mediante un dispositivo de control, que permita el acceso a los peatones y el paso de bicicletas del 1 de junio al 15 de octubre de 2021, teniendo que indicarse con señalización vertical la prohibición del paso de vehículos a motor.

TERCERO.- Mantener las dos zonas anexas a la carretera como zonas de estacionamiento para turismos y motocicletas y habilitar un vial que garantice la entrada y salida en condiciones de seguridad.

CUARTO.- Delimitar en la zona de estacionamiento actual al lado del faro, plazas para los diferentes tipos de vehículos a motor con acceso permitido (vehículos de emergencia y discapacidades) y aparca-bicicletas.

QUINTO.- Dar traslado a los organismos que pudieran verse afectados por el contenido del presente acuerdo.

SEXTO.- Publicar el presente acuerdo en el BOIB y en la web del Consell Insular, para general conocimiento.

Lo cual se hace pública, para general conocimiento y en ejecución del artículo 9 de la Ley 7/2019, de 8 de febrero, para la sostenibilidad medioambiental y económica de la isla de Formentera.

 

Formentera, 31 de mayo de 2021

La presidenta del Consell Insular Alejandra Ferrer Kirschbaum.