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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE FERRERIES

Núm. 215059
Bases y convocatoria que rigen la concesión de ayudas económicas para fomentar la reactivación del desarrollo económico local y la promoción turística del municipio de Ferreries para minimizar el impacto de la crisis económica provocada por COVID-19

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Texto

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/567137)

PRIMERO. Aprobar las bases y la convocatoria, adjuntas, que regirán la concesión de ayudas económicas para fomentar la reactivación del desarrollo económico local y la promoción turística del municipio de Ferreries, con el objetivo de minimizar el impacto de la crisis económica provocada por la COVID-19, por un importe de 115.340'19 euros con cargo a la partida 430.47900, esta cuantía total tiene carácter estimado, ya que está condicionada al número total de empresas que soliciten la ayuda.

SEGUNDO. Destinar el posible remanente de la convocatoria a nuevas medidas de fomento y desarrollo del comercio local.

TERCER. Registrar la información a incluir en la BDNS por los medios electrónicos que esta proporcione, acompañada del texto de la convocatoria y de su extracto. Después de registrar la información, la BDNS pondrá el extracto de la convocatoria a disposición del BOIB para su publicación. En la publicación del extracto deberá constar el código de identificación que haya asignado la BDNS a la convocatoria.

La eficacia de la convocatoria se producirá con la publicación del extracto en el BOIB.

BASES Y CONVOCATORIA QUE RIGEN LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA FOMENTAR LA REACTIVACIÓN DEL DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL Y LA PROMOCIÓN TURÍSTICA DEL MUNICIPIO DE FERRERIES PARA MINIMIZAR EL IMPACTO DE LA CRISIS ECONÓMICA PROVOCADA POR COVID-19

1. OBJETO Y FINALIDAD

El objeto de estas bases es la regulación de la convocatoria para la concesión de ayudas económicas a personas titulares de un negocio afectados económicamente por la situación de crisis ocasionada por la COVID-19.

Las medidas adoptadas por las diferentes administraciones competentes en materia sanitaria y las restricciones obligatorias para diferentes sectores económicos de la isla de Menorca han producido un agravio económico muy negativo, del que todavía se derivan sus efectos, con una disminución drástica de los ingresos de estos negocios, lo que ha implicado una caída del empleo en Menorca sin precedentes.

El Ayuntamiento de Ferreries pretende fomentar el desarrollo económico local y la promoción turística del municipio de Ferreries, de acuerdo con las competencias atribuidas al art. 29.1.t) de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, con el fin de aumentar la productividad y competitividad de los comercios.

La finalidad de estas ayudas es aportar recursos económicos a las personas titulares de negocios, otorgando liquidez a las empresas del pueblo para contribuir a facilitar el cumplimiento de sus obligaciones empresariales, el mantenimiento de la actividad y empleo; y amortiguar la reducción drástica de ingresos. De esta forma se pretende contribuir al mantenimiento, reactivación y consolidación del tejido comercial y empresarial de Ferreries.

Se pretende proteger el interés general de la ciudadanía de Ferreries, dando apoyo a las personas autónomas, microempresa y pequeña empresa, para minimizar el impacto de la crisis económica provocada por la COVID-19 y conseguir que, una vez finalizada la alarma sanitaria, se produzca lo antes posible una reactivación de la economía de nuestro municipio, actuando directamente sobre las personas físicas y jurídicas más afectadas.

2. BENEFICIARIOS

Podrán solicitar la ayuda económica las personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes con alguna de las actividades incluidas en los epígrafes del IAE enumerados en la base tercera en cualquiera de las formas reconocidas, y que a consecuencia, en cumplimiento de lo que establece el Real decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por SARSCoV-2 y la normativa de desarrollo efectuada por la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, han visto reducida significativamente su facturación a partir del 1 de marzo de 2020 y que en la fecha de presentación de la solicitud de esta convocatoria de ayudas continúan ejerciendo su actividad.

3. REQUISITOS PARA SOLICITAR LA AYUDA

Podrán solicitar la ayuda las personas físicas y jurídicas que reúnan los siguientes requisitos:

1. Tener domicilio social y fiscal en Ferreries o domicilio social y fiscal en Menorca y establecimiento en Ferreries.

2. Figurar de alta en el IAE, anual o temporal, en alguno de los epígrafes (ejercicios 2020 y 2021):

Actividades empresariales:

1. Epígrafe 425.1. Elaboración y crianza de vinos.

2. Epígrafe 428.2. Fabricación de aguas gaseosas y otras bebidas no alcohólicas.

3. Grupo 452. Fabricación de calzado de artesanía y a medida (incluido el calzado ortopédico).

4. Grupo 474. Artes gráficas impresión gráfica.

5. Epígrafe 491.1. Joyería.

6. Epígrafe 491.2. Bisutería.

7. Epígrafe 644.6. Comercio al por menor de masas fritas, con o sin coberturas o rellenos, patatas fritas, productos de aperitivo, frutos secos, golosinas, preparados de chocolate y bebidas refrescantes.

8. Grupo 651. Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero.

9. Epígrafe 652.2. Comercio al por menor de productos de droguería, perfumería y cosmética, limpieza, pinturas, barnices, disolventes, papeles y otros productos para la decoración y de productos químicos.

10. Epígrafe 652.3. Comercio al por menor de productos de perfumería y cosmética, y de artículos para la higiene y el aseo personal.

11. Epígrafe 652.4. Comercio al por menor de plantas y hierbas en herbolarios.

12. Epígrafe 653.1. Comercio al por menor de muebles (salvo los de oficina).

13. Epígrafe 653.2. Comercio al por menor de material y aparatos eléctricos, electrónicos, electrodomésticos y otros aparatos de uso doméstico no tipo de energía distinta de la eléctrica, así como de muebles de cocina.

14. Epígrafe 653.3. Comercio al por menor de artículos de menaje, ferretería, adorno, regalo o reclamo (incluyendo bisutería y pequeños electrodomésticos).

15. Epígrafe 653.4. Comercio al por menor de materiales de construcción y de artículos y mobiliario de saneamiento.

16. Epígrafe 659.2. Comercio al por menor de muebles de oficina y de máquinas y equipos de oficina.

17. Epígrafe 659.4. Comercio al por menor de libros, periódicos, artículos de papelería y escritorio, y artículos de dibujo y bellas artes.

18. Epígrafe 659.5. Comercio al por menor de artículos de joyería, relojería, platería y bisutería.

19. Epígrafe 659.6. Comercio al por menor de juguetes, artículos de deporte, prendas deportivas de vestido, calzado y tocado, armas, cartuchos y artículos de pirotecnia.

20. Epígrafe 659.7. Comercio al por menor de semillas, abonos, flores y plantas y pequeños animales.

21. Epígrafe 659.9. Comercio al por menor de otros productos no especificados en esta Agrupación, excepto los que deban clasificarse en el epígrafe 653.9.

22. Grupo 671. Servicios en restaurantes.

23. Grupo 672. Servicios en cafeterías.

24. Grupo 673. Servicios en cafés y bares, con y sin comida.

25. Epígrafe 674.5. Servicios que se presten en sociedades, círculos, casinos, clubes y establecimientos análogos.

26. Epígrafe 674.6. Servicios establecidos en teatros y otros espectáculos que únicamente permanecen abiertos durante las horas del espectáculo, excepto los bailes y similares.

27. Grupo 676. Chocolaterías, heladerías y horchaterías.

28. Epígrafe 677.1. Servicios prestados por los establecimientos clasificados en los grupos 671, 672, 673 y 682 de las agrupaciones 67 y 68, realizados fuera de estos establecimientos.

29. Epígrafe 677.9. Otros servicios de alimentación propios de la restauración.

30. Grupo 681. Servicio de alojamiento en hoteles y moteles.

31. Grupo 682. Servicio de alojamiento en hoteles y pensiones.

32. Grupo 683. Servicio de alojamiento en fondas y casas de huéspedes.

33. Grupo 684. Servicio de alojamiento en hoteles-apartamentos.

34. Grupo 685. Alojamientos turísticos extrahoteleros.

35. Epígrafe 687.4. Campamentos de tercera clase.

36. Grupo 691. Reparación de artículos eléctricos para el hogar, vehículos automóviles y otros bienes de consumo.

37. Grupo 699. Otras reparaciones n.c.o.p ..

38. Epígrafe 721.2. Transporte por autotaxis.

39. Grupo 845. Explotación electrónica por cuenta de terceros.

40. Epígrafe 921.1. Servicios de limpieza de calles, vías públicas y jardines.

41. Epígrafe 922.1. Servicios de limpieza de interiores (edificios, oficinas, establecimientos comerciales, residencias, centros sanitarios y establecimientos industriales).

42. Epígrafe 933.1. Enseñanza de conducción de vehículos terrestres, acuáticos, aeronáuticos, etc.

43. Epígrafe 933.9. Otras actividades de enseñanza, tales como idiomas, costura, mecanografía, taquigrafía, preparación de exámenes y oposiciones y similares, N.C.O.P.

44. Grupo 944. Servicios de naturopatía, acupuntura y otros servicios parasanitarios.

45. Epígrafe 965.1. Espectáculos en salas y locales (salvo espectáculos taurinos).

46. Epígrafe 965.2. Espectáculos al aire libre.

47. Epígrafe 967.1. Instalaciones deportivas.

48. Epígrafe 967.2. Escuelas y servicios de perfeccionamiento del deporte.

49. Epígrafe 968.2. Organización de espectáculos deportivos en instalaciones que no sean de la titularidad de los organizadores.

50. Epígrafe 971.1. Tinte, limpieza seco, lavado y planchado.

51. Epígrafe 972.1. Servicio peluquería.

52. Epígrafe 972.2. Salones e institutos de belleza.

53. Epígrafe 973.1. Servicios fotográficos.

54. Epígrafe 973.3. Servicios de copias de documentos con máquinas fotocopiadoras.

55. Epígrafe 981.1. Curiosidades, en parques, grutas, etc.

56. Epígrafe 989.2. Servicios organización congresos, asambleas y similares.

Actividades profesionales:

1. Grupo 399. Otros profesionales relacionados con otras industrias manufactureras, n.c.o.p ..

2. Grupo 774. Traductores e Intérpretes.

3. Grupo 777. Especialistas orientación y análisis persona.

4. Grupo 841. Naturópatas, acupuntores y otros profesionales parasanitarios.

5. Grupo 861. Pintores, escultores, ceramistas, artesanos.

6. Grupo 887. Maquilladores y esteticistas.

3. Para negocios con establecimiento, disponer de título habilitante municipal para ejercer la actividad, expedido por el Ayuntamiento de Ferreries (licencia de apertura y funcionamiento, declaración responsable de inicio y ejercicio de actividad, o similar).

4. Que el resultado económico anual del año 2020, sea como mínimo un 20% inferior al del año 2019.

5. Tener una plantilla media, incluida la persona titular de la actividad, de un máximo de 25 trabajadores / as. El cómputo de trabajadores se realiza con independencia de la jornada a tiempo completo o parcial, el régimen de contratación fija o temporal, o que se encuentre en cualquier situación de expediente de regulación temporal de empleo (ERTE), excedencia, permisos, bajas por incapacidad temporal o situaciones similares de suspensión de la relación laboral de la empresa.

6. Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento, así como estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.

7. No estar en ninguna de las circunstancias que le impidan adquirir la condición de persona beneficiaria de la ayuda económica, que establece el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276 de 18.11.2003)

8. No tener ninguna propuesta de sanción por infracción grave o muy grave por razones sanitarias relacionadas a la COVID-19. En el supuesto de que el expediente sancionador por razones sanitarias relacionadas a la COVID-19 se archive con posterioridad a la solicitud de la ayuda, el interesado tendrá derecho a la percepción de la ayuda solicitada. En el caso de que la propuesta de sanción se archive, y que por tanto puedan ser beneficiarios de la ayuda, los interesados ​​deberán notificarlo al Ayuntamiento. Para poder ser beneficiario de la ayuda, la propuesta de sanción debe haberse archivado en el lapso de tiempo comprendido entre la presentación de la solicitud y la propuesta de concesión.

9. Que el negocio por el que solicitan la presente ayuda, sea su principal fuente de ingresos.

Aquellas actividades dadas de alta en el Censo de actividades económicas de la AEAT a partir de la publicación en el BOIB de estas bases quedarán excluidos de la presente convocatoria de ayudas.

4. CUANTÍA DE LA AYUDA Y DISTRIBUCIÓN DEL CRÉDITO

El importe de la ayuda es hasta un máximo de 1.500 € por negocio.

A cada establecimiento le corresponderá una sola ayuda aunque figure de alta en más de uno de los epígrafes del IAE contemplados en la convocatoria.

5. COMPATIBILIDAD DE LA AYUDA ECONÓMICA

Con el objetivo de llegar a todos los sectores, la concesión de la ayuda económica es incompatible específicamente con las ayudas convocadas mediante

1. Decreto de Presidencia núm. 45/2021 de 5 de febrero, por el que se aprobaron las bases relativas a las ayudas del CIME del mes de enero para paliar los efectos económicos en diferentes sectores económicos de Menorca como consecuencia de la adopción del nivel 4 de alerta sanitaria (BOIB núm. 16 de 6 de febrero de 2021) y

2. Decreto de Presidencia núm. 89/2021 de 23 de marzo, por el que se aprobaron las bases de las ayudas del CIME de los meses de febrero y marzo para paliar los efectos económicos derivados de la adopción del nivel 4 de alerta sanitaria en diferentes sectores económicos de Menorca (BOIB núm. 41 de 25 de marzo de 2021).

La concesión de la ayuda económica es compatible con el resto de ayudas, subvenciones, ingresos o recursos que por el mismo concepto se puedan recibir de otras administraciones o entidades, sin perjuicio de la obligación de los beneficiarios de comunicarlo de la forma establecida en estas bases, y siempre que su cómputo no supere las limitaciones establecidas en la normativa comunitaria aplicable.

6. PRESUPUESTO

De acuerdo con lo establecido en el art. 58.2.a.4) del Reglamento de subvenciones, esta convocatoria cuenta con un presupuesto máximo de 115.340'19 euros, de los cuales

- 38.446,73 euros correspondientes a recursos propios, procedentes de una generación de crédito a cargo de los remanentes

- 38.446,73 euros procedentes de un convenio con el Gobierno de las Islas Baleares, aprobado en el Pleno del Ayuntamiento de día 25 de marzo de 2021

- y se prevé ampliar con 38.446,73 euros procedentes de una subvención del Consejo Insular de Menorca que se encuentra en trámite de aprobación.

Partida: 430.47900

7. PLAZO Y PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, a contar a partir del día siguiente de la publicación del extracto de las presentes bases en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, previa remisión a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, las bases y la convocatoria se publicarán en la página web del Ayuntamiento de Ferreries. En caso de que el último día de presentación sea inhábil, el plazo se entiende prorrogado al primer día hábil siguiente.

El plazo de presentación de solicitudes será improrrogable.

En el caso de personas físicas, la solicitud se presentará preferentemente de forma telemática. Las personas jurídicas, presentarán las solicitudes únicamente de forma telemática, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas-.

La documentación a presentar es la siguiente:

1. Modelo de solicitud normalizado (Anexo I) que estará disponible en el apartado www.carpetaciutadana.org de la web del Ayuntamiento de Ferreries en el siguiente enlace: https://www.carpetaciutadana.org/ferreries/solicituds/iniciartramit.aspx%c2%bfTIPO=AJE21

2. Declaración responsable de la persona solicitante (Anexo II) sobre el cumplimiento de todos los requisitos para solicitar la ayuda económica y de las condiciones y compromisos para su concesión y en concreto serán:

1. Que el domicilio social y fiscal es en Ferreries o que el domicilio social y fiscal es en Menorca y el establecimiento en Ferreries.

2. Que el resultado económico anual del año 2020, sea como mínimo un 20% inferior al del año 2019.

3. Que tiene destinados menos de 25 trabajadores de media anual por cada negocio por el que piden la ayuda.

4. Que la entidad está válidamente constituida en escritura pública y registrada (empresa) e inscrita en el registro de cooperativas (cooperativas)

5. Que el negocio por el que se pide la ayuda continúa sufriendo agravios económicos derivados de las restricciones sanitarias adoptadas a raíz de la aplicación de lo establecido en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por SARSCoV-2 y la normativa de desarrollo efectuada por la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

6. Que el negocio para el que se solicita la ayuda ejerce su actividad en la fecha de presentación de la solicitud de esta convocatoria de ayudas y mantendrá el ejercicio de la actividad por la que solicita la ayuda, como mínimo, hasta 31 de diciembre de 2021 o en el ejercicio 2021 para los negocios temporales

7. Que no está sometido a ninguna de las circunstancias recogidas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y del artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones y el artículo 4 apartados 5, 6 y 30.4 de la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, que regula el derecho de asociación,

8. Que no ha sido sancionado mediante resolución administrativa o sentencia judicial de carácter firme por discriminación salarial, acoso moral o cualquier tipo de trato desigual, por razón de sexo, en el ámbito de las relaciones laborales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 12/2006, de 20 de septiembre, para la mujer.

9. Que la totalidad de las ayudas públicas o privadas financiadas con fondos públicos recibidas en concepto de ayudas estatales destinadas a apoyar la economía en el contexto de la actual brote de la COVID-19 no supera el importe de 1,8 millones de euros por empresa previsto en el Marco temporal comunitario vigente.

10. Que el negocio por el que solicitan la presente ayuda, sea su principal fuente de ingresos.

Con la declaración responsable, el interesado manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos establecidos en estas bases y en la normativa vigente para obtener las ayudas, que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición del Administración cuando le sea requerida y que se compromete a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el periodo de tiempo inherente al reconocimiento o ejercicio.

3. Documento acreditativo de que figura de alta en el IAE, anual o temporal, en alguno de los epígrafes mencionados en la sección 3 de estas bases.

4. Declaración de beneficios de los ejercicios 2019 y 2020 (Anexo III).

5. Declaración responsable de veracidad de los datos bancarios aportados (Anexo IV).

Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de cinco días, indicándole que, si no lo hace, se considerará que desiste de su solicitud, previa resolución que se dictará en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Las personas interesadas se pueden acoger a lo que recoge el art. 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación al hecho de no presentar documentos que ya estén en poder del Ayuntamiento o de cualquier Administración pública. Con esta finalidad, el interesado deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, y el Ayuntamiento deberá recabar electrónicamente a través de sus redes corporativas

En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento/s por parte de este Ayuntamiento, y con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución, se podrá requerir la entidad para que lo presente o, si no, para que acredite, por otros medios, los requisitos a que se refiere el documento/s.

8. PROCEDIMIENTO PARA LA CONCESIÓN DE LA AYUDA

El procedimiento para tramitar las ayudas económicas será el de concurrencia competitiva.

El orden de inicio del expediente corresponde a la Concejalía de Industria, Comercio y Turismo.

El órgano competente para la instrucción del procedimiento será una persona técnica de Concejalía de Industria, Comercio y Turismo, debido al carácter comercial y económico de las prestaciones objeto de estas ayudas.

Corresponde al órgano instructor la realización de oficio de todas las actuaciones que se consideren necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos y documentos, en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución de la ayuda .

La persona instructora remitirá la propuesta de resolución de la ayuda al concejal de Industria, Comercio y Turismo, que elevará la propuesta de resolución motivada de la solicitud estimada o desestimada a la Alcaldesa.

La aprobación de la propuesta de resolución de la alcaldesa es definitiva en vía administrativa, será motivada debiendo quedar acreditados en el procedimiento los fundamentos; también deberá constar el solicitante a la que se concede o desestima la ayuda económica.

La resolución de concesión, que pondrá fin a la vía administrativa, será notificada a los solicitantes de conformidad con lo prescrito en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas mediante publicación en el BOIB, una vez publicado en la BDNS, con expresión de la convocatoria, el programa y el crédito presupuestario al que se impute, la persona beneficiaria, la cantidad concedida y finalidad de la subvención.

9. EFECTOS DE LA CONCESIÓN Y PAGO

Si la resolución es favorable, se realizará el pago a través de transferencia bancaria a la persona beneficiaria de la ayuda.

Dado el carácter excepcional de la situación, el abono se realizará mediante el pago anticipado del 100% del importe concedido.

No podrá realizarse el pago de la subvención hasta que la persona beneficiaria no esté al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o mientras sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.

10. PLAZO PARA RESOLVER Y EFECTOS DEL SILENCIO

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de procedimiento no podrá exceder de cuatro meses, contados a partir de la fecha de finalización de presentación de las solicitudes en el Registro de entrada del Ayuntamiento de Ferreries.

En los casos en que se haya solicitado alguna de las ayudas del CIME convocadas por los Decretos de Presidencia núm. 45/2021 de 5 de febrero y núm. 89/2021 de 23 de marzo, por los que se aprobaron las bases relativas a las ayudas del CIM para paliar los efectos económicos de los meses de enero, febrero y marzo en diferentes sectores económicos de Menorca como consecuencia de la adopción del nivel 4 de alerta sanitaria (BOIB núm. 16 de 6 de febrero de 2021 y BOIB núm. 41 de 25 de marzo de 2021) y, a la fecha de la concesión de la ayuda por parte del Ayuntamiento de Ferreries aún no hubiera resuelto si es beneficiario o no, quedará suspendida la obligación de resolver por parte del Ayuntamiento hasta su comprobación definitiva.

En el resto de supuestos, el transcurso del plazo máximo de cuatro meses sin que se haya notificado la resolución del procedimiento a los interesados ​​legitima estas para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la ayuda económica.

11. REINTEGRO DE LAS SUBVENCIONES

En el caso de incumplimiento total o parcial de las obligaciones y de las declaraciones manifestadas por los beneficiarios de estas ayudas se iniciará el expediente de revocación y consiguiente devolución de las ayudas según corresponda.

Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones, personas o entes públicos o privados, no notificadas con anterioridad y no compatibles, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

La resolución del reintegro de la subvención será adoptada por decreto de Alcaldía, previa instrucción de expediente de acuerdo con la legislación general aplicable.

Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público; es aplicable para su cobro lo dispuesto en la normativa vigente de recaudación.

La falta de reintegro al Ayuntamiento de Ferreries de las cantidades reclamadas, en período voluntario, dará lugar al cobro por vía de apremio, de acuerdo con la normativa vigente.

12. RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES

El régimen de infracciones y sanciones aplicable será el establecido en la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones y otra legislación concordante.

13. RÉGIMEN DE RECURSOS

Contra la presente convocatoria, las bases y las resoluciones administrativas que se adopten en ejecución de estas se pueden interponer los siguientes recursos:

1. Recurso de reposición, ante el mismo órgano municipal autor del acto administrativo, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la notificación o, en su caso, publicación del acto que se recurra .

 

2. Recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de la notificación o, en su caso, publicación del acto que se recurra.

 

Ferreries, 31 de mayo de 2021

La alcaldesa

Joana Febrer Rotger

 

ANEXO I.

MODELO DE SOLICITUD DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA FOMENTAR LA REACTIVACIÓN DEL DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL Y LA PROMOCIÓN TURÍSTICA DEL MUNICIPIO DE FERRERIES PARA MINIMIZAR EL IMPACTO DE LA CRISIS ECONÓMICA PROVOCADA POR COVID-19

Solicitante

Nombre y apellidos:

DNI/NIF:

Dirección:

Localidad:

Código postal :

Municipio:

Província:

Correo electrónico:

Teléfono:

 

Representante

Nombre y apellidos:

DNI/NIF:

Dirección:

Localidad:

Código postal :

Municipio:

Província:

Correo electrónico:

Teléfono:

Expongo:

1. Que he tenido conocimiento de la convocatoria de las ayudas del Ayuntamiento de Ferreries con motivo de la crisis de la COVID-19

2. Que cumplo todos los requisitos para obtener esta ayuda.

3. Declaro bajo mi responsabilidad que todos los datos facilitados en esta solicitud y en la documentación aportada son ciertos.

4. Declaro que acepto el contenido de las bases que regulan estas ayudas y que me comprometo a cumplirlas íntegramente

Solicito:

1. Que se valore la documentación aportada

2. Que se me otorgue la ayuda que corresponda según las bases que las regulan.

 

Firmado en _______________, _____ de_____________, de 2021.

 

ANEXO II.

MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE- AYUDA DEL AYUNTAMIENTO DE FERRERIES EN MOTIVO DE LA CRISIS DE LA COVID-19

El / La Sr./a ................................................................................., con NIF núm. .......................... domiciliado / domiciliada en la calle ..................................................... núm. .........., localidad ...................................................., CP ................ teléfono ........................ ........, actuando en nombre propio / en calidad de representante de ..........................................................................., con NIF ................................... y teléfono ............................. situada en el término municipal de ..................................................., y con capacidad legal para representar citado solicitante, según poder otorgado ante el notario de ............................, señor / a ....................................................... , día ......... de ................................... y número de protocolo ......................... (u otra documentación acreditativa de la representación si actúa en nombre de otro)

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD

1. Que el domicilio social y fiscal está en Ferreries o que el domicilio social y fiscal está en Menorca y el establecimiento en Ferreries.

2. Que el resultado económico anual del año 2020, es al menos un 20% inferior al del año 2019.

3. Que tengo destinados menos de 25 trabajadores de media anual en cada negocio por el que pido la ayuda.

4. Que la entidad está válidamente constituida en escritura pública y registrada (empresa) e inscrita en el registro de cooperativas (cooperativas)

5. Que el negocio por el que se pide la ayuda continúa sufriendo agravios económicos derivados de las restricciones sanitarias adoptadas a raíz de la aplicación de lo establecido en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por SARSCoV-2 y la normativa de desarrollo efectuada por la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

6. Que el negocio para el que se solicita la ayuda ejerce su actividad en la fecha de presentación de la solicitud de esta convocatoria de ayudas y mantendrá el ejercicio de la actividad por la que solicita la ayuda, como mínimo, hasta 31 de diciembre de 2021 o en el ejercicio 2021 para los negocios temporales

7. Que no está sometido a ninguna de las circunstancias recogidas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y del artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones y el artículo 4 apartados 5, 6 y 30.4 de la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, que regula el derecho de asociación,

8. Que no ha sido sancionado mediante resolución administrativa o sentencia judicial de carácter firme por discriminación salarial, acoso moral o cualquier tipo de trato desigual, por razón de sexo, en el ámbito de las relaciones laborales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 12/2006, de 20 de septiembre, para la mujer.

9. Que en relación a las ayudas convocadas por el Consell Insular de Menorca en el Decreto de Presidencia núm. 45/2021 de 5 de febrero, por el que se aprobaron las bases relativas a las ayudas del CIME del mes de enero para paliar los efectos económicos en diferentes sectores económicos de Menorca como consecuencia de la adopción del nivel 4 de alerta sanitaria (BOIB núm. 16 de 6 de febrero de 2,021) y el Decreto de Presidencia núm. 89/2021 de 23 de marzo, por el que se aprobaron las bases de las ayudas del CIME de los meses de febrero y marzo para paliar los efectos económicos derivados de la adopción del nivel 4 de alerta sanitaria en diferentes sectores económicos de Menorca (BOIB núm. 41 de 25 de marzo de 2021).

He solicitado alguna de estas ayudas al Consell Insular de Menorca

He obtenido alguna de estas ayudas del Consell Insular de Menorca

No he solicitado ni obtenido ninguna de estas ayudas del Consell Insular de Menorca

1. Que la totalidad de las ayudas públicas o privadas financiadas con fondos públicos recibidas en concepto de ayudas estatales destinadas a apoyar la economía en el contexto de la actual brote de la COVID-19 no supera el importe de 1,8 millones de euros por empresa previsto en el Marco temporal comunitario vigente.

2. Que el negocio por el que se solicita la presente ayuda, es mi principal fuente de ingresos.

DECLARO bajo mi responsabilidad que los datos ofrecidos son ciertos. El Ayuntamiento se reserva el derecho a hacer las comprobaciones que estime necesarias y aplicar, sin perjuicio, el régimen sancionador que corresponda.

Firmado a________________, _____ de_____________, de 2021

 

ANEXO III.

MODELO DE DECLARACIÓN DE INGRESOS- AYUDA DEL AYUNTAMIENTO DE FERRERIES EN MOTIVO DE LA CRISIS DE LA COVID-19

El / La Sr./a ........................................... ........................, con NIF núm. .......................... domiciliado / domiciliada en la calle ................... .................................. núm. .........., localidad ...................................... ......., CP ................ teléfono ........................ ........, actuando en nombre propio / en calidad de representante de ............................... ..........................., con NIF ...................................... y teléfono .......................................... situada en el término municipal de ............................................., y con capacidad legal para representar citado solicitante, según poder otorgado ante el notario de ............................, señor / a ........................................................., día ....... de ................................... y número de protocolo ...................... (u otra documentación acreditativa de la representación si actúa en nombre de otra)

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD

1. Que los beneficios de los ejercicios 2019 y 2020 del negocio por el que se pide la ayuda fueron los siguientes:

Año

Beneficios

2019

 

2020

 

2. Y que, por lo tanto, el beneficio de 2020 fue un ..........% inferior al de 2019.

3. Observaciones:

 

DECLARO bajo mi responsabilidad que los datos ofrecidos son ciertos. El Ayuntamiento se reserva el derecho a hacer las comprobaciones que estime necesarias y aplicar, sin perjuicio, el régimen sancionador que corresponda.

Firmado en ________________, _____ de_____________, de 2021

 

ANEXO IV.

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VERACIDAD DE LOS DATOS BANCARIOS APORTADOS (1)

Declarante

Nombre y apellidos:

DNI/NIF:

Dirección:

Localidad:

Código postal :

Municipoi:

Província:

Correo electrónico:

Teléfono:

Representante

Nombre y apellidos:

DNI/NIF:

Dirección de notificación o datos del medio preferente (indica los datos de la opción escogida):

Localidad:

Código postal :

Municipoi:

Província:

Correo electrónico:

Teléfono:

DECLARO:

1. La titularidad de la cuenta bancaria correspondiente a los datos siguientes, a efectos del ingreso derivado del procedimiento correspondiente.

Datos de la entidad bancaria

Nombre entidad:

Domicilio sucursal u oficina:

CÓDIGO BIC o SWIFT (2):

Datos de la cuenta

IBAN

Código entidad

Sucursal

DC

Núm. de cuenta

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2. La posibilidad de acreditar documentalmente los datos que se mencionan en el punto 1, en caso de que se me exijan.

3. El Ayuntamiento de Ferreries, una vez hechos los ingresos en la cuenta indicada en el punto 1 de esta Declaración, queda eximida de responsabilidad por las actuaciones que se deriven de errores en los datos indicados por el declarante.

NOTA: Este documento se puede sustituir por el certificado de titularidad de datos bancarios.

 

Firmado en________________, _____ de_____________, de 2021