Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE TERRITORIO
Núm. 210768
Resolución de concesión de la convocatoria de subvenciones del Consorcio de la Serra de Tramuntana para la mejora de espacios de la Serra de Tramuntana dentro del “Plan Mallorca Reacciona” (SV 03/2020)
Referencia Base de Datos Nacional de Subvenciones: 527255
La vicepresidenta del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial, en fecha 28 de mayo de 2021, ha dictado la siguiente resolución:
“Antecedentes
1. La vicepresidenta del Consorcio Sierra de Tramuntana Patrimonio Mundial, en fecha 30 de septiembre de 2020, resolvió aprobar la convocatoria de subvenciones del Consorcio de la Serra de Tramuntana para la mejora de espacios de la Serra de Tramuntana dentro del “Plan Mallorca Reacciona”.
2. El extracto de la indicada convocatoria de subvenciones se publicó en el BOIB nº. 179, de día 17 de octubre de 2020.
3. Durante el periodo para presentar solicitudes, desde el 18 de octubre al 6 de noviembre de 2020, se presentaron las siguientes solicitudes:
EXPEDIENTE |
AYUNTAMIENTO |
TITULO PROYECTO |
CST-01-2020 MR |
AYUNTAMIENTO SANTA MARIA |
Obras de rehabilitación arquitectónica Caseta Ca Ses Monges |
CST-02-2020 MR |
AYUNTAMIENTO SANTA MARIA |
Proyecto mejora de accesibilidad y seguridad a los elementos patrimoniales propiedad Ca Ses Monges |
CST-03-2020 MR |
AYUNTAMIENTO ESTELLENCS |
Rehabilitación entrada del pueblo del municipio de Estellencs |
CST-04-2020 MR |
AYUNTAMIENTO ESTELLENCS |
Embellecimiento de la Casa de Cultura (Casal municipal) |
CST-05-2020 MR |
AYUNTAMIENTO CALVIÀ |
Reparación y acondicionamiento del lavadero de los molinos (Sa Basa ) Finca Galatzó |
CST-06-2020 MR |
AYUNTAMIENTO CALVIÀ |
Reconstrucción de los muros de pared de piedra en seco, márgenes y canales de riego de la Finca Galatzó |
CST-07-2020 MR |
AYUNTAMIENTO SÓLLER |
Rehabilitación del patio principal del edificio municipal |
CST-08-2020 MR |
AYUNTAMIENTO SÓLLER |
Rehabilitación de un margen ubicado en la calle Alaró |
CST-09-2020 MR |
AYUNTAMIENTO SELVA |
Restauración, consolidación y limpieza del Camino Viejo de Lluc. Ruta GR-222 |
CST-10-2020 MR |
AYUNTAMIENTO SELVA |
Restauración barraca de Piedra en seco Comuna Biniamar |
CST-11-2020 MR |
AYUNTAMIENTO VALLDEMOSSA |
Embellecimiento de la Avenida de Palma |
CST-12-2020 MR |
AYUNTAMIENTO VALLDEMOSSA |
Rehabilitación del pavimento histórico de la plaza Ruben Dario |
CST-13-2020 MR |
AYUNTAMIENTO ALARÓ |
Márgenes laterales del Camino del Castillo de Alaró |
CST-14-2020 MR |
AYUNTAMIENTO ESPORLES |
Embellecimiento de acceso a camino público des Correu |
CST-15-2020 MR |
AYUNTAMIENTO ESPORLES |
Embellecimiento de núcleo de población |
CST-16-2020 MR |
AYUNTAMIENTO ESCORCA |
Oratorio Sant Pere |
CST-17-2020 MR |
AYUNTAMIENTO ESCORCA |
Reparación muros de piedra en Escorca |
CST-18-2020 MR |
AYUNTAMIENTO MANCOR DE LA VALL |
Restauración, consolidación y limpieza 3ª actuación del camino de Biniarroi TRAM 10 |
CST-19-2020 MR |
AYUNTAMIENTO MANCOR DE LA VALL |
Restauración, consolidación y limpieza del camino Biniarroi TRAM 10 |
CST-20-2020 MR |
AYUNTAMIENTO FORNALUTX |
Sustitución de pavimento y acabados en el "Mirador de la Calle de la Iglesia" |
CST-21-2020 MR |
AYUNTAMIENTO FORNALUTX |
Sustitución de pavimento y acabado en bancos perimetrales "Mirador de Sa Creu" |
CST-22-2020 MR |
AYUNTAMIENTO PUIGPUNYENT |
Proyecto de mejora y embellecimiento de la Plaza de Puigpunyent |
CST-23-2020 MR |
AYUNTAMIENTO PUIGPUNYENT |
Proyecto de colocación de barandilla en el Puente encima del Torrent de Faveta |
CST-24-2020 MR |
AYUNTAMIENTO BUNYOLA |
Recuperación y mejora de los subidores de la calle Orient y de la calle Sol |
CST-25-2020 MR |
AYUNTAMIENTO BANYALBUFAR |
Reparación de los daños causados por el temporal en la iglesia de la Natividad de Maria de Banyalbufar |
CST-26-2020 MR |
AYUNTAMIENTO BANYALBUFAR |
Reconstrucción de márgenes y colocación de barreras protectoras en el camino del Port des Canonge |
CST-27-2020 CM |
AYUNTAMIENTO BANYALBUFAR |
Restauración de la zona Ses Teules y alumbrado del Port des Canonge afectados por el temporal meteorológico de día 29/08/2020 |
CST-28-2020 MR |
AYUNTAMIENTO CAMPANET |
Obras de rehabilitación y reacondicionamiento del camino del Sant Crist en el término municipal de Campanet |
CST-29-2020 MR |
AYUNTAMIENTO CAMPANET |
Conservación-restauración de la cruz de Son Pocos o del Oratorio de Sant Miquel. Campanet |
CST-30-2020 MR |
AYUNTAMIENTO ANDRATX |
Restauración del conjunto hidráulico de las acequias de riego de Can Fasser |
CST-31-2020 MR |
AYUNTAMIENTO ALARÓ |
Restauración síquia de Ses Artigues a su paso por Son Tugores |
4. Revisada la documentación administrativa y técnica presentada, el instructor del expediente y de acuerdo con las bases novena y docena de la convocatoria, requirió la subsanación de la documentación de los solicitantes de los cuales se habían detectado deficiencias. Este requerimiento se publicó en el BOIB nº. 13, de 30 de enero de 2021, así como a la página web www.serradetramuntana.net, otorgándose un plazo de diez días hábiles, hasta día 12 de febrero de 2021, para enmendar las deficiencias detectadas en las solicitudes iniciales.
5. Revisada la documentación presentada para la subsanación, los técnicos del Servicio de Ordenación del Territorio del Departamento de Territorio y el técnico del Servicio de Patrimonio Histórico del Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística, han emitido los correspondientes informes técnicos, de los cuales se fundamenta la viabilidad técnica de los proyectos solicitados y se propone la concesión con una serie de consideraciones técnicas y prescripciones que se reflejan al anexo 1.
Asimismo, y respecto de aquellas solicitudes que no se subsanaron dentro de plazo o que resultan no justificadas, el instructor del expediente ha emitido el correspondiente informe jurídico y que se refleja en el anexo 2.
6. El instructor del expediente, el día 25 de mayo de 2021, emitió el informe sobre el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria por parte de los ayuntamientos propuestos como beneficiarios y ha emitido informe jurídico favorable sobre los aspectos jurídicos de la propuesta de resolución de concesión de las subvenciones que nos ocupa.
7. La Intervención Delegada ha fiscalizado de conformidad este expediente en fecha 27 de mayo de 2021.
Fundamentos de derecho
1. El procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas por la presente convocatoria pública se ha llevado a cabo, mediante régimen de concurrencia no competitiva, de acuerdo con los principios publicidad, objetividad, igualdad y no discriminación, en los términos de la base quinta de la convocatoria.
2. Para determinar el importe que se propone conceder a cada beneficiario se ha valorado su solicitud y su prioridad de subvención, de acuerdo con las reglas previstas en la base sexta y los límites regulados en las bases segunda y tercera, en concordancia con la base decimoquinta de la convocatoria.
La base cuarta de la convocatoria dispone que para hacer frente a esta convocatoria, se destina la cantidad total de un millón de euros (1.000.000,00 €), y que de acuerdo con la base sexta de la convocatoria se distribuirá de la manera siguiente:
“...
a. En primer lugar, se subvencionará con un máximo de 50.000,00 € el proyecto presentado por cada uno de los ayuntamientos de manera excepcional por causa de la catástrofe meteorológica de día 29 de agosto de 2020 y que cumplan los requisitos y condiciones de la convocatoria para poder concederse.
b. En segundo lugar, se subvencionará el proyecto presentado por cada uno de los ayuntamientos que estos hayan escogido en primer lugar, de acuerdo con el orden de prelación establecido por cada ayuntamiento, y que cumplan los requisitos y condiciones de la convocatoria para poder concederse. El importe a conceder (hasta un máximo de 50.000,00 €) será lo que resulte de aplicar el remanente sobrante después de haber aplicado la concesión del apartado a). La distribución del remanente se determinará de la siguiente manera:
c. En tercero y último lugar , y si todavía hay remanente de crédito para esta convocatoria, se subvencionarán todos los proyectos presentados en segundo lugar de acuerdo con el orden de prelación de cada ayuntamiento y que cumplan los requisitos y condiciones de la convocatoria para poder concederse. El importe a conceder (hasta un máximo de 20.000,00 €) será lo que resulte de aplicar el remanente sobrante después de haber aplicado la concesión de los apartados a) y b) precedentes. La distribución del remanente se determinará de la siguiente manera:
...”
Revisadas las cuantías que se prevé conceder a todos los solicitantes de las actuaciones viables de acuerdo con los requisitos de la convocatoria, se constata que el crédito inicial de un millón de euros es suficiente para hacer frente a todas estas actuaciones. Por este motivo, no es necesario hacer un reparto proporcional del crédito inicial.
3. La base duodécima establece las funciones del instructor del expediente, que “tiene que llevar a cabo todas las actuaciones o los actos de trámite necesarios para velar por el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria, además de ejercer las facultades previstas en el artículo 24 y concordantes de la LGS, y las que se mencionan en la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca. El órgano instructor puede requerir a las entidades solicitantes los informes o las aclaraciones que considere convenientes”. Siendo el Consorcio Sierra de Tramuntana el centro gestor responsable del seguimiento de las subvenciones.
Con esta finalidad, el instructor del expediente con la colaboración del personal del Consorcio desde un punto de vista administrativo y jurídico, y de los técnicos del Servicio de Ordenación del Territorio del Departamento de Territorio y el técnico del Servicio de Patrimonio Histórico del Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística, desde un punto de vista técnico, han llevado a cabo toda esta tarea
4. La base segunda regula la condición de beneficiario de estas subvenciones y establece, entre otros, que no pueden ser beneficiarios los que, en el momento que el órgano instructor de la convocatoria tiene que hacer la propuesta de acuerdo definitiva, no están al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante la Administración del Estado y con las obligaciones tributarias con el Consejo de Mallorca. Igualmente, la base segunda establece que las mencionadas circunstancias se tienen que acreditar antes de la propuesta de resolución de concesión y en el momento de pago.
En el sentido indicado, el informe del instructor del expediente, emitido el día 25 de mayo de 2021 se pronuncia favorablemente sobre el cumplimiento de estos requisitos, por parte de los ayuntamientos propuestos como beneficiarios.
5. La propuesta de resolución se ajusta a lo que establece la base duodécima de la convocatoria, en el sentido que tiene que incluir la relación de entidades beneficiarias, dado que incluye la relación de personas beneficiarias, con indicación del beneficiario, el NIF parcial, el concepto, el presupuesto, la cuantía solicitada y el importe concedido, además del resto de solicitudes desestimadas o excluidas.
6. La propuesta de resolución de la convocatoria se ajusta a lo que se dispone en la base sexta de la convocatoria, y a los criterios de distribución de las cuantías que se establecen.
Así, de acuerdo con las solicitudes presentadas por los ayuntamientos, una vez hecha la valoración de las actuaciones de acuerdo con los informes técnicos, la distribución de la cuantía total de novecientos mil trescientos veintisiete euros con diecinueve céntimos (900.327,19 €), las subvenciones se tienen que realizar de la forma siguiente:
1. Cincuenta mil euros (50.000,00 €) para los Ayuntamientos de la Sierra que hayan solicitado la ayuda de manera excepcional por causa de la catástrofe meteorológica de día 29 de agosto de 2020
2. Seiscientos noventa y dos mil quinientos setenta euros con cuarenta y siete céntimos (692.570,47 €) para los Ayuntamientos de la Sierra para los proyectos que hayan escogido en primer lugar, de acuerdo con el orden de prelación establecido por cada ayuntamiento.
3. Ciento cincuenta y siete mil setecientos cincuenta y seis euros con setenta y dos céntimos (157.756,72 €) para los Ayuntamientos de la Sierra para los proyectos que hayan escogido en segundo lugar, de acuerdo con el orden de prelación establecido por cada ayuntamiento.
En consecuencia, se ha constatado que el crédito inicialmente previsto de un millón de euros (1.000.000,00 €) resulta ser suficiente para la distribución de todas las subvenciones solicitadas y que cumplen los requisitos de la convocatoria, de manera tal que no hace falta hacer un reparto proporcional de acuerdo con la base sexta.
10. El órgano competente para la resolución de la presente convocatoria es la vicepresidencia del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial, tal como se establece en la base duodécima de la convocatoria.
Por todo lo que se ha expuesto, resuelvo:
Resolución
1. Excluir las solicitudes que se detallan al Anexo 2 adjunto, por los motivos que se indican, dado que no cumplen los requisitos establecidos a la presente convocatoria de subvenciones.
2. Conceder a los ayuntamientos que se detallan al Anexo 1.A), 1.B) y 1.C) adjunto, la cantidad total de novecientos mil trescientos veintisiete euros con diecinueve céntimos (900.327,19 €) y disponer el gasto a favor suyo.
Este gasto se imputa a la aplicación presupuestaria 00.33615.76280 del presupuesto de gastos del Consorcio Serra de Tramuntana para el año 2021 y al proyecto con financiación afectada 2020/2/33615/3/1 (A 220200000260). En los anexos correspondientes consta el importe que se concede y la operación contable D provisional que va asociada en cada expediente.
3. Anular la diferencia de crédito del documento contable A 220200000260 de la partida presupuestaria 00.33615.76280 del presupuesto de gastos del Consorcio Serra de Tramuntana para el año 2021, por un importe de noventa y nueve mil seiscientos setenta y dos euros con ochenta y un céntimos (99.672,81 €) - (A/ 920210000168).
4. Requerir a los beneficiarios para que adjudiquen las actuaciones subvencionadas por medio de cualquiera de las figuras de contratación admitidas por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y notifiquen la adjudicación al Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial dentro del plazo de un mes contador a partir de la fecha de la adjudicación de la actuación o actuaciones subvencionadas, de acuerdo con el modelo que consta en el anexo VI de la convocatoria.
5. Requerir a los beneficiarios para que ejecuten y justifiquen la subvención recibida una vez ejecutado el proyecto subvencionado de acuerdo con la base decimotercera de la convocatoria. Haciendo la advertencia, que para aquellas actuaciones de carácter etnológico que incluyan actuaciones en elementos como márgenes o piedra en seco, se tendrán que ejecutar siguiendo los Criterios para la reconstrucción de márgenes y paredes que se prevé en el anexo 3 adjunto.
6. Ordenar la publicación en el BOIB.
7. Contra esta resolución que no pone fin a la vía administrativa se puede interponer, el recurso de alzada ante la presidencia del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial dentro del plazo de un mes, contador a partir del día siguiente en el de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears. Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente en el de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.
Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).
Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución, se podrá interponer el recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso de alzada, sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualesquiera otros recursos que se estime oportuno y pertinente. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.”
Palma, fecha en la firma electrónica (28 de mayo del 2021)
La secretaría del Consorcio Sierra de Tramuntana Patrimonio Mundial
(por delegación, BOIB nº. 143, De 15 de noviembre de 2018)
Nieves Rodríguez Verdú
ANEXO 1.A. Subvenciones excepcionales por causa de la catástrofe meteorológica de día 29 de agosto de 2020 |
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Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-27/2020-CM |
Ayuntamiento Banyalbufar |
***0070** |
68.808,27 € |
50.000,00 € |
50.000,00 € |
Documento contable: D 920210000092 |
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Proyecto: Restauración de la zona Ses Teules y alumbrado del Port des Canonge afectados por el temporal meteorológico de día 29/08/2020. |
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Prescripciones:
|
ANEXO 1.B. Subvenciones para los proyectos que los ayuntamientos hayan escogido en primer lugar, de acuerdo con el orden de prelación establecido por cada ayuntamiento |
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Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-01/2020-MR |
Ayuntamiento de Santa Maria del Camí |
***0560** |
49.998,25€ |
49.998,25€ |
35.722,12 € |
Documento contable: D 920210000072 |
|||||
Proyecto: Obras de rehabilitación arquitectónica Ca ses Monges. |
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Prescripciones:
|
|||||
Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-05/2020-MR |
Ayuntamiento de Calvià |
***0110** |
109.489,52€ |
50.000,00€ |
50.000,00 € |
Documento contable: D 920210000074 |
|||||
Proyecto: Reparación y acondicionamiento del lavadero de los molinos (Sa Bassa ) Finca Galatzó. |
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Prescripciones:
|
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Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-07/2020-MR |
Ayuntamiento de Sóller |
***0610** |
49.531,10€ |
49.531,10€ |
49.531,10€ |
Documento contable: D 920210000076 |
|||||
Proyecto: Rehabilitación del patio principal del edificio municipal. |
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Prescripciones:
|
|||||
Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-09/2020-MR |
Ayuntamiento de Selva |
***0580** |
50.000,00€ |
50.000,00€ |
49.796,10€ |
Documento contable: D 920210000100 |
|||||
Proyecto: Restauración, consolidación y limpieza del Camino Viejo de Lluc. Ruta GR-222. |
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Consideración técnica:
Prescripciones:
|
|||||
Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-11/2020-MR |
Ayuntamiento de Valldemossa |
***0630** |
47.859,37€ |
47.859,37€ |
47.859,37€ |
Documento contable: D 920210000123 |
|||||
Proyecto: Embellecimiento de la Avenida de Palma. |
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Prescripciones:
|
|||||
Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-13/2020-MR |
Ayuntamiento de Alaró |
***0010** |
50.336,00€ |
50.000,00€ |
50.000,00€ |
Documento contable: D 920210000080 |
|||||
Proyecto: Márgenes laterales del camino del Castillo de Alaró. |
|||||
Prescripciones:
|
|||||
Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-14/2020-MR |
Ayuntamiento de Esporles |
***0200** |
52.635,00€ |
50.000,00€ |
50.000,00€ |
Documento contable: D 920210000081 |
|||||
Proyecto: Embellecimiento de acceso a camino público des Correu. |
|||||
Prescripciones:
|
|||||
Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-16/2020-MR |
Ayuntamiento de Escorca |
***0190** |
50.000,00€ |
50.000,00€ |
50.000,00€ |
Documento contable: D 920210000083 |
|||||
Proyecto: Rehabilitación del Oratorio de Sant Pere. |
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Prescripciones:
|
|||||
Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-18/2020-MR |
Ayuntamiento de Mancor de la Vall |
***0340** |
50.242,00€ |
50.000,00€ |
50.000,00€ |
Documento contable: D 920210000084 |
|||||
Proyecto: Restauración, consolidación y limpieza 3ª actuación del camino de Biniarroi TRAM 10. |
|||||
Prescripciones:
|
|||||
Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-20/2020-MR |
Ayuntamiento de Fornalutx |
***0250** |
26.098,82€ |
26.098,82€ |
26.098,82€ |
Documento contable: D 920210000140 |
|||||
Proyecto: Sustitución de pavimento y acabados en el "Mirador de la Calle de la Iglesia". |
|||||
Prescripciones:
|
|||||
Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-22/2020-MR |
Ayuntamiento de Puigpunyent |
***0450** |
49.969,58€ |
49.969,58€ |
49.969,58€ |
Documento contable: D 920210000088 |
|||||
Proyecto: Proyecto de mejora y embellecimiento de la Plaza de Puigpunyent. |
|||||
Prescripciones:
|
|||||
Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-24/2020-MR |
Ayuntamiento de Bunyola |
***0100** |
33.593,38€ |
33.593,38€ |
33.593,38€ |
Documento contable: D 920210000090 |
|||||
Proyecto: Recuperación y mejora de los subidores de la calle Orient y de la calle Sol. |
|||||
Prescripciones:
|
|||||
Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-25/2020-MR |
Ayuntamiento de Banyalbufar |
***0070** |
135.805,56 € |
50.000,00€ |
50.000,00€ |
Documento contable: D 920210000091 |
|||||
Proyecto: Reparación de los daños causados por el temporal a la iglesia de la Natividad de Maria de Banyalbufar. |
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Prescripciones:
|
|||||
Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-28/2020-MR |
Ayuntamiento de Campanet |
***0120** |
131.057,51 € |
50.000,00€ |
50.000,00€ |
Documento contable: D 920210000093 |
|||||
Proyecto: Obras de rehabilitación y reacondicionamiento del camino del Sant Crist en el término municipal de Campanet. |
|||||
Prescripciones:
|
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Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-30/2020-MR |
Ayuntamiento de Andratx |
***0050** |
51.195,11 € |
50.000,00€ |
50.000,00€ |
Documento contable: D 920210000095 |
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Proyecto: Restauración del conjunto hidráulico de las acequias de riego de Can Fasser. |
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Prescripciones:
|
ANEXO 1.C. Subvenciones para los proyectos que los ayuntamientos hayan escogido en segundo lugar, de acuerdo con el orden de prelación establecido por cada ayuntamiento |
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Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-02/2020-MR |
Ayuntamiento de Santa Maria del Camí |
***0560** |
19.999,38€ |
19.999,38€ |
9.267,95 € |
Documento contable: D 920210000073 |
|||||
Proyecto: Proyecto mejora de accesibilidad y seguridad a los elementos patrimoniales propiedad Ca Ses Monges. |
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Prescripciones:
|
|||||
Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-06/2020-MR |
Ayuntamiento de Calvià |
***0110** |
67.196,68€ |
20.000,00€ |
13.664,65 € |
Documento contable: D 920210000075 |
|||||
Proyecto: Reconstrucción de los muros de pared de piedra en seco, márgenes y canales de riego de la Finca Galatzó. |
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Consideración técnica:
Prescripciones:
|
|||||
Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-08/2020-MR |
Ayuntamiento de Sóller |
***610** |
10.349,71€ |
10.349,71€ |
1.892,03€ |
Documento contable: D 920210000098 |
|||||
Proyecto: Rehabilitación de un margen ubicado en el Camino Viejo de Palma. |
|||||
Consideración técnica:
Prescripciones:
|
|||||
Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-10/2020-MR |
Ayuntamiento de Selva |
***580** |
15.728,73€ |
15.728,73€ |
15.728,73€ |
Documento contable: D 920210000102 |
|||||
Proyecto: Restauración barraca de Piedra en seco Comuna Biniamar. |
|||||
Prescripciones:
|
|||||
Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-12/2020-MR |
Ayuntamiento de Valldemossa |
***0630** |
19.352,79 € |
19.352,79 € |
19.352,79 € |
Documento contable: D 920210000119 |
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Proyecto: Rehabilitación del pavimento histórico de la plaza Ruben Dario. |
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Prescripciones:
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Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-15/2020-MR |
Ayuntamiento de Esporles |
***0200** |
9.474,30€ |
9.474,30€ |
9.474,30€ |
Documento contable: D 920210000082 |
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Proyecto: Embellecimiento de núcleo de población. |
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Prescripciones:
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Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-17/2020-MR |
Ayuntamiento de Escorca |
***0190** |
19.999,99€ |
19.999,99€ |
8.261,86€ |
Documento contable: D 920210000167 |
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Proyecto: Restauración y recuperación de márgenes y paredes de piedra en seco. |
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Consideración técnica:
En relación con los márgenes, la convocatoria en su base 3, en el punto 2, sólo prevé rehabilitación de márgenes, entendiéndose como actuaciones en márgenes ya existentes, y en el punto 5 se establece el precio por m2 en 73 € sin IVA entendiéndose que ya incluye la seguridad y salud, movimiento de tierras, piedras, herramientas, etc. Por lo que de la documentación aportada por el Ayuntamiento de Escorca, no se acredita que el tramo catalogado como M2 sea preexistente, y tampoco se pueden aceptar las partidas de movimiento de tierras y de seguridad y salud al estar ya comprendidas en el precio de 73 €/ m2. Por lo tanto, se tendrían que eliminar de la cuantificación del presupuesto las partidas de movimiento de tierras y de seguridad y salud así como minorar los 46,8 m2 del margen del Tramo M2. Por otra parte, el punto 4 de la base tercera de la convocatoria establece que “Las actuaciones objeto de estas subvenciones pueden incluir los honorarios de redacción de proyecto, así como gastos de recuperación forestal y/o agrícola si resultan indispensables por poder llevar a cabo la actuación”. Para llevar a cabo la ejecución de esta actuación, dado que se trata de restauración y recuperación de márgenes, que venden con unos precios ya fijados a la convocatoria y unas técnicas ya preestablecidas se considera que no tendría que comportar gastos de honorarios por redacción de proyecto. En este sentido, hechas las correcciones anteriores, se aceptaría un presupuesto de 6.827,98 €, sin IVA, resultado de calcular 78,60 m2 de margen a 73 €/ m2 de los Tramos M1, M3 y M4, y añadirle el 13% de gastos generales y el 6% de beneficio industrial.
Prescripciones:
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Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-19/2020-MR |
Ayuntamiento de Mancor de la Vall |
***0340** |
19.999,99€ |
19.999,99€ |
19.848,79€ |
Documento contable: D 920210000085 |
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Proyecto: Restauración, consolidación y limpieza del camino Biniarroi TRAM 10. |
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Consideración técnica:
Prescripciones:
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Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-21/2020-MR |
Ayuntamiento de Fornalutx |
***0250** |
11.806,10€ |
11.806,10€ |
11.806,10€ |
Documento contable: D 920210000087 |
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Proyecto: Sustitución de pavimento y acabado en bancos perimetrales "Mirador de Sa Creu". |
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Prescripciones:
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Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-23/2020-MR |
Ayuntamiento de Puigpunyent |
***0450** |
19.950,46€ |
19.950,46€ |
19.950,46€ |
Documento contable: D 920210000089 |
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Proyecto: Proyecto de colocación de barandilla en el puente encima del torrente de Faveta. |
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Prescripciones:
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Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-26/2020-MR |
Ayuntamiento de Banyalbufar |
***0070** |
4.677,52 € |
4.677,52 € |
4.677,52 € |
Documento contable: D 920210000124 |
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Proyecto: reconstrucción de márgenes en el Camino del Puerto desde Canónigo. |
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Prescripciones:
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Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-29/2020-MR |
Ayuntamiento de Campanet |
***0120** |
16.970,84 € |
16.970,84€ |
16.970,84 € |
Documento contable: D 920210000094 |
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Proyecto: conservación y restauración de la Cruz de Son Pocos o del Oratorio de Sant Miquel. |
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Prescripciones:
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Nº. Exp. |
Beneficiario |
CIF |
Importe presupuesto |
Importe solicitado |
Importe a conceder |
CST-31/2020-MR |
Ayuntamiento de Alaró |
***0010** |
6.860,70 € |
6.860,70 € |
6.860,70 € |
Documento contable: D 920210000096 |
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Proyecto: Restauración síquia de Ses Artigues a su paso por Son Tugores. |
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Prescripciones:
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ANEXO 2. Solicitudes excluidas de las líneas de recuperación agrícola, arquitectónica, etnológica y limpieza |
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Nº. Exp. |
Ayuntamiento |
CIF |
MOTIVO DE EXCLUSIÓN |
CST-03/2020-MR |
Ayuntamiento de Estellencs |
***0210** |
Incumple la base novena de la convocatoria porque no ha agasajado el requerimiento de documentación en el plazo fijado. |
CST-04/2020-MR |
Ayuntamiento de Estellencs |
***0210** |
Incumple la base novena de la convocatoria porque no ha agasajado el requerimiento de documentación en el plazo fijado. |
ANEXO 3
Criterios para la reconstrucción de márgenes y paredes
Criterios a seguir para la reconstrucción de márgenes y paredes en el marco de convocatoria de subvenciones del Consorcio de la Serra de Tramuntana para la mejora de espacios de la Serra de Tramuntana dentro del “Plan Mallorca Reacciona”:
1. Se utilizará la técnica de piedra en seco, sin cemento ni otro material aglutinante.
2. Se diseccionará la parte del margen o pared derruida, retirando las piedras y los materiales hundidos y los que pongan en peligro la estabilidad del margen o pared y separando el ripio, la tierra y las piedras para mampostear.
3. Se realizará la limpieza o excavación del terreno, para proporcionar una base consistente al muro, excavando el terreno hasta la roca o al suelo que presente una consistencia suficiente para evitar los desplazamientos.
4. Se realizará el asentamiento de las primeras piedras utilizando las de mayores dimensiones e inclinadas hacia el interior de manera que definan el talud del muro. Este talud será, como mínimo, lo mismo que el de la parte del margen o pared que quede entero.
5. Las piedras se colocarán con la misma tipología de los mamposteados de los márgenes o paredes que se encuentren en los alrededores.
6. Las piedras se colocarán siempre una sobre la otra por la parte más larga o cola, de manera que la parte más corta o cara quede visible en el menaje.
7. La cola de la piedra será como mínimo un 150% más larga de la altura de la cara.
8. Para mampostear se utilizarán las piedras provenientes de disección, sin trocearlas, o de los alrededores, siempre que eso no suponga ninguna excavación.
9. En caso de que la piedra de disección o de los alrededores no sea suficiente, se podrá aportar la piedra necesaria de características parecidas.
10. Cada una de las piedras del mamposteado se asentará sobre otras dos como mínimo y se evitará en todo momento la formación de columnas que puedan debilitar su estabilidad.
11. En el caso de los márgenes entre las piedras del mamposteado y el terreno se dispondrá una capa de ripio formada por piedras de pequeñas dimensiones, pero de un mínimo de 5 centímetros de largo para facilitar el drenaje. Esta capa tendrá una anchura mínima de 70 cm en la parte inferior del muro y de 30 cm en la parte superior. Este ripio se colocará y se ajustarán a mano para evitar desplazamientos.
12. En el caso de las paredes es dispondrá una capa de ripio entre los dos menajes formada por piedras de pequeñas dimensiones, pero de un mínimo de 5 centímetros de largo.
13. El muro se finalizará en la parte superior con las mismas características que tenía el muro derruido.
14. Cuando la finalización sea con hilado de arriba se pondrán piedras de la misma altura y anchura que tenía el muro o que tienen los muros de los alrededores.
15. Cuando la finalización sea con rasante, es decir, con piedras de altura desigual, se utilizarán las piedras de las dimensiones adecuadas y no se podrán poner piedras de dimensiones inferiores a los 25 centímetros de altura y 20 centímetros de anchura de cara y la cola de la piedra será como mínimo un 150% más larga de la altura de la cara.