Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY
Núm. 209607
Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 23 de abril de 2021 para la aprobación de las bases y convocatoria de las ayudas al alquiler de vivienda dirigidas a jóvenes residentes en el municipio de Sant Antoni de Portmany o que están realizando estudios universitarios fuera de la isla, siendo residentes en este municipio
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b) y 20.8a) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/).
Código identificador BDNS
Primero. Requisitos de los beneficiarios:
Podrán beneficiarse de las ayudas las personas físicas de entre 18 y 35 años que, en su condición de arrendatarias de vivienda habitual o estudiantes fuera de la isla, siendo residentes en este municipio.
Segundo. Objeto y finalidad
El Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany convoca la concesión de ayudas al alquiler de vivienda dirigidas a jóvenes residentes en el municipio de Sant Antoni de Portmany o que están realizando estudios universitarios fuera de la isla, siendo residentes en este municipio. Con estas ayudas se pretende paliar los efectos del encarecimiento del alquiler en el municipio de Sant Antoni de Portmany, y facilitar la permanencia en la vivienda alquilada del colectivo de jóvenes de entre 18 y 35 años, uno de los más afectados.
Tercero. Bases reguladoras: Convocatoria
La convocatoria de las subvenciones para las ayudas al alquiler de vivienda dirigidas a jóvenes residentes en el municipio de Sant Antoni de Portmany o que están realizando estudios universitarios fuera de la isla, siendo residentes en este municipio. Publicadas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany (https://santantoni.sedelectronica.es/board)
Cuarto. Cuantía de la ayuda:
El importe máximo de la ayuda será de 1.000 euros.
Sólo se proporcionará una ayuda por vivienda o por contrato de alquiler.
En caso de que las solicitudes sean superiores a la cantidad disponible, las cuantías de las subvenciones se repartirán en proporción al número de las mismas.
Quinto. Presentación de solicitudes
Las solicitudes pueden presentarse a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOIB, y durante los 20 días hábiles posteriores.
Sant Antoni de Portmany, 28 de mayo de 2020
El acalde Marcos Serra Colomar