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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

Núm. 207936
Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se modifica la Resolución del vicepresidente y consejero de Transición Energética y Sectores Productivos de 25 de septiembre 2020 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II)

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Texto

El día 1 de octubre de 2020, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears la Resolución del vicepresidente y consejero de Transición Energética y Sectores Productivos de 25 de septiembre de 2020 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II), que se modificó por la Resolución de 4 de diciembre de 2020 (BOIB n.º 207, de 12 de diciembre de 2020).

El apartado 4.1 de la Resolución del vicepresidente y consejero de Transición Energética y Sectores Productivos de 25 de septiembre de 2020 citada previó la distribución del crédito destinado a la convocatoria, por anualidades, de la siguiente manera: año 2020: 722.469,02 €; año 2021: 1.444.938,03 €, y año 2022: 240.823,01 €.

Dado que en el ejercicio de 2020, por razón de la casuística de las solicitudes presentadas, no se realizó ningún pago y que el plazo máximo para poder justificar las actuaciones subvencionadas es de un año desde la publicación en el BOIB de la resolución de concesión de las subvenciones, se hace necesario modificar la distribución del crédito por anualidades que se previó en el apartado 4.1 de la Resolución del vicepresidente y consejero de Transición Energética y Sectores Productivos de 25 de septiembre de 2020.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar el apartado 4.1 de la convocatoria, que queda redactado de la siguiente manera:

4.1. El importe económico máximo de esta convocatoria es 2.408.230,06 €. Las subvenciones se conceden con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma para los ejercicios de 2020, 2021 y 2022, concretamente, del centro de coste 19701, subprograma 731A01, capítulo 7* FF 20096, con la siguiente distribución de anualidades:

Año 2020:                             0 €

Año 2021:          1.144.938,03 €

Año 2022:          1.263.292,03 €

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Palma, 26 de mayo de 2021

El consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática

Juan Pedro Yllanes Suárez