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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 206228
Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca de fecha 17 de mayo de 2021, relativo a la corrección de errores en la aprobación de la Oferta Pública de Empleo de 2018

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Texto

El Consejo Ejecutivo, en la sesión de carácter ordinario de 10 de diciembre de 2018, aprobó la Oferta Pública de Empleo 2018, la cual se publicó en el BOIB núm. 20 de 14 de febrero de 2019.

Se ha detectado un error en el anexo de la Oferta Pública de Empleo 2018 en relación con la escala de la plaza de técnico lingüístico, ya que donde dice AG, debe decir AE.

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio oa instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Vista la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Servicios Generales,

El Consejo Ejecutivo, por unanimidad y en votación ordinaria, adopta el siguiente acuerdo:

Rectificar el anexo de la Oferta Pública de Empleo 2018, publicado en el BOIB núm. 20 de 14 de febrero de 2019, de forma que quede redactado según el documento anexo siguiente:

ANNEX

OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO 2018

Turno libre

Promoción interna

TOTAL

Plaza

Tipos

Grupo

Escala

 

Discapacidad

 

Discapacidad

 

 

 

 

 

2

 

1

1

4

ADMINISTRATIVO

F

C1

AG

4

1

2

1

8

AUX. ADMINISTRATIVO

F

C2

AG

1

 

2

 

3

COCINERO

F

C2

AE

1

 

 

 

1

ORDENANZA

F

AP

AG

1

 

1

 

2

TAE (ASESOR JURÍDICO)

F

A1

AE

1

 

2

 

3

TÉCNICO DE GESTIÓN

F

A2

AG

1

 

 

 

1

TÉCNICO LINGÜÍSTICO

F

A1

AE

11

1

8

2

22

 

 

 

 

Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación en el BOIB. El recurso se puede interponer formalmente ante el propio Consejo Ejecutivo o ante la Comisión de Gobierno, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de este recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación expresa, se entenderá desestimada por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

 

Sin embargo, en su caso, se puede interponer cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo ello, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Maó, 26 de mayo de 2021

Por delegación de la presidenta, El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)