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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Núm. 203003
Modificación de la resolución de aprobación de la concesión de las subvenciones para inversiones para la mejora de la competitividad de la Artesanía de Mallorca y su publicación en el BOIB

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Texto

Antecedentes

1. El consejero ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo Local, el día 6 de marzo de 2020 dictó la resolución de aprobación de la convocatoria de subvenciones para la mejora de la competitividad de la artesanía de Mallorca, para el año 2020, de acuerdo con el Plan Estratégico de Subvenciones de 2020.

2. Día 23 de julio de 2020, el consejero ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo Local dictó la resolución de aprobación de la concesión de las subvenciones para la mejora de la competitividad de la artesanía de Mallorca, para el año 2020 (BOIB núm.133, de 30 de julio de 2020).

3. En el Boletín Oficial de las Islas Baleares de día 30 de julio de 2020, núm. 133, se publica la resolución de concesión de las subvenciones para inversiones para la mejora de la competitividad de la artesanía de Mallorca para el año 2020; en el ANEXO 1 hay errores en tres cantidades, en el importe de subvención del expediente 26/2020 y en el presupuesto de los expedientes 25/2020 y 80/2020.

4. Según dispone el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, las administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o instancia de los interesados, errores materiales, de hecho o aritméticos existentes.

5. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos o de hecho, en actos y disposiciones administrativos corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

Fundamentos de derecho

1. El consejero ejecutivo es el órgano competente para aprobar y resolver subvenciones de cuantía igual o inferior a doscientos cincuenta mil euros (250.000 €) de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 f) del vigente Reglamento orgánico del Consejo Insular de Mallorca, en concordancia con la base 23.5 de las Bases de ejecución del Presupuesto del Consejo Insular de Mallorca 2020.

2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

3. Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Por todo ello, el consejero ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo Local

RESUELVE:

Primero. Modificar el Anexo 1 de la Concesión de las subvenciones para inversiones para la mejora de la competitividad de la artesanía de Mallorca para el año 2020, en el siguiente sentido:

Allí donde dice:

ANEXO 1

Nº EXP

IMPORTE SUBVENCIÓN

PRESUPUESTO

EMPRESA/NOMBRE

APELLIDOS

DNI/CIF

PROYECTO

BAREMACIÓN

ART1-025/2020

4.000,00

4.000,00

JAUME DE PUNTIRO SL

 

B57220782

Ampliación de la crianza de vinos

N/A

ART1-026/2020

3.251,81

3.251,81

JULIO

SERVERA VIEDMA

43045682D

Compresor Fiac

N/A

ART1-089/2020

4.000,00

4.000,00

GALERIES VICENÇ SAU

 

A07210263

Web Tejidos Vicenç

N/A

Debe decir:

ANEXO 1

Nº EXP

IMPORTE SUBVENCIÓN

PRESUPUESTO

EMPRESA/NOMBRE

APELLIDOS

DNI/CIF

PROYECTO

BAREMACIÓN

ART1-025/2020

4.000,00

5.258,14

JAUME DE PUNTIRO SL

 

B57220782

Ampliación de la crianza de vinos

N/A

ART1-026/2020

2.687,45

2.687,45

JULIO

SERVERA VIEDMA

43045682D

Compresor Fiac

N/A

ART1-089/2020

4.000,00

4.400,00

GALERIES VICENÇ SAU

 

A07210263

Web Tejidos Vicenç

N/A

Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 25 de mayo de 2021

La secretaria Técnica de Promoción Económica y Desarrollo Local (Por delegación del Consejero de Promoción Económica y Desarrollo Local. Resolución de 22.07.2019., BOIB Núm. 103, de 27.07.2019) Rosa Mª Cañameras Bernaldo