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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 202952
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores, a propuesta de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, por la que se autoriza la cesión de uso gratuita y temporal del despacho 205 y la revocación de la cesión de uso del despacho 312 del Casal Ernest Lluch situado en la calle de Rosa, 3, de Palma, a favor de la Asociación de Celíacos de las Illes Balears (Exp. SP 62/2021)

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Texto

En el día de la firma electrónica, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio ha formulado la propuesta de resolución siguiente:

Hechos

1. La Asociación de Celíacos de las Illes Balears (ACIB) es entidad residente del Casal Ernest Lluch desde el año 2004, donde ocupa el despacho 312, de unos 9 m2.

2. En fecha 12 de agosto de 2020, la ACIB solicitó poder disponer de un despacho más amplio donde poder: atender a las personas que se desplazan en silla de ruedas para recibir información sobre la enfermedad; habilitar una zona porque, cuando atienden a las familias afectadas, los cochecitos de los bebés queden dentro del mismo despacho, o bien si acuden con niños pequeños, éstos se puedan distraer bajo la supervisión de los padres; donde tener un espacio dedicado a almacén de muestras de productos alimentarios por celíacos; y un almacén de material fotográfico.

3. En este momento, según Resolución publicada al BOIB núm. 16, de 06-02-2021, está disponible el despacho 205 del Casal, de unos 29 m2, la ACIB lo ha visitado y lo considera adecuado a sus necesidades.

4. En fecha 4 de marzo de 2021 la secretaria general de la Consejería de Salud y Consumo emitió un informe favorable sobre la cesión de uso gratuita y temporal del despacho 205 del Casal Ernest Lluch a la ACIB a cambio de la revocación del despacho 312.

5. El número del activo en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears es el 100000002338 – 0, con referencia catastral 9905710DD6890F0001QH, inscrito en el Registro de la Propiedad núm. 3 de Palma (folio 103, tomo 78, libro 2419, inscripción núm. 2189).

6. En fecha 10 de marzo de 2021, tuvo entrada en la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, un oficio de la secretaria general de la Consejería de Salud y Consumo, acompañado de la Resolución de la consejera de Salud y Consumo en el que se insta a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores a iniciar el expediente de revocación del despacho 312 a cambio de la cesión de uso gratuita y temporal del despacho 205 del Casal Ernest Lluch a favor de la ACIB.

7. En fecha 13 de mayo de 2021, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio dictó resolución de inicio del expediente de que se trata.

8. En fecha 17 de mayo de 2021, el Servicio de Patrimonio emitió un informe favorable sobre el expediente de referencia.

Fundamentos de derecho

1. Convenio firmado el 15 de mayo de 1995 de cesión por parte del Ayuntamiento de Palma en la Consejería de Salud y Consumo del inmueble situado en la calle de la Rosa 3, de Palma y del espacio situado en la calle de Can Campaner 4, de Palma.

2. Los artículos 63 y 64, por remisión de los artículos 72, 87.g), y el 88.f), incluidos en la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. Los artículos 128, 129 y 130, por remisión del artículo 142, incluidos en el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. El Decreto 8/2021, de 13 de febrero, de modificación del Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 20, de 14 de febrero).

5. El Decreto 9/2021, de 13 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 20, de 14 de febrero).

6. El Decreto 25/2021, de 8 de marzo, por el que se modifica el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 33, de 9 de marzo).

7. El Decreto 14/2021, de 15 de marzo, por el que se dispone el cese y el nombramiento de un alto cargo de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores (BOIB núm. 36, de 16 de marzo).

Propuesta de resolución

Propongo a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores que dicte resolución en los términos siguientes:

1. Autorizar la cesión de uso gratuita y temporal del despacho 205 y la revocación de la cesión de uso del despacho 312 del Casal Ernest Lluch, situado en la calle de Rosa, 3, de Palma, a favor de la Asociación de Celíacos de las Illes Balears.

2. Establecer que la cesión de uso del despacho 205 es hasta el 30 de abril de 2024.

3. Notificar esta Resolución a las partes interesadas.

4. Anotar las características de la cesión de uso y de revocación en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse notificado y publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores a partir del día siguiente de haberse notificado y publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

  

Palma, en el día de la firma electrónica (24 de mayo de 2021)

La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores Rosario Sánchez Grau

La directora general proponente

Catalina Ana Galmés Trueba