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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 202928
Resolución de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio por la que se autoriza la afectación principal de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y la afectación secundaria del Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos al edificio de la calle Montenegro, 5, de Palma (Exp. SP 82/2021)

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Texto

Hechos

1. Desde el 15 de mayo de 1984, consta en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears el edificio de la calle Montenegro, 5, de Palma, como sede de la actual Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo para el desarrollo de su actividad administrativa y las competencias atribuidas.

2. Hoy en día no se ha emitido una Resolución de afectación expresa del edificio a favor de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, es por eso que, con fecha 30 de diciembre de 2020, el Departamento Jurídico de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo emitió un informe sobre la necesidad de dar cobertura jurídica a esta situación.

3. En fecha 13 de abril de 2021, tuvo entrada en la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, un oficio del secretario general de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo solicitando la afectación principal de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y la afectación secundaria del Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos (CBAT) al edificio de la calle Montenegro, 5, de Palma.

4. El número del activo en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears es el 100000001432–0, con referencia catastral 9602501DD6890D0001JZ, inscrito en el Registro de la Propiedad núm. 5 de Palma (folio 10, tomo 5053, libro 192, inscripción núm. 1805).

5. En fecha 11 de mayo de 2021, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio dictó resolución de inicio del expediente del que se trata.

6. En fecha 13 de mayo de 2021, el Servicio de Patrimonio emitió un informe favorable sobre el expediente de referencia.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 24, 33 y 34 por remisión del artículo 88.c), incluidos en la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. Los artículos 28, 39, 42 y 45, incluidos en el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 8/2021, de 13 de febrero, de modificación del Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 20, de 14 de febrero).

4. El Decreto 9/2021, de 13 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 20, de 14 de febrero).

5. El Decreto 25/2021, de 8 de marzo, por el que se modifica el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 33, de 9 de marzo).

6. El Decreto 14/2021, de 15 de marzo, por el que se dispone el cese y el nombramiento de un alto cargo de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores (BOIB núm. 36, de 16 de marzo).

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar la afectación principal de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y la afectación secundaria del Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos (CBAT) al edificio de la calle Montenegro, 5, de Palma.

2. Por la naturaleza de la adscripción, queda prohibido expresamente cualquier acto de disposición, de cesión, de arrendamiento, de subarrendamiento o cualquier otro acto de naturaleza análoga, restrictiva del dominio y la posesión.

3. La adscripción atribuye al ente público beneficiario las facultades de uso, gestión y administración vinculadas al ejercicio de una finalidad competencial concreta, sin alterar la titularidad, la calificación o el régimen jurídico de los bienes y derechos adscritos.

4. Notificar esta Resolución a las partes interesadas.

5. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

6. Anotar el contenido de esta Resolución en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Palma, en el día de la firma electrónica (24 de mayo de 2021)

La directora general Catalina Ana Galmés Trueba