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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 200903
Convocatoria de pruebas de competencia profesional de transportista

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Texto

Seguidamente se transcribe la resolución del consejero ejecutivo del departamento de Innovación, Transparencia, Participación y Transportes de fecha 21 de mayo de 2021 convocando pruebas de obtención de la competencia profesional de transportista:

La Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y su Reglamento aprobado el 28 de septiembre de 1990 determinan que para el ejercicio de las actividades de transportista de viajeros y de mercancías por carretera, de agencia de transportes de mercancías, de transitario y de almacenista-distribuidor, será necesario acreditar previamente el cumplimiento del requisito de competencia profesional, que se reconocerá a aquellas personas que, justificada la posesión de los conocimientos necesarios, superen las pruebas que se convoquen y obtengan el correspondiente certificado, regulado conforme a lo que desarrolla la Orden Ministerial de 28 de mayo de 1999, y el Anexo II del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los transportes terrestres.

Estas normas prevén que las convocatorias las realizarán en sus territorios para las Comunidades Autónomas en el ejercicio de las funciones delegadas por el Estado en la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de delegación de facultades del Estado en las Comunidades Autónomas en relación con los transportes por carretera y por cable, y su efectividad, en el caso de las Islas Baleares, se materializa al efectuarse por el Real Decreto 993/1992, de 31 de julio, la transferencia de los medios personales y materiales que las mencionadas funciones necesitan. Posteriormente, en aplicación del artículo 39 del Estatuto de autonomía y de la Ley del Parlamento de las Islas Baleares 5/1989, de 13 de abril, de los consejos insulares, se aprobó la atribución de competencias a los consejos insulares de Mallorca, de Menorca y de Ibiza y Formentera, en materias diversas.

El Pleno del Parlamento de las Islas Baleares, en sesión ordinaria de día 21 de diciembre de 1998, aprobó la Ley de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de transportes por carretera. La Ley 13/1998, de 23 de diciembre, en el artículo 2.2. j) señala como competencia delegada del Consejo Insular de Ibiza la capacitación profesional para el ejercicio del transporte público.

Vista la providencia de inicio del consejero ejecutivo del Departamento de Innovación, Transparencia, Participación y Transportes, de fecha 19 de mayo de 2021

Visto el informe propuesta del jefe de servicio de Transportes, de fecha 21 de mayo de 2020

En uso de las facultades que tengo conferidas, de acuerdo con el artículo 13.º de la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, y lo que dispone el Anexo II del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los transportes terrestres y la Orden de 28 de mayo de 1999, así como el Decreto de Presidencia n.º 2019000484, de fecha 16-7-2019, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consejo Insular de Ibiza (BOIB n.º 98 EXT., de 17-7-2019; modificaciones al BOIB n.º 175, de 31-12-2019, BOIB n.º 101, de 4-6-2020 y al BOIB n.º 153, de 5-09-2020),

RESUELVO

Convocar las pruebas para la obtención de la competencia profesional para el ejercicio de las actividades de transporte interior e internacional de mercancías y de transporte interior e internacional de viajeros de acuerdo con las siguientes:     

BASES:

PRIMERA - Ámbito de las pruebas

Se convocan pruebas para la constatación de la competencia profesional para el ejercicio de las actividades de transporte interior e internacional de mercancías y de transporte interior e internacional de viajeros a celebrar al ámbito de la isla de Ibiza.

SEGUNDA - Ejercicios

Los ejercicios de las pruebas, su estructura y criterios de calificación serán los establecidos a la Orden del Ministerio de Fomento, de 28 de mayo de 1999, por la cual se desarrolla el Capítulo 1.º del Título II del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de expedición de certificados de competencia profesional (BOE. n.º 139, de 11 de junio de 1999).

Los ejercicios que tendrán que superar los aspirantes a la obtención del certificado de competencia profesional para el ejercicio de las actividades de transporte, se basarán en el contenido de las materias incluídas en el anexo B) de la mencionada Orden Ministerial, en su correspondiente modalidad o grupo.

TERCERA - Solicitudes

Las solicitudes para tomar parte en las pruebas, debidamente cumplimentadas de conformidad con el modelo adjunto a esta resolución, se presentarán al Consejo Insular de Ibiza con un plazo que se iniciará a partir del día siguiente a la publicación al BOIB de esta convocatoria y que finalizará el próximo día 18 de junio de 2021.

Las solicitudes tendrán que acompañarse de una fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor y, en su caso, cuando se produzcan las circunstancias reglamentarias previstas que posibiliten la presentación en las pruebas en una localidad diferente de aquella la cual el solicitante tenga su domicilio habitual, de los documentos acreditativos de estas circunstancias.

Las solicitudes tendrán que acompañarse de la acreditación del pago de la tasa de examen para la capacitación profesional de transportista (mercancías o viajeros), por importe de 25,15 €, así como de los documentos que, de acuerdo con la base cuarta, acrediten encontrarse en posesión de la titulación correspondiente necesaria para de obtención del certificado de competencia profesional para el transporte por carretera.

CUARTA - Domicilio y requisitos de los aspirantes.

Los aspirantes al reconocimiento de la competencia profesional, solo podrán concurrir a los ejercicios celebrados ante el Tribunal nombrado por este Consejo Insular si tienen su domicilio legal en cualquiera de los municipios de la isla de Ibiza.

Para demostrarlo tendrán que presentar al Tribunal en el momento del inicio de los ejercicios, el original de su DNI, con el domicilio que aparezca incluido al ámbito territorial que alcance la actuación del mencionado tribunal. Cuando se produzcan cambios de domicilio no reflejados todavía al DNI, podrá justificarse con un certificado de empadronamiento emitido por el correspondiente ayuntamiento, con una antigüedad mínima de seis meses de residencia.

Las personas que justifiquen tener su domicilio en territorio extranjero, podrán concurrir a las pruebas, y tendrán que presentar la correspondiente solicitud en unión de los oportunos justificantes.

Así mismo, de acuerdo con lo que prevé el punto 4.1 del Anexo II del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los transportes terrestres, las solicitudes tendrán que acompañarse de los documentos que acrediten encontrarse previamente en posesión de alguno de los siguientes títulos de formación:

  • Título de Bachiller o equivalente.

  • Título de Técnico, acreditativo de haber superado la enseñanza de una formación profesional de grado medio, cualquiera que sea la profesión a que se encuentre referido.

  • Título de Técnico Superior, acreditativo de haber superado la enseñanza de una formación profesional de grado superior, cualquier que sea la profesión a que se encuentre referido.

  • Cualquier título acreditativo de haber superado enseñanzas universitarias de grado o posgrado.

QUINTA - La composición del Tribunal calificador de las mencionadas pruebas es la que sigue:

Presidente: Sr. Antonio Montero Guasch

Secretaria:  Sra. Lourdes Riera Ribas

Vocal 1.º:   Sr. Florián Álvarez Roig

Vocal 2.º:   Sra. Isabel Navas Rubio

Vocal 3.º:   Sr. Antonio Nieto Burgos

 

Suplent del Presidente:   Sr. Juan Manuel Gil Gómez

Suplent de la Secretaria: Sra. Sara Tomás Gurnham

Suplente del Vocal 1.º:   Sr. Antonio Marí Noguera

Suplente del Vocal 2.º:   Sra. María Jurado Linares

Suplent del Vocal 3.º:     Sr. Francisco Funes Alcaraz

 

SISENA - Lugar y fecha de celebración de las pruebas:

Lugar de los ejercicios:

Recinto Ferial

Cr. Sant Antoni, km 1

07800 Ibiza

Fecha y hora:

Jueves, día 1 de julio de 2021

08,30 horas: Ejercicio para la modalidad de transporte interior e internacional de mercancías

12,15 horas: Ejercicio para la modalidad de transporte interior e internacional de viajeros

SÉPTIMA - Modelo instancia participación en las pruebas:

Nombre y apellidos ...............................................................................................................,

con DNI n.º ................................, que vivo en (población)................................. y con domicilio en la calle de ................................................................................................. n.º ............, piso .............., teléfono .........................., correo electrónico ..................................................................................................................  os

EXPONGO: que reúne todos y cada uno del requisitos exigidos a las bases aprobadas por resolución del consejero ejecutivo del Departamento de Innovación, Transparencia, Participación y Transportes de fecha .... de mayo de 2021 (BOIB n.º ..... de fecha ........ de mayo de 2021) para la realización de realización de pruebas de obtención de la competencia profesional de transportista, que tendrán lugar el día 1 de julio de 2021 en la sede del Consejo Insular de Ibiza (se adjunta DNI, titulación y tasa).

Por todo ello,

SOLICITO: ser admitido a las mencionadas pruebas en la modalidad que a continuación se señalan

(  )   Transporte interior e internacional de mercancías  (8:30 horas)

(  )   Transporte interior e internacional de viajeros        (12:15 horas)

 

Ibiza, 24 de mayo de 2021

El jefe de servicio de Transportes ​​​​​​​Antonio Montero Guasch