Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 200618
Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de 13 de mayo de 2021 de modificación de la plantilla del personal del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales correspondiente al año 2021 (Expediente administrativo núm. 2/2021)
Aprobado en la sesión del Pleno de esta Corporación, celebrado el día 13 de mayo de 2021, queda aprobada inicialmente la propuesta de acuerdo del presidente del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS), de modificación de la Plantilla del personal del IMAS (expediente administrativo núm. 2/2021), el cual se transcribe a continuación:
«Propuesta de acuerdo
Primero. APROBAR inicialmente el proyecto de modificación de la vigente plantilla del personal del IMAS del ejercicio 2021, con efectos de 1 de junio de 2021, en los términos que se recogen a continuación y elevarlo al Pleno para acordarse la aprobación:
Donde dice:
PERSONAL FUNCIONARIO
ESCALA ADMINISTRACIÓN ESPECIAL
Subescala técnica
Clase: técnico-a superior
CATEGORIAS Grupo Total
Técnico-a superior A1 48
Subescala: técnica
Clase: técnico-a medio
CATEGORIAS Grupo Total
Técnico-a medio A2 63
Subescala: técnica
Clase: técnico-a medio
CATEGORIAS Grupo Total
Diplomatura en trabajo social A2 27
Debe decir:
PERSONAL FUNCIONARIO
ESCALA ADMINISTRACIÓN ESPECIAL
Subescala técnica
Clase: técnico-a superior
CATEGORIAS Grupo Total
Técnico-a superior A1 50
Subescala: técnica
Clase: técnico-a medio
CATEGORIAS Grupo Total
Técnico-a medio A2 64
Subescala: técnica
Clase: técnico-a medio
CATEGORIAS Grupo Total
Diplomatura en trabajo social A2 28
Segundo. Este acuerdo aprobatorio será considerado como definitivo si no se producen reclamaciones en contra durante el plazo de exposición pública de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 112.3 de la ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local, y también en el arte. 169 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales ».
- A los efectos de poder presentar reclamaciones, los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en los artículos 63.1 de la Ley 7/1985 y 170 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, a la que también se ha hecho referencia y por los motivos taxativamente enumerados en el número. 2 del mencionado artículo 170, pueden presentar reclamaciones, con sujeción a los siguientes:
a) Plazo de exposición, admisión de reclamaciones: Quince días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
b) Oficina de presentación: Registro General.
c) Órgano ante el que se ha de reclamar: Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales .
- Asimismo, se hace público que la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del IMAS (Expediente administrativo núm. 3/2021) que afecta parcialmente a esta modificación de la plantilla del personal del IMAS (Expediente administrativo núm. 2/2021), se aprobó mediante Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de día 13 de mayo de 2021 y se publica junto a esta modificación de plantilla del personal del IMAS del año 2021.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (21 de mayo de 2021)
El consejero de Derechos Sociales y presidente del IMAS
Javier de Juan Martín