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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

FUNDACIÓN MALLORCA TURISMO

Núm. 195677
Extracto de la convocatoria de subvenciones Gaudeix l’illa III

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 565368

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web de la Fundació Mallorca Turisme www.fundaciomallorcaturisme.net:

Primero. Objeto de la convocatoria

El objeto de esta convocatoria es el fomento del sector turístico de Mallorca mediante la concesión de ayudas a las entidades que gestionan las plazas de los establecimientos de alojamiento turístico y para las agencias de viajes que gestionan actividades de tiempo libre, para que puedan iniciar la temporada turística o reforzar a los que ya tenían previsto abrir durante el verano de 2021.

La finalidad de la convocatoria es la reactivación económica y social de Mallorca después de la crisis ocasionada por la Covid19.

Las actividades subvencionables se pueden disfrutar hasta el 31 de octubre de 2021.

Segundo. Periodo subvencionable.

El periodo subvencionable estará desde el momento de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta el 31 de octubre de 2021.  

Tercero. Beneficiarios

Pueden ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas que gestionan las plazas de establecimientos turísticos y titulares de agencias de viaje, que reúnen los siguientes requisitos:  

  • Cumplir con el artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca.

  • Estar de alta de actividades económicas

  • Estar al corriente de obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con la Seguridad Social, con el Consejo Insular de Mallorca y con la Fundació Mallorca Turisme.

  • No haber sido sancionado por incumplir la normativa en materia de contención de la covid19.

  • No haber despedido a ningún trabajador ni trabajadora afectados por<A[por|para]> los expedientes de regulación temporal del empleo<A[empleo|ocupación]> (en ERTE).

  • Estar inscritas en la Dirección General de Turismo de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

b) Líneas 1 y 2 (establecimientos turísticos):

  • Tener como objeto social o actividad principal dedicarse a la gestión de plazas turísticas como propietario del establecimiento o como empresa encargada de la gestión de un establecimiento turístico.

  • Pueden tener domicilio fiscal fuera de Mallorca, pero el establecimiento turístico que ofrece tiene que estar abierto en Mallorca.

c) Línea 3 (agencias de viajes):

  • Tener como objeto social o actividad principal ser una agencia de viajes.

  • Tener el domicilio fiscal en Mallorca y oficina abierta al público en Mallorca.

Cuarto. Requisitos de los establecimientos turísticos

Se ha distribuido el importe de la subvención por líneas en función del tipo de beneficiario:

A) Línea 1. Establecimientos turísticos de 50 habitaciones o más.

B) Línea 2. Establecimientos turísticos hoteleros de 49 habitaciones o menos, agroturismos, hoteles rurales, hoteles de interior, hospedería.

C) Línea 3. Agencias de viajes.

Requisitos comunes de los establecimientos turísticos de las líneas 1 y 2.

  • Establecimiento turístico abierto en Mallorca.

  • Tener las instalaciones del establecimiento abiertas, si la normativa sanitaria en materia de protección de la covid19 lo permite.

  • La habitación que se tiene que ofrecer con el bono <A[bueno|bono]>es el estándar (no hay problema si por falta de habitaciones estándar se ofrece una habitación de categoría superior).

  • El establecimiento tiene que estar abierto hasta el 31 de octubre de 2021.

  • El establecimiento tiene que disponer de piscina.  

  • Las habitaciones del establecimiento que se ofrecen a los ganadores de los bonos tienen que ser para<A[para|por]> dos personas. Si el ganador del bono<A[bueno|bono]> quisiera una habitación mayor para ir con más personas el coste será a cargo del titular del bo<A[bueno|bono]>no.

  • No pueden tener convenio firmado con una administración para acoger posibles contagios de covid19.

  • Incluye establecimientos hoteleros, agroturismos, hoteles rurales, hoteles de interior, hospedería.

  • Establecimiento turístico inscrito en la Dirección General de Turismo de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Línea 1: Establecimientos turísticos de 50 habitaciones o más:

  • Con una categoría de establecimiento de 3 estrellas o superior.

  • Establecimiento con 50 habitaciones, o más.

  • En esta línea 1, el bono <A[bueno|bono]>incluye la media pensión (no se incluyen bebidas).

  • Aceptar la estancia en el establecimiento a una tarifa de 250 € por habitación, IVA incluido, con 2 noches / 3 días, con entrada y salida a partir de la hora facilitada en el hotel o establecimiento turístico, con media pensión, para<A[para|por]> los dos ocupantes. La Fundació Mallorca Turisme subvenciona la cuantía de 200 € y los ganadores del sorteo pagan la cuantía de 50 € (IVA incluido) en el establecimiento por<A[por|para]> la estancia. 

Línea 2: Establecimientos turísticos hoteleros de 49 habitaciones o menos, agroturismos, hoteles rurales, hoteles de interior, hospedería:

  • El establecimiento hotelero tiene que disponer de 49 habitaciones o menos, con categoría de tres estrellas o superior.

  • La estancia en la habitación incluye el alojamiento y el desayuno (AD).

  • Aceptar la estancia en el establecimiento a una tarifa de 250 € por habitación con 2 noches / 3 días, con entrada y salida a partir de la hora facilitada en el hotel o establecimiento turístico, con alojamiento y merienda, para<A[para|por]> los dos ocupantes, IVA incluido. La Fundació Mallorca Turisme subvenciona la cuantía de 200 € y los ganadores del sorteo pagan la cuantía de 50 €, IVA incluido.

Línea 3. Las agencias de viaje tienen que ofrecer actividades de tiempo libre entre las que vienen especificadas en la convocatoria, por<A[por|para]> un precio equivalente a 100,00 € para dos personas (IVA incluido). Si la actividad que se ofrece no llega a esta cantidad se pueden ofrecer actividades que sumen esta cuantía.

Quinto. Bases reguladoras

Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017, con modificación BOIB núm. 96, de 4 de agosto.) 

Sexto. Cuantía de la convocatoria

El presupuesto de gastos de la Fundació Mallorca Turisme para el año 2021 destina a esta convocatoria la cantidad de 2.500.000 €.

La cuantía exacta de la subvención que corresponderá al beneficiario se determinará en la resolución de concesión, una vez recibidas las solicitudes de los beneficiarios de la subvención y el sorteo de las estancias y actividades.

Séptimo. Líneas de la subvención e importe subvencionable

Se ha distribuido el importe de la subvención por zonas turísticas con el fin de repartir el beneficio entre toda la isla y que no se concentre en un lugar. En la solicitud se tiene que indicar la Sublínea a la cual se presenta la persona interesada.

Octavo. Concurrencia

El procedimiento de concesión es de concurrencia no competitiva, por orden de entrada en el registro.

 

Noveno. Plazo para presentación de solicitudes

El plazo es de quince días hábiles a partir de las 9.00 h del día siguiente en la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas baleares.

Lugar de presentación: las personas interesadas tienen que formalizar la solicitud a través del Registro electrónico de la Fundació Mallorca Turisme:

https://fundaciomallorcaturisme.sedelectronica.es/info.0

Este trámite SÓLO se puede hacer en línea, se tiene que rellenar la solicitud del catálogo de trámites «Convocatoria Gaudeix l'illa III». Es obligatorio hacerla en línea utilizando el trámite creado para ello.  No es válida ninguna otra forma de presentación.   

La presentación electrónica de las solicitudes se tiene que hacer con el certificado digital de la persona interesada o la tiene que presentar un representante de la entidad que se acreditará con su certificado digital como representante.

Se tiene que presentar la solicitud con la documentación administrativa y técnica que se especifica en el texto completo de la convocatoria.

Undécimo. Justificación

Los beneficiarios tienen que presentar la documentación justificativa de la subvención de acuerdo con el punto 12 de la convocatoria. En todo caso, el plazo acaba el 30 de noviembre de 2021.

Duodécimo. Otros datos

Las personas que tienen que disfrutar de la estancia en los establecimientos turísticos o las actividades que ofrecen las agencias de viajes son escogidas mediante sorteo ante notario.

Decimotercero. Consultas relacionadas con la convocatoria

Las personas interesadas con dudas relacionadas con la convocatoria pueden obtener información en la web de la Fundació Mallorca Turisme www.fundaciomallorcaturisme.net y mediante consultas al correo electrónico gaudeix@fundaciomallorcaturisme.com

 

Palma, 19 de mayo de 2021

El director de la Fundación Mallorca Turisme Miguel Pastor Jordá