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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL
Núm. 196862
Extracto del Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, de día 21 de mayo de 2021 por el cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento de la compra de productos de Mallorca en el 2021
BDNS (Identif.): 565473
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index)
Primero. Beneficiarios
Pueden ser beneficiarios de estas subvenciones, las personas físicas o jurídicas siguientes:
- Productores del sector agroalimentario de Mallorca con establecimiento de venta abierto al público domiciliado en Mallorca.
- Cooperativas agrarias inscritas en el Registro de Cooperativas de las Islas Baleares con establecimiento de venta abierto al público domiciliado en Mallorca.
- Aquellas que gestionen un establecimiento de venta al público basado en economía social y solidaria, que le resulte de aplicación los principios de la ley 5/2011, de 29 de marzo, de economía social.
Además, tienen que reunir los requisitos siguientes:
Cumplir con los requisitos del artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca para obtener la condición de beneficiario.
Que el establecimiento o cooperativa tenga el domicilio fiscal en Mallorca.
Tener la consideración de pequeña y mediana empresa, según la Recomendación de la Comisión Europea 2003/361/CE, de 6 de mayo, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas, DOUE de 20 de mayo de 2003.
Segundo. Objeto
El objeto de esta convocatoria es la compra, elaboración y distribución de productos que compondrán los “lotes de productos de Mallorca”. Los beneficiarios entregarán estos lotes a los clientes finales que hagan un gasto mínimo mediante un sistema de bonos, con el fin de reactivar la economía de los productores, cooperativas agrarias y demás entidades de la economía social y consolidaría.
El contenido de los lotes de productos a subvencionar será obligatoriamente:
Una cazuela de barro artesana de un diámetro entre 25 y 30 cm. (valor 12,50 €).
Una botella de vino de la IGP “Vi de la Terra” de 75 cl. (valor 10,50 €).
Un tarro de garbanzos ecológicos de 350 g. (valor 2,10 €).
Un tarro de confitura ecológica de 250 g. (valor 2,45 €).
Una sobrasada de la IGP “Sobrasada de Mallorca” entre 600 y 800 g. (valor 9,00 €).
Un paquete de barquillos artesanos de 150 g. (valor 4,50 €).
Una botella de licor de “Hierbas Artesanas” de 70 cl. (valor 8,70 €).
Una piedra de jabón artesano de 90 g. (valor 5,25 €).
Uno bolsa de tela de “lenguas artesana” de medidas 39 x 40 cm. (valor 18,50 €)
Una botella de vino de la DO “ Pla i Llevant” de 75 cl. (valor 10,50 €).
Una botella de vino de la DO “Binissalem” de 75 cl. (valor 10,50 €).
Una bolsa de almendras de la IGP “Ametlla de Mallorca” de 500 g. (valor 6,60 €).
Una botella de aceite de la DO “Oli de Mallorca” de 500 ml. (valor 7,70 €).
Un “Siurell” artesano (valor 8,40 €).
Un tarro de salsa de algarroba ecológica de 350 g. (valor 4,70 €).
Un tarro de flor de sal ecológica de 50 g. (valor 2,05 €).
Un tarro de olivas de la DO “Oli de Mallorca” de 200 g. (valor 2,40 €).
Un producto ecológico derivado del tomate de ramillete mallorquín (valor 2,65 €).
Un paquete de galletas artesanas de 250 g. (valor 3,10 €).
Un queso artesano de 350 g. (valor 7,20 €)
Una botella de salsa picante artesana de 100 ml. o de confitura artesana de 400 g. (valor 5,60 €).
Un “gató de almendras” de la Asociación de Panaderos y Pasteleros Artesanos de Mallorca de 500 g. (valor 8,10 €).
Tercero. Bases reguladoras
Las bases reguladoras de la presente convocatoria son las establecidas en la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, aprobada por Acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de 18.02.2017), modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 (BOIB nº. 96, de 04.08.2018).
Cuarto. Cuantía
El presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca del 2021 ha asignado un importe total de 1.000.000,00 € a las subvenciones objeto de esta convocatoria, con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias siguientes, atendiendo a la finalidad y ánimo de lucro del beneficiario:
65.43110.47900 900.000,00 €
65.43110.48900 100.000,00 €
Quinto. Plazo para presentar las solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes es de 25 días naturales desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Las solicitudes se tienen que dirigir al Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local y se tienen que presentar exclusivamente por vía telemática a través de la página web https://seu.conselldemallorca.net o https://ajutsmallorca.com
Sexto. Otros datos
El periodo subvencionable será los meses que dure la campaña de fomento de compra de productos de Mallorca: Tres meses a contar desde de los 15 días naturales de la publicación de la concesión de las subvenciones en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
La documentación justificativa de la actividad subvencionada se presentará de una vez, por importe total de la actividad subvencionada y desarrollada.
El plazo de presentación de la documentación justificativa finaliza a los dos meses de concluir la Campaña compra productos de Mallorca 2021.
El modelo normalizado de solicitud y la documentación que se tiene que acompañar, se encuentra disponible igualmente en la sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca https://seu.conselldemallorca.net.
Palma, 21 de mayo de 2021
La secretaría técnica de Promoción Económica y Desarrollo Local (Por delegación del consejero de Promoción Económica y Desarrollo Local.Resolución de 22/07/2019. BOIB nº. 103, de 27/07/2019) Rosa Mª Cañameras Bernaldo