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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR

Núm. 194758
Modificar decreto número 20205365 de 4 de enero

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Texto

En la Ciudad de Llucmajor, el alcalde que suscribe, en presencia del secretario de la corporación,viene a dictar la siguiente

RESOLUCIÓN

 

I. La última reestructuración del equipo de gobierno se llevó a cabo mediante el Decreto n.º 20205365, de 4 de enero, con el que se incorporó el Sr. Bernadí Vives Cardona. En esta resolución se mantuvo intacto el régimen de competencias y atribuciones delegadas en favor de la Junta de Gobierno Local (JGL) establecidos desde la constitución de la actual corporación en el mes de junio de 2019.

II. En el mencionado Decreto 20205365, se atribuye a la JGL, entre otras, la competencia para aprobar las bases reguladores y la convocatoria de cada tipo de subvención, así como la concesión de subvenciones cuando estén destinadas a financiar gastos que tengan una duración de hasta cuatro años.

III. La situación de pandemia provocada por la COVID-19 ha dado lugar a la realización de varias convocatorias de subvenciones, y en algunos casos estas convocatorias están sujetas a plazos breves impuestos por otras administraciones (GOIB, Consejo de Mallorca, etc.), con lo cual, mantener en la JGL la competencia para conceder los subvenciones, hace que se pierda agilidad y celeridad en la tramitación de los ayudas, con lo cual se considera conveniente mantener solo en la JGL la competencia para la aprobación de los bases reguladores y la convocatoria, pero recuperar para la Alcaldía la competencia para su resolución.

IV. El artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de los bases del régimen local, faculta el alcalde para delegar el ejercicio de los suyas atribuciones (con algunas excepciones), y el artículo 23.2, apartado b), señala que la JGL ostentará las atribuciones que el alcalde u otro órgano le deleguen.

V. El artículo 10.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público, contempla la posibilidad que, en el supuesto de delegación de competencias en favor de órganos no dependientes jerárquicamente, el órgano delegante podrá reclamar el conocimiento de determinados asuntos.

En consecuencia,

RESUELVO

Primero. Modificar el Decreto n.º 20205365, de 4 de enero, en el sentido de reclamar para mí la competencia para la concesión de los subvenciones, y mantener en la JGL la competencia para aprobar los bases reguladores y la convocatoria de cada tipo de subvención.

Segundo. Publicar el presente decreto en el BOIB, y dar cuenta en el Pleno de la corporación en la primera sesión que se realice.

 

Llucmajor, 20 de mayo de 2021

El alcalde accidental

Bernardí Vives Cardona