Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 184633
Resolución del Consejero Ejecutivo del Departamento de Hacienda, Gestión Económica, Deportes y Juventud de modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Consejo Insular de Eivissa 2020-2021-2022
El Consejo Ejecutivo de este Consejo Insular acordó, en fecha 07/02/2020, de conformidad con lo que dispone el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOIB n.º 20, de 15/02/2020), la aprobación del vigente Plan Estratégico de Subvenciones de esta Corporación para los años 2020-2021-2022; así mismo también acordó delegar en la Consejera Ejecutiva del Departamento de Economía y Hacienda, y Desarrollo Empresarial, la aprobación de las modificaciones que se pudieran producir durante su vigencia (BOIB n.º 126, de 16/07/2020).
Desde la aprobación del mencionado Plan Estratégico de Subvenciones se han detectado nuevas necesidades dentro del ámbito competencial propio del Departamento de Gestión del Territorio, Infraestructuras Viarias, Ordenación Turística y Lucha contra el Intrusismo que precisan su atención, más concretamente, en el ámbito de las Infraestructuras Viarias, y es intención del mencionado Departamento atenderlas, por lo cual es necesario modificar el Plan Estratégico de Subvenciones del Consejo Insular de Eivissa 2020-2021-2022.
En este sentido, el Consejero Ejecutivo del Departamento de Gestión del Territorio, Infraestructuras Viarias, Ordenación Turística y Lucha contra el Intrusismo dictó, en fecha 28/04/2021, una Providencia que, en extracto, señala lo siguiente:
«.../...
El Consejo Insular de Eivissa es, en virtud de la citada Ley 16/2001, el titular de la carretera EI 200, un tramo de la cual atraviesa por el centro del casco urbano de Sant Carles de Peralta, TM de Santa Eulària des Riu; el tramo concreto es el comprendido entre el PK 12+610 y el 13+050.
Por otro lado, el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu es titular de la calle Venda de Morna, vía de circunvalación del núcleo de Sant Carles de Peralta, situado en el norte del mismo, el cual se inicia en el PK 12+610 de la vía EI-200 y finaliza en el PK 13+050 de la misma vía.
Mediante escrito de fecha 21/02/2018, el Consejo Insular remitió un oficio al Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu en respuesta a la petición, que este Ayuntamiento había hecho por la permuta del citado tramo de la carretera EI-200 por la calle Venda de Morna. En el mencionado oficio se indicaban toda una serie de consideraciones técnicas que se tenían que cumplir antes de iniciar los trámites para el cambio de titularidad. En concreto, se decía que debía darse solución a las intersecciones de la vía de circunvalación con la carretera EI200, teniéndose que presentar una propuesta técnica justificativa elaborada por técnico competente.
Según comunicación del Ayuntamiento de Santa Eulària, los servicios técnicos de este Ayuntamiento han elaborado un proyecto llamado «Acondicionamiento de intersecciones y reordenación de accesos en la carretera EI-200 en los PK 12+610 y 13+050 con la circunvalación de Sant Carles de Peralta (TM de Santa Eulària des Riu)».
Es voluntad de este Consejo Insular conseguir la ejecución de este Proyecto de Acondicionamiento de intersecciones y reordenación de accesos, en vistas a que en un futuro, se pueda llevar a cabo la permuta del mencionado tramo de la carretera EI-200 por el vial de circunvalación del pueblo de Sant Carles, por ello se quiere colaborar con el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu para poner en común los medios de que respectivamente disponen ambas administraciones (insular y municipal) para llevarlo a cabo.
En este sentido, en fecha 27/01/2021, el Consejero Ejecutivo que suscribe dispuso mediante providencia de incoación que se iniciasen las actuaciones administrativas, jurídicas y de intervención que resulten oportunas, para poder proceder a la firma de un Convenio de colaboración que permitiera la ejecución del proyecto de obras mencionado, en virtud del cual el Consejo Insular aporte los recursos económicos necesarios para el pago de las obras y el Ayuntamiento lleve a cabo la licitación y la ejecución de estas.
Por otro lado, el Consejo Ejecutivo de este Consejo Insular acordó, en fecha 07/02/2020, de conformidad con el que dispone el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOIB n.º 20, de 15/02/2020) la aprobación del vigente Plan Estratégico de Subvenciones de esta Corporación para los años 2020-2021-2022, así como también delegar en la consejera ejecutiva del Departamento de Economía y Hacienda, y Desarrollo Empresarial, la aprobación de las modificaciones que se pudieran producir durante su vigencia (BOIB n.º 126, de 16/07/2020).
Dado que en el mencionado Plan Estratégico no está previsto el otorgamiento de la correspondiente subvención al Ayuntamiento de Santa Eulàlia des Riu para que pueda hacer frente al importe de la realización de las obras antes mencionadas y al importe del resto de los gastos efectivamente realizados para su ejecución, hasta el importe máximo de 1.500.000,00 € según resulta del expediente 4/2021 de modificación de créditos por suplemento (BOIB n.º 43, de 30/03/2021).
Es, por todo ello, que debería modificarse el vigente Plan Estratégico de Subvenciones para incluir esta subvención directa al Ayuntamiento de Santa Eulària por el citado importe máximo de 1.500.000,00 €.
En consecuencia, en uso de las facultades que tengo conferidas, DISPONGO que se lleven a cabo las actuaciones administrativas oportunas para modificar, en el sentido indicado, el Plan Estratégico de Subvenciones del Consejo Insular de Eivissa 2020-2021-2022, aprobado por el Consejo Ejecutivo en fecha 7/02/2020.»
Visto el informe propuesta del Jefe de Servicio de Infraestructuras Viarias, de fecha 29/04/2021, en el cual se hace constar, en extracto, que los artículos 21 y 5.3 de la Ley 5/1990, de 24 de mayo, de Carreteras de la CAIB dan cobertura y sirven de fundamento y base al convenio de colaboración de referencia entre este Consejo Insular y el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu.
Vista la propuesta del Consejero Ejecutivo del Departamento de Gestión del Territorio, Infraestructuras Viarias, Ordenación Turística y Lucha contra el Intrusismo de fecha 29/04/2021.
Dado que las atribuciones específicas de la Consejera Ejecutiva del Departamento de Economía y Hacienda y Desarrollo Empresarial pasaron a ser del Consejero Ejecutivo del Departamento de Hacienda, Gestión Económica, Deportes y Juventud, en virtud del artículo sexto del Decreto de Presidencia n.º 768, de 31/08/2020, de modificación del Decreto de Presidencia número 471, de 10/07/2019, de estructura del Gobierno del Consejo Insular de Eivissa y creación de departamentos, y del Decreto de Presidencia n.º 2019000484, de fecha 16/07/2019, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consejo Insular de Eivissa (BOIB n.º 153 de 05/09/2020).
Sobre la base de todo lo anterior, y de conformidad con lo que dispone el mencionado Decreto de Presidencia n.º 2019000484, de fecha 16/07/2019, en relación con el artículo 72 del Reglamento Orgánico del Consejo Insular de Eivissa (BOIB núm.136, de fecha 18/09/2010, rectificación de errores en el BOIB n.º 148, de 14/10/2010, y modificación en el BOIB n.º 48, de fecha 16/04/2016) el consejero ejecutivo del Departamento de Hacienda, Gestión Económica, Deportes y Juventud, en virtud de las competencias que tengo atribuidas,
RESUELVO
Primero. Aprobar la modificación del Plan estratégico de subvenciones del Consejo Insular de Eivissa para los años 2020, 2021 y 2022, en los términos siguientes:
-Incluir la siguiente línea de acción:
Departamento: Gestión del Territorio, Infraestructuras Viarias, Ordenación Turística y Lucha contra el Intrusismo
Servicio: Infraestructuras Viarias
Línea de acción (nombre de la acción) |
Subvención al Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu para la ejecución de las obras de «Acondicionamiento de intersecciones y reordenación de accesos en la carretera EI-200 en los pk 12+610 y 13+050 con la circunvalación de San Carles de Peralta (TM de Santa Eulària des Riu)», |
Forma de otorgamiento (concurrencia competitiva o subvención directa) |
Subvención directa (convenio de colaboración) |
Objetivos estratégicos (qué se pretende conseguir con la subvención que se propone) |
Financiar el importe de la realización de las obras y el importe del resto de los gastos efectivamente realizados para su ejecución, hasta el importe máximo de la subvención |
Destinatarios (beneficiarios o entidades colaboradoras) |
Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu |
Efectos a conseguir con el otorgamiento de la subvención |
Agilidad en la tramitación del expediente y su materialización, por parte del Ayuntamiento, entidad pública más próxima, por ámbito competencial e inmediatez territorial, en virtud del arte. 4.3 de la CEAL; arts. 66 y 67 del TRRL; art. 5.3 de la Ley 5/1990 de carreteras; y art. 29.2.h de la Ley municipal y de régimen local de las Illes Balears, todo ello en relación con las competencias del Consejo Insular ex art. 70.15 del Estatuto de autonomía. |
Indicadores de evaluación (consignad los indicadores de referencia para la subvención que se prevé o aquellos otros que no se han previsto en esta tabla y que consideréis que deben ser tenidos en cuenta) |
Justificación de las obras realizadas y del importe del resto de los gastos efectivamente realizados para su ejecución. |
Aplicación presupuestaria |
4530.76203 |
Coste previsible |
1.500.000,00 € |
Financiación (fondos propios del CIE o también fundos externos) |
Fondos propios del CIE |
Compatibilidad o incompatibilidad |
El Ayuntamiento se obliga no pedir subvenciones por el mismo concepto a ninguna otra administración. Sin perjuicio que se puedan pedir subvenciones por los gastos cuyo pago asuma el Ayuntamiento. |
Segundo. Publicar esta modificación del Plan estratégico de subvenciones en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Tercero. Dar cuenta de la resolución al primer Consejo Ejecutivo que se celebre.
Eivissa, 14 de mayo de 2021
El jefe de servicio de Infraestructuras Viarias
Antonio Marí Noguera